Propiedad Industrial - Marcas
Enviado por Stefan Gagof • 29 de Noviembre de 2020 • Trabajo • 1.264 Palabras (6 Páginas) • 503 Visitas
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Indice
1. Analizar el elemento de “fuerza diferenciadora” en la marca. En relación con ello, analizar ¿Qué argumentos llevan al tribunal de segunda instancia –confirmados por el Tribunal Supremo– a desestimar la solicitud de nulidad absoluta de la marca “DOGHNUTS” por su carencia de carácter distintivo 2
2. Explicar la diferencia entre marca notoria y marca renombrada (poniendo algunos ejemplos de cada una de dichas clases de marcas). En relación con ello, ¿cuál es la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que menciona el Tribunal Supremo sobe la protección reforzada de las marcas notorias y renombradas y, en particular, su relación con la apreciación del riesgo de confusión? La reforma de 2018 de la Ley de Marcas ha eliminado la diferencia entre marca notoria y marca renombrada ¿En qué ha consistido la reforma? (Mirar en Internet esta información). 2
3. Explicar el contenido del derecho sobre la marca. En relación con ello, ¿cuál es la posición del Tribunal Supremo para evaluar el riesgo de confusión de una marca?; ¿cómo se refleja dicho criterio en la fundamentación que utiliza la sentencia de segunda instancia para apreciar el riesgo de confusión en relación con las marcas i) DONUT y DONUTS con DOUGHNUTS, de un lado, y ii) DOGHNUT con DOUGHNUTS, de otro? 3
Analizar el elemento de “fuerza diferenciadora” en la marca. En relación con ello, analizar ¿Qué argumentos llevan al tribunal de segunda instancia –confirmados por el Tribunal Supremo– a desestimar la solicitud de nulidad absoluta de la marca “DOGHNUTS” por su carencia de carácter distintivo
Tras probar diferentes marcas con productos o servicios similares, es la fuerza diferenciadora de la marca la que permite determinar si existe algún parecido que nos haga relacionar dichas marcas. Los argumentos del tribunal que hacen desestimar la nulidad absoluta de la marca “Doghnuts” son: La marca “Doghnuts” es casi idéntica a la palabra “Doughnuts” en inglés, que en Estados Unidos se conoce al postre en forma de rosquilla comercializado por ambas partes enfrentadas en el juicio. Por otro lado, en España la palabra “doughnuts” no se utiliza de forma generalizada para referirse a ese tipo de bollo o rosquilla. Dicho termino no aparece en la RAE ni en ningún diccionario español-ingles y solamente hay un porcentaje muy bajo de personas encuestadas que conocen el termino citado anteriormente. Tras estos argumentos, se notan claros signos de fuerza diferenciadora, capaz de distinguir dichos productos en el mercado.
Explicar la diferencia entre marca notoria y marca renombrada (poniendo algunos ejemplos de cada una de dichas clases de marcas). En relación con ello, ¿cuál es la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que menciona el Tribunal Supremo sobre la protección reforzada de las marcas notorias y renombradas y, en particular, su relación con la apreciación del riesgo de confusión? La reforma de 2018 de la Ley de Marcas ha eliminado la diferencia entre marca notoria y marca renombrada ¿En qué ha consistido la reforma? (Mirar en Internet esta información).
Hasta la reforma de 2018, la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas fijaba el régimen jurídico de las marcas notorias y renombradas en su artículo 8. La mejor definición de marca notoria se encuentra en el artículo 8 apartado 2 de la Ley de Marcas “2. A los efectos de esta Ley, se entenderá por marca o nombre comercial notorios los que, por su volumen de ventas, duración, intensidad o alcance geográfico de su uso, valoración o prestigio alcanzado en el mercado o por cualquier otra causa, sean generalmente conocidos por el sector pertinente del público al que se destinan los productos, servicios o actividades que distinguen dicha marca o nombre comercial. La protección otorgada en el apartado 1, cuando concurran los requisitos previstos en el mismo, alcanzará a productos, servicios o actividades de naturaleza tanto más diferente cuanto mayor sea el grado de conocimiento de la marca o nombre comercial notorios en el sector pertinente del público o en otros sectores relacionados “. De ese modo se considera una marca como notoria cuando sea conocida por la mayoría del publico al que se destine los productos ofertados por la compañía. Por otro lado, la marca renombrada se ve definida en el apartado 3 del articulo 8 de la ley de marcas “3. Cuando la marca o nombre comercial sean conocidos por el público en general, se considerará que los mismos son renombrados y el alcance de la protección se extenderá a cualquier género de productos, servicios o actividades.”. La marca renombrada es aquella reconocida a nivel de población general y no se limita a los consumidores habituales. Dicho lo anterior, la gran diferencia entre marca notoria y marca renombrada es que la primera tiene reconocimiento por parte del publico al que se destinan los productos o servicios mientras que la segunda es reconocida por el público en general. Algunos ejemplos de marcas notorias en España pueden ser Acer y Leica y marcas renombradas serian Iberia o CocaCola.
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