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Introductorio al derecho.

Enviado por   •  9 de Febrero de 2018  •  5.725 Palabras (23 Páginas)  •  228 Visitas

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Características

- No recae en el ser físico, sino sobre su conducta. Señala la conducta que debe ser.

- Es contingente, el hombre tiene la posibilidad de hacerlo o no (supone libertad)

- Su validez reposa en el juicio de valor, por lo tanto, el incumplimiento no afecta su validez, sino, su eficacia.

- Su incumplimiento legitima la posibilidad de aplicar sanción.

Ejemplo: Robar a una persona → Uno decide si robar o no, pero al hacerlo hay sanción.

Formula → Si “A” es, debe ser “B”

Elementos de una Norma de Conducta

- Materia o Contenido (Acto Humano)

- Forma (Imperatividad)

- Finalidad (Protección de ciertos valores)

- Sanción (Pena)

1.- Materia o Contenido (Acto Humano)

Actos Meramente Naturales: sus funciones vegetativas y sensitivas (respirar, oír, dormir)

Actos del Hombre: actos privado de su capacidad racional (demente, alcohólico, drogado)

Actos violentos: procedentes de una fuerza externa que sobrepasa y anula su voluntad.

Acto Humano: es aquel que se realiza con el elemento cognoscitivo (conocimiento) y volitivo (voluntad), es decir, de forma libre.

Al realizar un acto de forma libre se puede sancionar a esa persona.

El elemento cognoscitivo se puede ver influenciado

Directamente: el error, la ignorancia, el olvido y la distracción.

Indirectamente: la cultura, enfermedades, nivel socioeconómico.

El elemento volitivo se puede influenciar

Inmediatamente: la pasión, el miedo, la costumbre, el vicio.

El acto Humano

El acto humano puede ser Interno (querer matar a alguien y mentir) o Externo (matar a alguien y mentir). Este último se puede ver influenciado por una fuerza (moral o física)

Los actos internos son cogidos por la moral, y los externos son los que importan al D°.

Según como se exprese la voluntad se pueden distinguir los siguientes actos

- Expresos (la voluntad se explicita en términos inequívocos, es obvio)

- Tácitos (Se colige del acto mismo, se infiere)

- Presuntos (la voluntad se presume a partir de algún dato del acto, ej.: puñaladas)

Según el punto de vista del acto se pueden distinguir los siguientes efectos

- Directos o de un solo efecto (Sucede solamente lo que se quería)

- Indirectos o de doble efecto (Sucede el acto querido más otro que no era querido)

Ejemplo: Al defenderse (legítima defensa) de un robo, terminas asesinando al ladrón.

2.- La forma (Imperatividad)

Que la forma sea imperativa quiere decir que la norma establece un deber.

Al usar la palabra “Imperatividad” estamos diciendo que esta esta dictada por una persona que tiene la autoridad necesaria para hacerlo y, por ende, se debe cumplir.

Hoy en día se utiliza más la palabra obligatoriedad. Imperatividad se refiere al deber desde el punto de origen (del sujeto), y obligatoriedad se refiere al deber en sí mismo sin importar el origen.

Elementos implicados en la Imperatividad u obligatoriedad

- Titulo para dictar una norma por parte de quien la crea

- Facultad de libre arbitrio del destinatario de la norma (que se puede elegir)

Dato curioso: Los anarquistas (niegan autoridad) desconocen un poder superior al sujeto humano y los deterministas (la libertad) niegan la posibilidad de que el hombre realice actos libres. Son necesarios ambos para que haya normas.

3.- La Finalidad (Protección de ciertos valores)

Al prescribir una determinada conducta, la norma la ha elegido por que ha juzgado preferible esa conducta a otras posibles.

Ejemplo: Se debe proteger la conducta del comprador que debe pagar el precio de la cosa adquirida, pero se debe prohibir la conducta del ladrón que busca sustraerla sin autorización de su dueño.

Al establecer las normas, el normador pretende lograr ciertos fines que se pretenden como estimables, preferibles o valiosos frente a otros.

Dato Curioso: El problema está en definir los valores, para algunos son tendencias subjetivistas que estiman que solo existe la valoración y otros dicen que las cosas no son valiosas por que las estimamos, sino, que las estimamos porque son valiosas. (Todo esto lo estudia la axiología, ciencia que estudia el valor de las cosas)

4.- La Sanción (Medida gravosa por su incumplimiento)

Es aquel elemento en virtud del cual se pretende disuadir al destinatario de la norma de su incumplimiento, haciendo más gravosa la situación del que la incumple, que de aquel que la acata.

Su fin apunta a restablecer de alguna manera el orden quebrantado. Y las sanciones varían, pueden afectar al infractor, sus bienes, pretensiones, situaciones, etc.

III Introducción a los Sistemas Normativos

Características de las Normas

Todas las normas pueden ser del siguiente carácter:

1.- Tipo de Norma: Se refiere a quien crea la norma.

- Autónoma: Yo creo mi propia norma.

- Heterónoma: Otra persona crea la norma y debo cumplirla.

- Socionoma: La

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