El taller bases de datos del SGSSS y salud pública
Enviado por zharick moreno • 21 de Septiembre de 2023 • Apuntes • 1.963 Palabras (8 Páginas) • 210 Visitas
EL TALLER BASES DE DATOS DEL SGSSS Y SALUD PÚBLICA
Alumna: Marlyn Zharick Moreno Beltrán
1. ¿Quién debe ser afiliado al régimen contributivo?
Respuesta: cotizantes directos/aportantes
Beneficiarios directos
Cotizantes
0 dependientes/beneficiarios
0 adicionales/cotizantes
0 indirectos/beneficiarios indirectos.
2. ¿Quiénes son afiliados cotizantes directos/aportantes en el régimen contributivo?
Respuesta: trabajador independiente
Trabajador
Independiente (contratistas informales de la economía, personas con capacidad de pago, bienestar o rentas).
Pensionado.
3. ¿Cuánto debe pagar el afiliado cotizante directo/aportante por cotización mensual?
Respuesta:
TRABAJADOR DEPENDIENTE
- Cotizante cotización (SBC)*
- Empleador 8%
- Trabajador 4%
- Total 12%
- (SBC) salario base de cotización.
TRABAJADOR DEPENDIENTE CON SALARIO INTEGRAL
- Cotizante cotización S.I.^
- Empleador 8% 70%
- Trabajador 4% 70%
- Total 12% 70%
- (SI) salario integral
TRABAJO INDEPENDIENTE
- Cotización mínima
- Cotizante cotización (2SMLMV)*
- Trabajador independiente 12%
- Total 12%
- (2SMLMV) dos salarios mínimos legales mensuales vigentes
PENSIONADOS
- Cotizante cotización (MP)
- Pensionado 12%
- Total 12%
- (MP) mesada pensional.
4. ¿Quién debe pagar los aportes de cotización a la EPS a la que está afiliado el afiliado cotizante directo/aportante?
Respuesta: los debe pagar mensualmente el afiliado cotizante directo/aportante a través de la entidad contrastante (si es dependiente) o por sí mismo (si es independiente o pensionado).
El pago debe realizarse en las fechas conforme las normas vigentes en materia de recaudo de aportes.
5. ¿Qué beneficios obtiene el afiliado cotizante directo/aportante en el régimen contributivo?
Respuesta: - presentaciones asistenciales-POS
- Presentaciones económicas.
- Subsidio en dinero por incapacidad
- Subsidio en dinero por maternidad
6. ¿Puede el afiliado cotizante directo/aportante escoger la Entidad Promotora de Salud- EPS que la atenderá y después puede trasladarse a otra?
Respuesta= si, el cotizante afiliado directo/aportante es libre de escoger EPS que le brindara la atención en salud y también puede cambiarse todas las veces que quieran de una EPS a otra, siempre y cuando haya cumplido un año y medio (18 meses) de estar afiliado a la EPS de la cual desea trasladarse y a partir del 1° de enero 2002 dos (2) años de estar afiliado a esta.
7. ¿En qué casos le suspenden el servicio al afiliado cotizante directo/aportante y su núcleo familiar?
Respuesta: se suspende el servicio al afiliado solo cuando ha pasado un mes de no pago de la cotización.
8. ¿En qué casos pierde la afiliación el afiliado cotizante directo/aportante y su núcleo familiar?
Respuesta: cuando ha trascurrido seis meses de la suspensión del servicio.
Además el afiliado cotizante directo/aportante quedara obligado a pagar el pago de lo adeudado de la EPS aunque tenga suspendido el servicio o se le haya desafiliado.
9. ¿Al momento de recibir los servicios de salud, el afiliado cotizante directo/aportante y sus beneficiarios, deben pagar algo más?
Respuesta: si, todos los afiliados cotizantes y beneficiarios del régimen contributivo deben pagar pequeñas sumas llamadas cuotas moderadas que se pagan cuando se usa un servicio.
También cuando un beneficiario en el régimen contributivo es hospitalizado o requiere de una cirugía, debe pagar una parte del servicio, a esto se le llama copago.
- El afiliado cotizante directo/aportante no paga copagos.
10. ¿En qué servicios debe pagar cuota moderadora el afiliado cotizante directo / aportante y sus beneficiarios, afiliados al régimen contributivo y cuál es el valor?
Respuesta: - en consulta externa médica, odontológica, paramédica y de medicina alternativa aceptada.
- En consulta externa por médico especialista
En formula de medicamentos para tratamientos ambulatorios, la cuota moderadora se cobrara por la totalidad de la orden expendida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos; el formato para dicha fórmula debe incluir como mínimo 3 casillas.
- Exámenes de diagnóstico por laboratorio clínico, ordenados d forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante, la cuota moderadora se cobrara por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número ítems incluidos en ella; el formato para dicha orden debe incluir como mínimo 4 casillas.
- Exámenes de diagnóstico por imagen logia, ordenados de forma ambulatoria y que no requieren autorización adicional a la del médico tratante, la cuota moderada se cobrara por la totalidad de la orden expendida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos en ella; el formato para dicha orden debe incluir como mínimo 3 casillas.
- Atención en el servicio de urgencias única y exclusivamente cuando la utilización de estos servicios no obedezca a juicio de un profesional en salud autorizado, a problemas que comprometan la vida o la funcionalidad de la persona o que requieran la protección inmediata con servicios de salud.
11. ¿En qué servicios deben pagar copagos los beneficiarios afiliados al régimen contributivo como beneficiarios del afiliado cotizante directo/aportante y cuál es su valor?
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