México D.F. a de diciembre de 2014 “EL MUNDO ES TUYO” S.A. DE C.V.
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La cláusula Tercera del contrato adjudicado del que deriva el Convenio antes citado, se actualiza en su vigencia en términos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conservándose las obligaciones derivadas del contrato original al aceptarse por la justiciable la ampliación del contrato, por ende, lo dispuesto en dicha cláusula se actualiza y la misma dispone que:
“ ‘EL PROVEEDOR´ SE OBLIGA DE CONFORMIDAD CON SU PROPUESTA A OTORGAR A LA “SEP” EL 12.89% (DOCE PUNTO NUEVE POR CIENTO) DE BONIFICACIÓN A TRAVÉS DE NOTA DE CRÉDITO MCO A ENTREGARSE DE FORMA MENSUAL, TOMANDO COMO BASE LA TARIFA DE LOS SERVICIOS, SIN INCLUIR CARGOS, GASTOS O IMPUESTOS.”
“LA BONIFICACIÓN OPERA EN FUNCIÓN DEL PLAZO ESTIPULADO POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, PARA EL COBRO DE SERVICIOS PRESTADOS CONSIDERANDO COMO CONTADO COMERCIAL, UN MÁXIMO DE VEINTE DÍAS FUNDAMENTADO EN EL ARTÍCULO 51 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y CONFORME AL PROPIO CONTRATO MARCO.”
Los servidores públicos de la Secretaría de Educación Pública, deberán acreditar que llevaron a cabo las gestiones en tiempo y forma, para obtener el pago de las bonificaciones, en su caso, por un monto mínimo de $844,517.24; Y para el caso de que se hubiera ejercido el monto máximo del contrato, de igual forma se deberá acreditar que se obtuvo el pago por parte de la justiciable “El Mundo es Tuyo”, S.A. de C.V., por la cantidad de $2’111,293.10, conforme a la propuesta técnica-económica y cláusula Tercera del contrato respectivo.
III.- La Secretaria de Educación Pública, por conducto del Maestro Ángel Eduardo Vargas Cabrera en su cargo de Subdirector de Adquisiciones de Artículos de Consumo de la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios; Lic. J. Jesús Custodio García como Director de Servicios de la misma Dirección General; C.P. Carlos Rene Corral Robles con el cargo de Subdirector de Contratos de la Dirección de Servicios y el Lic. Jesús Alfonso Rubio González, en su carácter de Jefe del Departamento de Adquisiciones de Material Didáctico y Equipo Educacional, emitieron el acta de notificación del fallo al amparo del contrato marco para la contratación del servicio integral de reservación, expedición y entrega de pasajes aéreos, SDI_24286, con fecha treinta de diciembre de dos mil trece.
Del fallo antes referido se derivó la firma del contrato 06.AV.2014, por conducto de , con una vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014, con la justiciable “El Mundo es Tuyo”, S.A. de C.V., para la prestación del servicio integral de organización de eventos y ofertó una bonificación del 14%, sobre el monto mínimo y máximo que lo son las cantidades de $14’139,744.00 a $35’349,360.00 que contienen el Impuesto al Valor Agregado incluido.
La cantidad a bonificar sobe el monto mínimo es $1’979,564.16 Moneda Nacional.
La cantidad a bonificar sobe el monto máximo es $4’948,910.40 Moneda Nacional.
“El Mundo es Tuyo”, S.A. de C.V., conforme a lo ofertado en su propuesta económica y contrato especifico firmado con la Dependencia, tiene la obligación de pagar las bonificaciones a dicha Secretaría.
Por lo tanto, los servidores públicos de la Secretaría de Educación Pública, deberán acreditar que llevaron a cabo las gestiones en tiempo y forma, para obtener el pago de las bonificaciones, en su caso, por el monto mínimo de $14’139,744.00 Moneda Nacional que sería la cantidad de $1’979,564.16. Y para el caso de que se hubiera ejercido el monto máximo del contrato, de igual forma se deberá acreditar que se obtuvo el pago de las bonificaciones por parte de la justiciable “El Mundo es Tuyo”, S.A. de C.V., sobre la cantidad de $35’349,360.00 Moneda Nacional, que es la cantidad de $4’948,910.40 conforme a la propuesta técnica-económica y el contrato respectivo.
IV.- La Secretaría de Educación Pública, previa autorización del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, por conducto de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios, a cargo de ………………., de manera directa adjudica a la justiciable “El Mundo es Tuyo”, S.A. de C.V., el contrato DGRMYS/020/2014, en el que se aceptan bonificaciones condicionadas por los servidores públicos que lo suscriben, con violación al artículo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en adición a que los precios unitarios contemplan un incremento considerable con relación al contrato 05.OE.2014, de donde se presumen actos de corrupción en la contratación.
La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en su artículo , de manera expresa dispone que no se puede condicionar a la
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