Concepto de ciencia y el Desarrollo del espíritu científico
Enviado por poland6525 • 11 de Diciembre de 2018 • 1.583 Palabras (7 Páginas) • 465 Visitas
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1.3. Del capítulo II. El camino hacia la ciencia normal:
“Ciencia normal significa investigación basada firmemente en una o más realizaciones científicas pasadas, realizaciones que alguna comunidad científica particular reconoce, durante cierto tiempo, como fundamento para su práctica posterior”.
“En la actualidad, esas realizaciones son relatadas, aunque raramente en su forma original, por los libros de texto científicos, tanto elementales como avanzados”.
“Esos libros de texto exponen el cuerpo de la teoría aceptada, ilustran muchas o todas sus aplicaciones apropiadas y comparan éstas con experimentos y observaciones de condición ejemplar...”
Aquí me surge el siguiente interrogante: ¿Podemos hablar de LIBROS DE TEXTO CIENTÍFICOS en las ciencias jurídicas; en particular en el derecho mercantil?
Indudablemente, los libros que se emplean para el estudio de las ciencias jurídicas, aunque no se refieren a experimentos, si contienen o recogen un buen número de observaciones sobre instituciones jurídicas, su historia, interpretación, cambio y comportamiento en las relaciones por ellas reguladas. ¿Reflejan ellos una constelación de hechos, teorías y métodos reunidos en los libros de texto, a que se refiere la propuesta de KUHN?. Una respuesta tentativa y fácil sería la de afirmar que el modelo de KUHN no aplica a las ciencias del espíritu. Ya hemos dicho que este aspecto lo tendremos en cuenta; pero que no obstante el mismo, insistiremos en valernos de sus ideas para sembrar algunas en el campo del derecho mercantil.
“Pero, aunque este tipo de reunión de datos ha sido esencial para el origen de muchas ciencias importantes, cualquiera que examine, por ejemplo, los escritos enciclopédicos de Plinio o las historias naturales baconianas del siglo xvii, descubrirá que el producto es un marasmo. En cierto modo, uno duda en llamar científica a la literatura resultante...”.
De esta aseveración, nos preguntamos: ¿Han estado las ciencias jurídicas inmersas en un MARASMO?. Sobre este particular y, específicamente en el área del derecho mercantil, citaremos algunos pasajes de la historia de roma (la conquista de la Galia ), remontándonos 78 años antes de cristo, que nos dejan preocupados ( o satisfechos?) – no sabría contestar ahora - , contrastándolos con instituciones vigentes 2.000 años después, para encontrar que si borramos la distancia del tiempo, prácticamente están regulando situaciones e intereses económicos iguales. Pareciere que el tiempo ha pasado en vano, o mejor aún, no ha pasado?.
“Pero hay siempre hombres que se aferran a alguna de las viejas opiniones y, simplemente, se les excluye de la profesión que, a partir de entonces, pasa por alto sus trabajos...” Nos preguntamos: ¿Cuándo se pasa por alto, o cuándo se considera “vieja” una opinión en las ciencias jurídicas?.
“En las ciencias (aunque no en campos tales como la medicina, la tecnología y el derecho, cuya principal razón de ser es una necesidad social externa), la formación de periódicos especializados, la fundación de sociedades de especialistas y la exigencia de un lugar especial en el conjunto, se han asociado, habitualmente, con la primera aceptación por un grupo de un paradigma simple...”
“Sin embargo, con un libro de texto, el investigador creador puede iniciar su investigación donde la abandona el libro y así concentrarse exclusivamente en los aspectos más sutiles y esotéricos de los fenómenos naturales que interesan a su grupo...”
“En la actualidad, en las ciencias, los libros son habitualmente textos o reflexiones retrospectivas sobre algún aspecto de la vida científica...”
“El científico que escribe uno de esos libros tiene mayores probabilidades de que su reputación profesional sea dañada que realzada...”.
Sobre este particular, en lo atinente a las ciencias jurídicas, me viene a la memoria un pasaje magistral, escrito por el Dr. Jorge Vélez García, actual decano de la escuela de derecho de la Universidad Sergio Arboleda, exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia y presidente en ejercicio de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, en cuya revista número 311 de junio de 1998, expresó: “También a veces ( ¿acaso, las más de las veces?), hay quienes emplean la ilustración de los autores como quien empuña un mazo para golpear a un contendor en la lucha forense...A esto y a mucho más se halla expuesto el escritor de cuestiones jurídicas. A predisponer en su contra a aquellos que en la obra no encontraron su caso nítidamente perfilado y resuelto, o hallan una solución inconveniente a su pretensión, o se topan con un punto de vista en desarmonía con sus intereses; a padecer el aguijón, no por inane menos molesto, de los críticos y libelistas de oficio, para quienes nada de los demás está bien hecho, panfletarios incapaces de escribir la página de un folleto, pero que en cocteles y corrillos asumen de oráculos infalibles e implacables frente al ensayo o el libro de un colega...”
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