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Características que tiene una contribución con base en el artículo 2 del CFF.

Enviado por   •  20 de Diciembre de 2018  •  1.111 Palabras (5 Páginas)  •  325 Visitas

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ANALISIS DE CASO

“Villas Florencia” S.A, es un Hotel que ofrece sus servicios de hospedaje y restaurante las 24 horas. Se encuentra ubicado en el estado de México y Durante el mes de agosto conto con los siguientes ingresos:

Hospedaje $ 15 000

Restaurante $ 8 000

Centro de negocios $ 2 500

Total, de ingresos 25 000

El Hotel requiere saber si es sujeto de este impuesto, y si es así saber cómo determinarlo, la cantidad que tiene que pagar y las fechas de pago.

- De acuerdo con el art. 69 A si está obligado (Sujeto) por ofrecer los servicios de hospedaje y ser una persona moral.

- El ofrecer el servicio de hospedaje es una actividad que grava este impuesto de acuerdo con el art 69 A. (Objeto).

- La cantidad que servirá de Base será únicamente los ingresos que se obtuvieron por concepto de hospedaje sin considerarlos de restaurant ni los de centros de negocios. Art 69 B.

- A la cantidad que se obtenga únicamente por servicios de hospedaje se le aplicara la tasa del 4%. Art 69 B

- El impuesto tendrá una época de pago mensual, los días diez del mes inmediato posterior a aquel en que se trasladó el impuesto, en los formatos autorizadas por la secretaria de finanzas.

Del Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje (código financiero del estado de México y municipios)

Sujeto: Artículo 69 A.- Están obligados al pago de este impuesto y lo trasladarán en forma expresa y por separado a las personas que reciban los servicios, las personas físicas y jurídicas colectivas que en el territorio del Estado presten el servicio de hospedaje a través de hoteles, moteles, albergues, posadas, ETC.

Objeto: El monto total de la contraprestación por el servicio de hospedaje.

Tasa o Tarifa: Artículo 69 B.- El impuesto se determinará aplicando la tasa del 4%

Base: Artículo 69 B.- El impuesto se determinará aplicando la tasa del 4% sobre el monto total de la contraprestación por el servicio de hospedaje, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, el importe de los alimentos y demás servicios relacionados con los mismos.

Época de pago Artículo 69 C.- Este impuesto se pagará mediante declaración, en la forma oficial aprobada por la Secretaría de Finanzas, a más tardar el día diez del mes siguiente a aquél en que se perciban las contraprestaciones.

Conclusión:

El Estado, a través del Poder Legislativo, crea impuestos encaminados a cubrir el gasto público. A está facultad se le conoce como potestad tributaria. La facultad de creación de impuestos se materializa cuando el Congreso de la Unión, después de seguir un proceso (iniciativa, debate y discusión y publicación), establece impuestos mediante ley. Las leyes que contienen impuestos obligan a las personas a su pago; y deben establecer los elementos esenciales del impuesto de que se trate: a) el objeto o motivo del impuesto; b) el sujeto o personas obligadas a su pago; c) la base o cantidad sobre la que se determina el impuesto; d) la tasa o porcentaje que se aplica a la base para llegar al impuesto que se debe pagar; y e) la época de pago.

BIBLIOGRAFIA

Código Fiscal de la Federación

Página de internet Gestiopolis.com.mx

Pagina lo que todo contribuyente debe saber

Código Financiero del Estado de México y Municipios

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