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Enviado por   •  3 de Mayo de 2018  •  11.585 Palabras (47 Páginas)  •  265 Visitas

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QUINTO.- ESTADO CIVIL DE “LA PARTE VENDEDORA”. Manifiestan los C.C. HERNAN RIVAS CHAVEZ y ELFIDA ZAPATA TREVIÑO, que al momento de firma del presente instrumento su Estado Civil es el de CASADOS bajo el régimen de Sociedad Conyugal, según lo acreditan con acta de matrimonio, la cual agrego al apéndice de esta escritura. ========== SEXTO.- ESTADO CIVIL DE “LA PARTE COMPRADORA”. La C. BLANCA IRAN MENDEZ RODRÍGUEZ, señala que su estado civil actual es el de CASADA bajo el régimen de Sociedad Conyugal, lo que acredita con la documental respectiva, documental que en constancia certificada se agrega con el número correspondiente, al apéndice de éste protocolo. = SEPTIMO.- Carta de entrega-recepción de la vivienda suscrita por las partes, en la cual el adquirente manifieste su aceptación de la vivienda en condiciones de habitabilidad y servicios, que satisfagan los respectivos criterios de “EL FOVISSSTE”, y agrego al apéndice del protocolo a mi cargo con el número correspondiente a esta escritura. ================================== OCTAVO.- Carta de conocimiento de “EL ACREDITADO” del apoyo que otorga “EL FOVISSSTE”, correspondiente al 50% (cincuenta por ciento) de los gastos de escrituración por la formalización del contrato de mutuo, la constitución de hipoteca ante notario público y su inscripción en el Registro Público de la Propiedad, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 186 (ciento ochenta y seis) de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y la Regla Trigésima Segunda, de las Reglas para el Otorgamiento de Créditos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y agrego al apéndice del protocolo a mi cargo con el número correspondiente a esta escritura.========= OCTAVO.- Manifiestan la parte vendedora y la parte compradora que para los efectos única y exclusivamente de la Clave Única de Vivienda el inmueble se identifica de la siguiente manera: “CUV” 1305007001100028 de la calle Morelos, Num. Ext. 716, Manzana 2, Lote 17, PLANTA BAJA, COLONIA EL PEDREGAL CUATROCIENEGAS, CUATROCIENEGAS, COAHUILA CODIGO POSTAL 27642. ======================================

Enterados de las penas en que incurren quienes declaran con falsedad ante Notario, en términos de los artículos 51, de la Ley del Notariado y 297, del Código Penal en vigor, ambos para el Estado de Coahuila de Zaragoza; bajo protesta de decir verdad, en lo que a cada uno corresponde, los comparecientes expresan las siguientes: =========================================

=================== D E C L A R A C I O N E S =================

I.- DECLARA “EL FOVISSSTE” POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE Y MANDATARIO QUE: ======================

I.1. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en lo sucesivo “EL ISSSTE”, es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad Jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1° (primero), 3° (tercero) fracción I (uno romano) y 45 (cuarenta y cinco) de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5° (quinto), 207 (doscientos siete) y 228 (doscientos veintiocho) de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. ===================================

I.2. Tiene por objeto la administración de los seguros, prestaciones y servicios del régimen obligatorio de seguridad social, a que alude el artículo 5° (quinto) de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. ====================================================

I.3. Para el ejercicio de sus funciones y atribuciones, en los términos establecidos por los artículos 207 (doscientos siete) y 174 (ciento setenta y cuatro) fracción V (cinco romano) de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, podrá celebrar toda clase de actos jurídicos o contratos para el cumplimiento de sus fines. =================================

I.4. El Fondo de la Vivienda, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 167 (ciento sesenta y siete) y 169 (ciento sesenta y nueve) fracción I (uno romano) de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, así como 64 (sesenta y cuatro) del Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, tiene a su cargo establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener préstamo barato y suficiente, mediante mutuos con garantía hipotecaria, en los casos que expresamente determine la Comisión Ejecutiva y que dichos préstamos se harán por una sola vez. ===============

I.5. De conformidad con lo dispuesto por las “Reglas para el Otorgamiento de Créditos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado”, aprobadas por la Junta Directiva del ISSSTE mediante Acuerdo 43.1332.2012, de fecha 28 (veintiocho) de junio de 2012 (dos mil doce) y publicadas en el Diario oficial de la Federación el 26 (veintiséis) de septiembre de 2012 (dos mil doce), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a través de su Fondo de la Vivienda, está en aptitud de otorgar el contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria que se contiene en este instrumento. ====================================

I.6. De acuerdo al Convenio de Concertación de Acciones suscrito el 19 (diecinueve) de diciembre del 2007 (dos mil siete), así como sus convenios modificatorios, su representante cuenta con las facultades suficientes para la celebración del presente contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria. ==

En dicho convenio, sus anexos y convenios modificatorios, se establecieron las bases, condiciones y procedimientos para el otorgamiento de préstamos bajo los esquemas de financiamiento autorizados por “EL FOVISSSTE”, al amparo de los Programas de financiamiento y de crédito del FOVISSSTE vigentes. ========

II.- DECLARA “EL MANDATARIO” Y REPRESENTANTE DE “EL FOVISSSTE” POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTE, EN LO SUCESIVO TAMBIÉN “EL MANDATARIO”, QUE: ================

II.1. Es una sociedad mercantil legalmente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, como se acredita en términos del testimonio de la escritura pública número 13,224 de fecha 25 de noviembre de 1994, pasada ante la fe de la Notaria Pública número 195 del Distrito Federal, Licenciada ana Patricia Bandala Tolentino, documento que se encuentra debidamente

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