ESTUDIO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Enviado por tomas • 27 de Febrero de 2018 • 4.962 Palabras (20 Páginas) • 562 Visitas
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Para nuestro estudio de trabajo hemos seleccionado la Norma Internacional Contable NIC 38 que trata de los Activos Intangibles que se define de la siguiente manera en el documento de IASB publicado para acompañar esta norma y en su párrafo 8 parte B define: como “un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física, que se posee para ser utilizado en la producción o suministro de bienes y servicios, para ser arrendado a terceros o para servicios de administración”. La definición en la Norma revisada elimina el requisito de que el activo se posea para ser utilizado en la producción o suministro de bienes y servicios, para ser arrendado o para servicios de administración.
El Consejo observó que las características esenciales de los activos intangibles son que: (a) son recursos controlados por la entidad de los que espera obtener, en el futuro, beneficios económicos; (b) falta de apariencia física; y (c) son identificables.
El Consejo concluyó que el propósito para el cual la entidad posee una partida con estas características no es relevante para su clasificación como un activo intangible, y que dichas partidas deben estar dentro del alcance de esta Norma.
- Normas Internacionales de información Financiera relacionadas con la NIC 38 Activos Intangibles
El Consejo del IASC aprobó la Norma Internacional de Contabilidad NIC 38 en julio de 1998, y tiene vigencia para los estados financieros que cubran periodos contables cuyo comienzo sea en o después del 1 de julio de 1999. Se aconseja aplicarla con anterioridad a esa fecha. Si una empresa aplica esta Norma para los estados financieros anuales que cubran periodos cuyo comienzo sea anterior al 1 de julio de 1999, deberá: (a) revelar este hecho, y (b) adoptar simultáneamente la NIC 22 (revisada en 1998), Combinaciones de Negocios, y la NIC 36, Deterioro del Valor de los Activos. Esta Norma NIC 38 deroga: (a) la NIC 4, Contabilización de la Depreciación, con respecto a la amortización (depreciación) de los activos intangibles, y (b) la NIC 9, Costos de Investigación y Desarrollo.
En octubre de 1998, el personal técnico del IASC publicó, por separado, los Fundamentos de las Conclusiones de la NIC 38, Activos Intangibles, y de la NIC 22 (revisada en 1998), Combinaciones de Negocios. En este mismo año la NIC 39 - Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición, modificó el apartado f del párrafo 2 de la NIC 38, reemplazando la referencia allí contenida a la NIC 25, Contabilización de las Inversiones, por otra a la NIC 39. También fue suprimida la nota a pie de página número 1, también se ha emitido una Interpretación SIC que tiene relación con la NIC 38, se trata de la: SIC-6, Costos de Modificación de los Programas Informáticos Existentes.
En abril de 2001 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) adoptó la NIC 38 Activos Intangibles, que había sido originalmente emitida por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad en septiembre de 1998. Esa norma había sustituido a la NIC 9 Costos de Investigación y Desarrollo, que había sido emitida en 1993, la cual reemplazaba su versión anterior denominada Contabilidad de las Actividades de Investigación y Desarrollo que había sido emitida en julio de 1978. El IASB revisó la NIC 38 en marzo de 2004 como parte de su primera fase de su proyecto de combinaciones de negocios. En enero de 2008 el IASB modificó la NIC 38 nuevamente como parte de la segunda fase de su proyecto de combinaciones de negocios. En mayo de 2014, el IASB modificó la NIC 38 para aclarar cuándo el uso de un método de amortización basado en los ingresos de actividades ordinarias es apropiado.
Otras NIIF han realizado modificaciones de menor importancia en la NIC 38. Estas incluyen la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados (emitida en mayo de 2011), la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos (emitida en mayo de 2011), la NIIF 13 Medición del Valor Razonable (emitida en mayo de 2011), Mejoras Anuales a las NIIF, Ciclo 2010-2012 (emitido en diciembre de 2013) y la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes (emitida en mayo de 2014).
La Norma Internacional de Contabilidad 38 Activos Intangibles (NIC 38) sustituye a la NIC 38 Activos Intangibles (emitida en 1998), y debe ser aplicada: En la fecha de adquisición para la contabilización de activos intangibles adquiridos en una combinación de negocios cuya fecha de acuerdo sea a partir del 31 de marzo de 2004 y; A todos los demás activos intangibles, para los ejercicios anuales que comiencen a partir del 31 de marzo de 2004. Esta Norma se aplicará al contabilizar los activos intangibles, excepto en los siguientes casos:
- Activos intangibles que estén tratados en otras Normas.
- Activos financieros, definidos en la NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación.
- El reconocimiento y medición de activos para exploración y evaluación (NIIF 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales).
- Desembolsos relacionados con el desarrollo y extracción de minerales.
- Antecedentes desde el nivel internacional
Por regulación Internacional la Norma (NIC 38) prescribe la contabilización y la información financiera a suministrar en el caso de los activos intangibles, siempre que no estén tratados específicamente por otra Norma Internacional de Contabilidad.
Se incluyen como activos intangibles las mismas mejoras de estos recursos tales como el conocimiento científico o tecnológico, el diseño e implementación de nuevos procesos o nuevos sistemas, las licencias o concesiones, la propiedad intelectual, los conocimientos comerciales o marcas (incluyendo denominaciones comerciales y derechos editoriales). Otros ejemplos comunes de partidas que están comprendidas en esta amplia denominación son los programas informáticos, las patentes, los derechos de autor, las películas, las listas de clientes, los derechos por servicios hipotecarios, las licencias de pesca, las cuotas de importación, las franquicias, las relaciones comerciales con clientes o proveedores, la lealtad de los clientes, las cuotas de mercado y los derechos de comercialización. Para pertenecer al grupo deben cumplir con ciertos requisitos como:
- Identificabilidad: es decir que se puede separarse de la entidad para ser vendido, transferido, explotado, estableciendo;
- Control: sobre el recurso intangible, restringiendo a terceros sobre la;
- Existencia de beneficios económicos
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