Los Estados financieros basicos y no basicos
Enviado por Albert • 2 de Noviembre de 2018 • 1.761 Palabras (8 Páginas) • 432 Visitas
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El desarrollo se hará en función de los dos escenarios explicados en clase en relación con el tratamiento de la reserva legal y gastos no deducibles (es decir, cada equipo presentará resultados) con el tratamiento financiero y luego con el tratamiento fiscal, los resultados se deberán plasmarse en una matriz comparativa para ver sus resultados.
Por otra parte el trabajo debe ir referenciado con todos sus aspectos legales tributarios y mercantiles, así por ejemplo, cuando se esté tratando el pago a cuenta este cálculo debe ser acompañado de su base legal, cuando se trate la reserva legal de igual manera y así todo lo que tenga que ver fiscalmente y mercantilmente.
Cada equipo deberá prepararse integralmente ya que expondrán dos equipos el trabajo para conocer los resultados y poder apreciar los cambios significativos.
Otro aspecto muy importante será conocer el valor de la empres en sus dos formas más simples que es usando el método tradicional de el balance ( Valor nominal de las acciones y valor contable de las acciones y lo vamos a comparar con el valor de mercado de las acciones)
A continuación la información básica para el desarrollo del trabajo.
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Desarrollo:
- Estado de Costo de Producción.
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Determinación de la Carga Fabril: MI, MOI, Otros Indirectos:
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- Estado de Costo de lo Vendido.
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Determinación del Inventario Final de Productos Terminados:
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- Estado de Resultados.
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Determinación de los Ingresos: P x Q (PUV x Unidades Vendidas)
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Determinación de la Disponibilidad de la Reserva Legal.
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- Estado de Situación Financiera.
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- Valoración de la Empresa.
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Anexos. Bases Legales.
Reserva Legal.
Código de Comercio.
Art. 39.- De las utilidades netas de toda sociedad deberá separarse anualmente un porcentaje para formar la reserva legal, hasta que ésta alcance una cantidad determinada. El porcentaje y la cuantía de la reserva legal serán determinados por este Código para cada clase de sociedad.
Art. 91.- La cantidad que se destinará anualmente para integrar la reserva legal será el cinco por ciento de las utilidades netas y el límite legal de dicha reserva será la sexta parte del capital social.
Art. 123.- La cantidad que se destinará anualmente para formar la reserva legal de la sociedad de responsabilidad limitada, será el siete por ciento de las utilidades netas y el límite mínimo legal de dicha reserva será la quinta parte del capital social.
Impuesto sobre la Renta.
Ley del Impuesto sobre la Renta.
Art. 12.- La renta obtenida se determinará sumando los productos o utilidades totales de las distintas fuentes de renta del sujeto pasivo.
Art.28.- La renta neta se determinara deduciendo de la renta obtenida los costos y gastos necesarios para su producción y la conservación de su fuente y lo que esta ley determina.
Art 41.- El cálculo del ISR calcularan su impuesto aplicando a su renta imponible una tasa del 25 por ciento cuando sean sus ingresos menores o iguales a 150000; si sus ingresos son mayores o iguales a 150000 su porcentaje será del 30 por ciento.
Pago o anticipo a cuenta del Impuesto sobre la Renta.
Codigo Tributario.
“Art. 151.- El sistema de recaudación del Impuesto sobre la Renta por medio del anticipo a cuenta,consiste en enteros obligatorios hechos por personas naturales titulares de empresas mercantiles contribuyentes del Impuesto sobre la Renta, sucesiones, fideicomisos, transportistas, personas jurídicas de derecho privado y público, uniones de personas, sociedades de hecho e irregulares, domiciliadas para efectos tributarios, con excepción de las que se de diquen exclusivamente a actividades agrícolas y ganaderas, aunque para el ejercicio próximo anterior, no hayan computado impuesto en su liquidación de impuesto sobre la renta.”
“Los enteros se determinarán por períodos mensuales y en una cuantía del 1.75% de los ingresos brutos obtenidos por rama económica y deberán verificarse a más tardar dentro de los diez días hábiles que sigan al del cierre del período mensual correspondiente, mediante formularios que proporcionará la Administración Tributaria.”
“Las personas naturales titulares de empresas mercantiles distribuidores de bebidas, productos comestibles o artículos para la higiene personal, a quienes su proveedor les asigne precios sugeridos de venta al público o el margen de utilidad, estarán obligadas a enterar mensualmente en concepto de pago o anticipo a cuenta el 0.3% sobre sus ingresos brutos mensuales. Los ingresos de tales personas provenientes de transacciones de productos diferentes a los enunciados en este inciso
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