Setencia Condonacion
Enviado por Rimma • 23 de Enero de 2018 • 10.480 Palabras (42 Páginas) • 253 Visitas
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Por escrito depositado el veinticinco de noviembre de dos mil catorce y recibido el dos de diciembre de ese año ante el Tribunal Colegiado del conocimiento, el Presidente de la República interpuso recurso de revisión adhesiva, el cual fue admitido en acuerdo del día siguiente.
Posteriormente, en sesión de doce de febrero de dos mil quince, el Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito dictó sentencia en la que reservó jurisdicción para conocer del asunto respecto del artículo Tercero Transitorio, fracción I, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil trece, por lo que ordenó remitirlo a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación.
QUINTO. Mediante acuerdo de once de marzo de dos mil quince, el Presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación asumió su competencia originaria para conocer del recurso de revisión principal y adhesivo, toda vez que en el juicio de amparo se planteó, entre otros actos, la inconstitucionalidad del artículo Tercero Transitorio, fracción I, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil trece. En ese mismo auto, registró el asunto bajo el expediente 328/2015 y dispuso que se turnara al Ministro José Fernando Franco González Salas y se enviara a esta Segunda Sala para su radicación.
SEXTO. Por auto de trece de abril de dos mil quince, esta Segunda Sala se avocó al conocimiento del asunto y ordenó su devolución al Ministro Ponente para la elaboración del estudio respectivo.
SÉPTIMO. El proyecto de sentencia fue publicado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y 184 de la Ley de Amparo en vigor.
C O N S I D E R A N D O:
PRIMERO. Competencia. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del presente recurso de revisión.[2]
SEGUNDO. Oportunidad de la revisión principal y adhesiva. Ante la omisión del Tribunal Colegiado del conocimiento de verificar la oportunidad de la interposición del recurso, se procede a analizar tal aspecto, debe precisarse que el recurso de revisión principal[3] y la revisión adhesiva[4] son oportunos.
TERCERO. Legitimación de la revisión principal y adhesiva. En el mismo sentido, al no existir pronunciamiento al respecto, se estima que el recurso de revisión principal fue interpuesto por parte legítima, pues lo suscribió el autorizado de la quejosa.[5]
Asimismo, resulta que el recurso de revisión adhesivo fue interpuesto por parte legítima, pues lo suscribió el delegado del Presidente de la República –autoridad responsable–.[6]
CUARTO. Antecedentes. Para un mejor conocimiento del asunto que nos ocupa, conviene tener presente los siguientes antecedentes que se desprenden del escrito de demanda y de la resolución reclamada en el juicio de amparo.
- El siete de enero de dos mil catorce, **********, presentó un escrito ante la Administración Local de Recaudación de Aguascalientes del Servicio de Administración Tributaria, por el que solicitó la condonación del crédito fiscal contenido en el oficio **********, conforme al inciso a) de la fracción I del artículo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio Fiscal de dos mil trece.
- Por oficio **********, de ocho de mayo de dos mil catorce, el Administrador Local de Recaudación de Aguascalientes del Servicio de Administración Tributaria determinó improcedente la solicitud presentada, al estimar que ésta no se presentó dentro del plazo que establece el artículo Tercero Transitorio, penúltimo párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2013 y de la Regla II.12.4.1. de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 –a más tardar el treinta y uno de mayo de dos mil trece–.
- Contra dicha determinación, la contribuyente promovió el juicio de amparo indirecto **********, del cual conoció el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Aguascalientes, quien dictó sentencia el treinta de septiembre de dos mil catorce, en el sentido de negar el amparo solicitado.
- Inconforme, la quejosa interpuso este recurso de revisión.
Precisado lo anterior, a continuación se sintetizarán los conceptos de violación, los razonamientos de la sentencia del Juez de Distrito –en la parte referida a la constitucionalidad del artículo reclamado–, los agravios enderezados en su contra, así como las consideraciones del Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito.
Conceptos de violación. La quejosa adujo en su demanda de amparo los argumentos que a continuación se sintetizan:
- Primer concepto de violación. La quejosa aduce que el artículo Tercero Transitorio, fracción I, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil trece, es inconstitucional, porque viola el artículo 17 Constitucional y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al no establecer que la solicitud de condonación podrá ser presentada durante toda la vigencia de la Ley de Ingresos de la Federación, sino por el contrario los lineamientos que se seguirán para las solicitudes y resoluciones de las condonaciones se establecen en las reglas de carácter general que expida el Servicio de Administración Tributaria.
- Por tanto, la Regla II.12.4.1. de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 viola el principio de acceso a la justicia.
- La sociedad quejosa señaló que el artículo Tercero Transitorio, fracción I, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil trece, vulnera el principio de seguridad jurídica, al no fijar expresamente la vigencia en que se podrá presentar la solicitud de condonación, sino que ese plazo se establece mediantes las reglas de carácter general que expidió el Servicio de Administración Tributaria, lo que frustra el derecho de acceso a la justicia contenido en el artículo 17 de Constitución y el diverso 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Además, afirma lo anterior sin perjuicio que en el penúltimo párrafo del artículo impugnado se señale que la solicitud de condonación y sus resoluciones se realizarán acorde a lo que establezca el Servicio de Administración Tributaria, ya que las reglas que se emiten van en contra de la ley de ingresos.
- En este sentido, estima que si la Ley de Ingresos de la Federación tiene una vigencia de un año, entonces el
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