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Cuestionario 2 de Derecho Administrativo, Martinez Morales

Enviado por   •  22 de Marzo de 2018  •  1.147 Palabras (5 Páginas)  •  540 Visitas

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Además de propiedad originaria, el dominio directo, la confiscación, la nacionalización y las modalidades de la propiedad.

- Defina la requisa, la confiscación y la extinción de dominio.

Requisa: en tiempo de guerra los militares podrán exigir alojamiento, barajes, alimentos y otras prestaciones, en los términos que establezca la ley marcial correspondiente. Significa la suspensión de garantías y el particular perderá sólo de forma temporal la propiedad; referida a bienes que los militares necesiten, como alimentos, vestuario, equipo de transporte o habitaciones.

Confiscación: sinónimo de cualquier medida arbitraria, no jurídica, que lleguen a tomar el juzgador o los órganos administrativos en detrimento del patrimonio del gobernado; en realidad, supone un acto de carácter político.

Extinción de dominio: la aplicación de bienes de una persona, cuyo domino se declare extinto en sentencia mediante un procedimiento que se regirá por las reglas de

- Será jurisdiccional y autónomo del de materia penal

- Procederá en los caso de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos y trata de personas respecto de los bienes que hayan sido instrumento, objeto o producto del delito. Etc.

- Cualquier persona que se considere afectada podrá interponer recursos para demostrar procedencia lícita de los bienes y su buena fe.

- Anote los conceptos de expropiación e indemnización

Expropiación: el acto unilateral de la administración pública para adquirir bienes de los particulares, por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Indemnización: compensación que el estado hace al particular por la merma efectuada a su patrimonio, está prevista en el texto constitucional como esencia de la expropiación.

- Apunte las causas de utilidad pública por las que proceda la expropiación, según la ley

- Servicios públicos

- Caminos y puentes

- Parques

- Embellecimiento y saneamiento de poblaciones.

- Conservación de lugares históricos, artísticos y de belleza panorámica.

- guerra exterior o interior

- abastecimiento de artículos de consumo necesario.

- Con motivo de calamidad pública

- Conservación de elementos naturales explotables.

- Distribución de la riqueza

- Empresa de beneficio general

- Describa el procedimiento de expropiación.

Decreto del presidente de la república, publicado en el Diario Oficial de la Federación, con refrendo de los secretarios de la función pública, y de hacienda y crédito público, así como de la dependencia involucrada de manera directa en el acto. Decreto debidamente fundado y motivado,

Publicado por segunda vez en el diario oficial si se desconoce el domicilio o el nombre del particular afectado. Dentro de los 5 días después a la primera.

El particular afectado puede interponer recurso administrativo en un término de 15 días ante la secretaria expropiante.

Si bien en el procedimiento expropiatorio no es necesario respetar la garantía de previa audiencia, la necesidad de integrar un expediente en la que lo efectúa ha sido considerada una obligación por la autoridad judicial.

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