LUMINARIAS GRIJALBO
Enviado por Ninoka • 27 de Diciembre de 2017 • 776 Palabras (4 Páginas) • 777 Visitas
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El enunciado no nos indica si la empresa actúa en este campo especifico, pero si fuese así si tendría que realizar el plan de autoprotección.
Un trabajador le ha comentado que los aparatos de lucha contra incendios que tienen en sus oficinas no tienen certificación de ningún organismo de control. D. Fernando necesita saber qué tiene que hacer con estos aparatos y que le indiques qué norma y artículo soportan tu recomendación, para indicárselo a las personas que han permitido que esta situación se produzca.
Los aparatos, equipos y sistemas, empleados en la protección contra incendios deben satisfacer los requisitos necesarios para que sean eficaces durante su empleo y cumplir las condiciones de mantenimiento dispuestas en el RD 1942/1993 y sus posteriores modificaciones.
En el capítulo III sobre instaladores, y mantenedores del presente RD 1942/1993, podemos encontrar:
Artículo 10.
La instalación de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes, a que se refiere este Reglamento, con excepción de los extintores portátiles, se realizará por instaladores debidamente autorizados.
Artículo 12.
Con independencia de las obligaciones derivadas del cumplimiento de las prescripciones establecidas en este Reglamento, relacionadas con la instalación y montaje de equipos, aparatos y sistemas de protección contra incendios que ejecuten los instaladores autorizados, éstos deberán abstenerse de instalar los equipos, aparatos u otros componentes de los sistemas de protección contra incendios que no cumplan las disposiciones vigentes que le son aplicables, poniendo los hechos en conocimiento del comprador o usuario de los mismos. No serán reanudados los trabajos hasta que no sean corregidas las deficiencias advertidas.
Una vez concluida la instalación, el instalador facilitará al comprador o usuario de la misma la documentación técnica e instrucciones de mantenimiento peculiares de la instalación, necesarias para su buen uso y conservación.
En el apéndice 1 encontramos las características e instalaciones de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios.
Como podemos observar en la pertinente legislación nos indica que la instalación y mantenimiento de los equipos contra incendio se efectúa por el RD1942/1993, por ello la instalación de estos aparatos se tiene que realizar por personal autorizado, al igual que el mantenimiento de dichos equipos e instalaciones. Si verdaderamente estos equipos no se encuentran certificados por instaladores o mantenedores autorizados, el empresario tendrá que solicitar que uno de estos los verifique, produciéndose la certificación o la retirada y sustitución por los adecuados.
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