Normativa Minera
Enviado por Ensa05 • 1 de Agosto de 2018 • 8.052 Palabras (33 Páginas) • 309 Visitas
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Si el municipio de la región Ancash no aplica una adecuada distribución del canon minero entre las provincias del gobierno regional, esto podría provocar a un largo plazo conflictividad social porque el problema está en que, bajo nuestra realidad social, las poblaciones sienten que no gozan del canon minero y por tanto van a rechazar los proyectos mineros ya que no sienten que el beneficio llegue a ellos.
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
¿Se tiene una adecuada normativa legal para la distribución del canon y regalías mineras en la región Ancash?
1.3 OBJETIVOS
General
Analizar la normativa legal para la adecuada distribución del canon y regalías mineras.
Específico
-Cuantificar los ingresos que genera la actividad minera en la provincia de Ancash
-Conocer las bases de distribución del canon y las regalías mineras.
-Dar a conocer en que se invierte el canon y regalías mineras en la zona de Ancash.
-Analizar si se da una adecuada distribución del canon.
1.4 MARCO CONCEPTUAL
Las normas que regulan el funcionamiento de la actividad minera, relativas a los temas ambientales, tributarios, sociales y laborales pueden ser identificadas según las etapas de la cadena de valor, es decir, de la línea de tiempo que sigue el ciclo de un proyecto de inversión minero, que inicia por el cateo y prospección, la exploración minera y la decisión de explotar o no el recurso, el desarrollo y construcción, la producción o explotación y el cierre de minas.[1]
EL SISTEMA DE ENTREGA DE CONSECIONES
Según la Ley General de Minería, para el inicio de las actividades de un proyecto minero, además del título de concesión, se requiere contar con los Estudios Ambientales aprobados por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas o por la dependencia ambiental competente del Gobierno Regional, en el caso de Pequeña Minería o Minería Artesanal.
LEY GENERAL DE MINERÍA (DECRETO SUPREMO Nº 014-92-EM)
La presente Ley comprende todo lo relativo al aprovechamiento de las sustancias minerales del suelo y del subsuelo del territorio nacional, así como del dominio marítimo. Se exceptúa el petróleo e hidrocarburos análogos, los
depósitos de guano, los recursos geotérmicos y las aguas mineromedicinales.
Las actividades de la industria minera, son las siguientes: cateo, prospección, exploración, explotación, labor general, beneficio, comercialización y transporte minero.
El ejercicio de las actividades mineras, excepto el cateo, la prospección y la
comercialización, se realiza exclusivamente bajo el sistema de concesiones, al que se accede bajo procedimientos que son de orden público. Las concesiones se otorgan tanto para la acción empresarial del Estado, cuanto de los particulares, sin distinción ni privilegio alguno.[2]
- PETITORIO
Es la solicitud de una determinada área dentro del territorio nacional a fin de obtener el título de concesión minera. Crea un derecho expectaticio (no realizado). Según el Reglamento de Procedimientos Mineros, los petitorios de concesiones mineras pueden ser hechos por personas naturales o jurídicas, y se presentan al INGEMMET si se trata del Régimen de Gran Minería y al Gobierno Regional relevante, si se trata de Pequeños Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales. Ambos procesos se encuentran interconectados al Sistema de Derechos Mineros y Catastro – SIDEMCAT. Entonces, en teoría, el INGEMMET y los Gobiernos Regionales trabajan coordinadamente en lo concerniente al registro de ingreso de los petitorios en el SIDEMCAT para luego determinar la prioridad de los mismos; sin embargo es muy probable que ello no ocurra por los problemas existentes.
- CONCESIÓN [3]
Es el derecho que el Estado reconoce al concesionario mediante el título de concesión, para ejercer exclusivamente dentro de una superficie debidamente delimitada, las actividades inherentes a la explotación y exploración de los yacimientos mineros. Crea derecho real, se refiere a aquellos que atribuyen a su titular un derecho pleno sobre un bien o una cosa. Las concesiones se otorgan por sustancias metálicas o no metálicas.
La Ley de Minería del Perú establece que existen las siguientes concesiones, además de la minera:
a) Concesiones de beneficio, que otorga a su titular el derecho de extraer o concentrar la parte valiosa de un agregado de minerales y/o fundir, purificar o refinar metales, mediante un conjunto de procesos físicos y químicos;
b) Concesiones de labor general, otorga a su titular el derecho a prestar servicios auxiliares a dos o más concesiones mineras;
c) Concesión de transporte minero, confiere a su titular el derecho de instalar y operar un sistema de transporte masivo y continuo de productos minerales.
- CATEO Y PROSPECCIÓN[4]
Al principio se tiene como tarea el identificar la zona donde se ubica el yacimiento minero. Para ello se procede a realizar el cateo, que consiste en realizar búsquedas visuales de anomalías geológicas en la superficie, lo que puede dar indicios de presencia de minerales. Ya en la prospección, la observación se realiza con el apoyo de herramientas tecnológicas para realizar un trabajo más eficiente y rápido, como las fotos aéreas, datos satelitales, técnicas geofísicas (para observar propiedades físicas de las rocas analizadas) o geoquímicas (para obtener resultados químicos de los materiales observados). Los geólogos hacen uso de alta tecnología para realizar las exploraciones. Para ello, se estudia el terreno, las rocas, su composición química y su abundancia, de forma que se pueda saber si es que se puede construir una mina.
En base a los resultados del cateo y la prospección, se elige el área para un estudio más detallado, que permita comprobar la existencia de minerales. En este momento es que se debe solicitar un petitorio ante las autoridades respectivas, sobre el área donde se presume
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