CONTABILIDAD SECTOR COOPERATIVO
Enviado por Ninoka • 3 de Septiembre de 2018 • 3.114 Palabras (13 Páginas) • 516 Visitas
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financieros
En las notas a los estados financieros consolidados deberá revelarse por lo menos lo siguiente:
Organización solidaria reportante. Con indicación de la denominación o razón social de constitución de organización solidaria y las entidades objeto de consolidación, porcentajes de participación, objeto social principal de cada una de ellas, así como el valor total de los activos, los pasivos y el patrimonio de cada una de las organizaciones incluidas en la consolidación.
Estados Financieros de propósito Especial
Se preparan para satisfacer necesidades de ciertos usuarios, tales como: El Balance inicial, los Estados financieros intermedios, los estados de costos, los estados de inventarios, los estados financieros extraordinarios, los estados de liquidación, los que se presentan a las autoridades para fines determinados, los que se presentan para mejor comprensión por fuera de los principios de Contabilidad Generalmente aceptados. Por ejemplo para preparar declaraciones tributarias.
Estados Financieros Comparativos:
Son aquellos que permiten establecer las variaciones o comparaciones de las cifras mostradas en las distintas cuentas, entre distintos periodos contables o sea en fechas distintas.
Estados Financieros Certificados y Dictaminados.
Son aquellos estados financieros, resultantes de una adecuada consolidación, debidamente certificados y dictaminados por los representantes legales, contadores, revisores fiscales y aprobados por los órganos sociales competentes, con que cuentan las organizaciones solidarias.
4. Quién es el ente de control y fiscalización de las entidades del sector solidario e investigue sus funciones principales.
CONTROL LEGAL Y PRESENTACION DE LA INFORMACION FINANCIERA
De conformidad con las funciones establecidas en el artículo 36 de la Ley 454 de 1998, le corresponde a la Superintendencia de la Economía Solidaria establecer las condiciones de reporte y verificar el cumplimiento de las normas legales vigentes y los reportes a que están obligadas las organizaciones solidarias de acuerdo con la naturaleza y su objeto social.
En desarrollo de lo previsto en la Ley 454 de 1998, los decretos 2159 de 1999 y 186 de 2004, la Superintendencia de la Economía Solidaria fija en el presente capítulo los términos, requisitos y formalidades para la presentación de la información contable, financiera y estadística de las organizaciones solidarias bajo su vigilancia.
Extemporaneidad y sanciones
La no presentación o la presentación extemporánea del Formulario oficial de rendición de cuentas y de la información financiera de cierre de ejercicio darán lugar a la imposición de las sanciones legales que la Superintendencia considere pertinentes.
Definición:
La Superintendencia de Economía Solidaria es un organismo técnico del Estado encargado de supervisar la naturaleza jurídica y la actividad de las empresas de la economía solidaria que se encuentran sometidas a su supervisión, vigilancia y control. Trabajan en búsqueda de la protección de los intereses de los asociados y de la comunidad, para generar confianza y fortalecer al sector como alternativa de desarrollo social y económico del país.
La Superintendencia de Economía Solidaria tiene por objeto la supervisión sobre la actividad financiera del cooperativismo y sobre los servicios de ahorro y crédito de los fondos de empleados y asociaciones mutualistas y, en general, el aprovechamiento o inversión de los recursos captados de los asociados por parte de las organizaciones de la economía solidaria.
http://www.redconsumidor.gov.co/publicaciones/superintendencia_de_la_economia_solidaria_pub
DIAN
La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- tiene como objeto coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado colombiano y la protección del orden público económico nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras, cambiarias, los derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar explotados por entidades públicas del nivel nacional y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.
5. Defina los Activos, Pasivos, Patrimonio y los Resultados para el Sector Solidario.
De acuerdo con la Supersolidaria cuáles son los libros oficiales que deben llevar las empresas del sector solidario. Explíquelos.
En consideración de la Superintendencia, los libros oficiales obligatorios que deben estar debidamente custodiados y diligenciados por cada organización solidaria según la normatividad vigente son los siguientes:
Libros de obligatorio registro:
– Libro Diario
– Libros Mayor y Balances
– Libro de Actas de Asambleas
– Libros de Actas de Consejo de Administración o Junta Directiva
– Libro de Actas de Junta de Vigilancia o Comité de Control social
– Libro de Registro Social
Libro de registro no obligatorio:
– Libro de Inventarios y Balances
– Libros Auxiliares
Libro Diario: Es un libro en el cual se registran día a día todas las operaciones resultantes de los hechos económicos ocurridos en un periodo no superior a un mes. Los asientos que se hacen en este libro son un traslado de la información contenida en los comprobantes de contabilidad, los que a su vez deben estar soportados con los documentos que los justifiquen.
Libro Mayor o Libro Mayor y Balances: En este libro se registran de forma resumida los valores por cuenta o rubros de las transacciones del periodo respectivo. Partiendo de los saldos del periodo anterior, se muestran los valores del movimiento débito y crédito del periodo respectivo (diario, semanal, quincenal o mensual) para luego registrar los nuevos saldos, los cuales serán la base como saldos anteriores para el período siguiente. Estas partidas corresponden a los saldos
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