“DERECHO PENAL SEGÚN 3 AUTORES”
Enviado por Fernando Solano • 7 de Marzo de 2022 • Tarea • 436 Palabras (2 Páginas) • 1.776 Visitas
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“DERECHO PENAL SEGÚN 3 AUTORES”
FERNANDO CALEB GAMEZ SOLANO
UANL/2078742
DERECHO/GRUPO 036
LIC. JOSÉ MA. SANCHEZ CONTRERAS
DERECHO PENAL/PARTE GENERAL
MONTERREY, NUEVO LEÓN
VIERNES 28 DE ENERO DEL 2022
ÍNDICE GENERAL:
- Definiciones
- El Derecho penal según Luis Jiménez de Asúa
- El Derecho penal según Fernando Castellanos Tena
- El Derecho penal según Eduardo López Betancourt
- Nociones del Derecho Penal
- BIBLIOGRAFÍA
- El Derecho Penal según Luis Jiménez de Asúa
Según el autor antes mencionado lo que se refiere a Derecho Penal lo señala como el “Conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora.”
- El Derecho Penal según Muñoz Conde
Según Fernando Castellanos, el Derecho penal es la rama del derecho público interno relativa a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad, que tienen por objeto inmediato la creación y la conservación del orden social.
- El derecho Penal según Eduardo López Betancourt
Eduardo López Betancourt menciona al Derecho Penal como el Derecho Penal en sentido objetivo, es un conjunto de normas, cada una de ellas contiene un precepto (que prohíbe u ordena ciertas conductas) y una sanción (que puede ser una pena o una medida de seguridad). El Derecho Penal objetivo o ius penale se define como el conjunto de normas dirigidas a los ciudadanos a quienes se les prohíbe, bajo la amenaza de una sanción, la realización o comisión de delitos.
II. Nociones del Derecho Penal
El Derecho penal se le conoce como el conjunto de normas jurídicas que constituyen el denominado ordenamiento jurídico penal, mismo que tiene por finalidad la determinación de las infracciones de naturaleza penal y por ende las sanciones que se deriven de las mismas.
La norma penal se le considera como una disciplina de carácter autónomo, consta del precepto y de la sanción, es decir que opera libremente sin interferir o molestar a las demás ramas del ordenamiento jurídico y fija las mismas con total independencia.
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