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¿EL IMPACTO SOCIOECONOMICO DEL CREE EN LAS DE NEIVA?

Enviado por   •  18 de Febrero de 2018  •  3.231 Palabras (13 Páginas)  •  409 Visitas

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2.2) SINTOMAS Y CAUSAS

Esto también obligaba de alguna manera a las empresas a limitarse a la hora de contratar más empleados, ya que, en el momento de pagar la nómina, estos aportes eran una cuantiosa suma.

Mediante la reforma tributaria decidió que se impusiera un nuevo impuesto que no se descontará desde la nómina de la empresa, sino que por el contrario, se tomará el 9% de las utilidades de la misma.

2.3) DIAGNOSTICO

El trabajador no tendrá ninguna alteración en el desprendible de su nómina debido a que la medida del Gobierno apunta al empleador, a quien le cambia la fuente de financiación.

“Desde un punto de vista directo no se afectará, ni se beneficiará al colombiano del común. La medida tiene como fin restructurar los parafiscales para aliviar las cargas mensuales a los empleadores cuando tienen varios trabajadores en su empresa”.

Para citar un ejemplo, si una empresa tenía que pagar una nómina de mil millones de pesos, ésta le obligaba a hacer un aporte del 9% sobre este costo, simplemente para parafiscales. Pero si esa empresa a final del ejercicio no tenía ningún tipo de utilidad, era un costo adicional para ésta.

Ahora, la empresa puede tener una nómina de dos mil millones de pesos, pero si no hay utilidad, no tiene por qué pagarla.

De acuerdo con el Gobierno, esto incentiva a las empresas a no tener temor de aumentar su planta de trabajadores porque no cuesta más.

Tenga en cuenta que el desmonte de estos parafiscales sólo aplicará para los trabajadores que devenguen menos de diez salarios mínimos.

Es decir, que una empresa que tenga empleados donde sus ingresos presenten las dos condiciones (menos de diez salarios y más de éstos) tendrán que dividir su nómina debido a que por los trabajadores que ganen más de diez salarios mínimos sí tendrán que realizar el aporte de los parafiscales y al impuesto Cree.

2.4) PRONOSTICO

Se sustituye el artículo 869 del Estatuto Tributario (actualmente derogado) para incorporar una cláusula general anti abuso, por la cual las autoridades administrativas y judiciales podrán cuestionar la validez de transacciones que no tienen propósitos de negocios distintos a la reducción de impuestos.

A partir de la anterior disposición, la facultad de fiscalización será a partir de hipótesis en las que se le pide al contribuyente, mediante la inversión de la carga de la prueba, que demuestre que sus operaciones, actos y demás fueron hechos con un propósito de negocios, distinto al mero ahorro de impuestos, consistente entre otros, en la eliminación, reducción o diferimiento del tributo, el incremento del saldo a favor o pérdidas fiscales y la extensión de beneficios o exenciones tributarias, sin que tales efectos sean el resultado de un propósito comercial o de negocios legítimo y razonable que fuere la causa principal para el uso o implementación de la respectiva entidad, acto jurídico o procedimiento.

2.5) CONTROL DEL PRONÓSTICO

La implementación del CREE implica un ahorro del 5 por ciento del costo de sus nóminas con el desmonte de los parafiscales y a partir del primero de enero se efectuará una reducción del 8.5 por ciento de los aportes de la salud.

2.6) SISTEMAIZACION DEL PROBLEMA

¿Cuál es el impacto para el trabajador?

¿En cuánto afectará mi sueldo este cambio?

¿Una sociedad que está en proceso de liquidación debe presentar y pagar el Impuesto a la equidad CREE? ¿Es cierto que con la reforma tributaria se va a gravar más a la salud?

¿Cómo se evita que a las personas no les suban el salario por encima de 10 salarios mínimos porque a partir de este nivel el empleador empieza a pagar parafiscales?

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- OBJETIVO DE LA INVESTIGACIÓN

El propósito es de construir un ordenamiento jurídico eficaz,coherente y estructurado a partir de preceptos normativos correctamente formulados. Con las personas jurídicas con mayor utilidad contribuirán a la financiación de la inversión social.

3.1) OBJETIVOS GENERALES

- Está dirigido a sustituir los aportes SENA,ICBF y SALUD, exonerando del pago de estos a los aportantes sujetos del CREE, siempre y cuando tengan trabajadores que devenguen menos de diez salarios mínimos mensuales.

- Equidad económica y social.

- Generación de empleo.

- Formalidad laboral.

- Sistema tributario progresivo.

3.2) OBJETIVOS ESPECIFICOS

- Garantizar el principio de equidad contributiva de los aportes parafiscales.

- Mejorar la carga tributaria.

- Mejorar la competitividad de las empresas, en especial aquellas que utilizan mano de obra intensiva.

- Facilitar la inclusión de la población vulnerable a la economía formal.

- JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

De especial relevancia para los objetivos de generación de empleo y la reducción de la desigualdad, se encuentra el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional IMAN, el cual permitirá que las personas naturales tributen de acuerdo con una consideración real de su capacidad económica; el nuevo Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE, a través del cual las personas jurídicas con mayores utilidades contribuirán a la financiación de la inversión social en capacitación, salud e infancia; la sustitución parcial de la parafiscalidad para estimular la formalización y creación de empleo; y los ajustes normativos para disminuir el fraude tributario como condición necesaria para evitar que mediante el abuso a la ley, quienes deben tributar más, paguen menos.

El objetivo principal de la reforma es garantizar el principio de equidad contributiva de los aportes parafiscales, al cambiar fundamentalmente, varios de sus elementos sujetos al principio de legalidad, como lo son la base gravable, y la tarifa. En efecto, estos cambios técnicos tendrán una implicación

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