Ensayo: La personalidad juridica del Estado.
Enviado por karlo • 2 de Marzo de 2018 • 865 Palabras (4 Páginas) • 2.283 Visitas
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y jurídica.
El estado en el ejercicio de su poder, crea el
ordenamiento jurídico positivo y establece un orden
normativo que otorga al ser político estatal el carácter de
persona jurídica. Para el cumplimiento de sus fines, ese
orden jurídico le reconoce una aptitud para ser sujeto ya
activo ya pasivo de relaciones jurídicas y titular de
derechos y obligaciones que es la condición para ser
sujeto jurídico y con ellos se le reconoce jurídicamente
una personalidad al Estado. Esa persona jurídica actúa y
se desenvuelve en el orden existencial por medio de una
estructura de órganos, representados por personas
físicas, cuyos actos y hechos se imputan y atribuyen al
Estado.
Teoría de la doble personalidad
Rafael Bielsa considero que el Estado puede actuar
como tal, como Poder Público y también tiene un plano
jurídico distinto. Como persona jurídica, sea de Derecho
Privado o Derecho Publico.
Esta teoría nos dice que el Estado puede comportarse de
dos manera distintas: como un sujeto que manda, que
impone a los particulares sus decisiones, o se coloca en
el mismo plano que el particular.
En el primer escenario nos encontramos al Estado con
personalidad de derecho público pues manifiesta su
soberanía y su poder de imponerse a los particulares,
mientras que en el segundo nos topamos al Estado con
personalidad de derecho privado, pues entra en
relaciones con los particulares no pretendiendo imponer
su voluntad, sino buscando el concurso de voluntades.
La crítica que se hace a esta teoría, descansa en el
argumento de que el concepto unitario del Estado se
destruye ante la posibilidad de que un ente tenga doble
manifestación de la voluntad y en consecuencia una
doble personalidad.
Teoría de la personalidad única del estado
Esta teoría nos dice que el estado es uno y que tiene una
sola personalidad. El estado tiene unidad de decisión y
acción, es indivisible como así lo es la soberanía y se
presenta como igual frente a otros entes en el ámbito
internacional.
Los principales argumentos que nos presenta esta
corriente se pueden resumir en que el Estado siempre
será una persona de Derecho Público que para llevar a
cabo sus fines posee diversas normas de Derecho
Público imperativas en su formulación y ejecución pero
también a través de normas de Derecho Privado que
incorporen criterios de mercado, productividad e incluso
utilidad.
CONCLUSION
Si viene cierto la personalidad del Estado no se divide yo
podría decir que si es doble, tiene una "doble cara", esto
debido a que actúa totalmente diferente dependiendo de
la circunstancia especifica, el Estado como representante
del poder publico actúa como superior con respeto al
particular quien, queriendo o no, debe acatar las
decisiones del Estado cual ordenes.
Mientras que existan también circunstancias que
ameriten que el Estado se relacione con el particular en
un plano de igualdad, esto es porque como persona
moral tiene la necesidad de comprar, vender, etcétera.
La doble personalidad del Estado no lo divide ni separa,
solo muestra la gran amplitud de facultades y necesidad
que el Estado tiene, así como la gran variedad de
posiciones, respecto al particular, que éste puede
adquirir.
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