Determinar cuántos tipos de aborto se registran en un año, dentro de la fiscalía de Puebla durante septiembre a diciembre del 2016
Enviado por monto2435 • 16 de Mayo de 2018 • 4.390 Palabras (18 Páginas) • 411 Visitas
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1.4 Objetivo de la investigación[i]
Demostrar que las mujeres al abortar ilegalmente ponen el peligro la vida y pueden incluso terminar en prisión.
1.4.1 Objetivo General
Determinar cuántos tipos de borto se registran dentro de la fiscalía de puebla en el mes de septiembre a diciembre 2016[j].
1.4.2 Objetivos específicos
- Determinar que es un aborto
- Determinar cuántos tipos de aborto existen [k]
1.5 Hipótesis de la Investigación
A mayores abortos mayores procesamientos en la fiscalía general del estado de puebla de septiembre a diciembre del 2016.
1.6 limitaciones de la investigación[l]
Limitaciones interna
- Los resultados obtenidos con esta información solo son aplicables para en estado de puebla
- La información solo está generalizada para las mujeres embarazadas
Limitaciones externas
- La situación económica para las mujeres no todas tienen el recurso para ir al distrito federal
- El pagar el aborto no es nada barato ya que como es ilegal no tiene costo puesto por el seguro
CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO.
2.1 Antecedentes de la investigación.
El aborto existe desde el código Hammurabi en 1728 a.c. Sobre el cual dice la ley de talión.
“Si un hombre golpea a una hija de hombre y le causa la pérdida del (fruto de) sus entrañas [aborto], pagará 10 siclos de plata por (el fruto de) sus entrañas”
(Código Hammurabi, talión, 3, 209)
También el código Hammurabi sancionaba el aborto con lo siguiente.
“209.- Si un hombre libre golpeó a la hija de un hombre libre y la ha hecho abortar, pagará diez siclos de plata por lo perdido. “
“210.- Si la mujer muere, se matará a su hija”.
“211.- Si se ha hecho abortar a la hija de un muskenun a causa de golpes, pagará cinco siclos de plata.”
“212.- Si la mujer muere, pagará media mina de plata”
. “213.- Si ha hecho abortar a la esclava de un hombre libre, pagará dos siclos de plata”.
“214.- Si la esclava muere, pagará un tercio de la mina de plata.”
Con la caída del imperio romano el cristianismo se enfocó en dos principios, las cuales son la concesión de la vida como el don de dios y la consideración de la radical igualdad de todos los hombres.
En la primera legalización el mundo llevó a cabo en la unión soviética en 1920. Ese mismo año ya en el siglo XX se despenalizo el aborto en Rusia, fue promulgada al término de la revolución, tiempo después se derogo esa ley en 1936 y 1955 podría decirse que en los años de la segunda guerra mundial después de esas fechas el aborto puede llevarse a cabo ante la petición de la madre por la cual siguieron los mismos pasos los países como Checoeslovaquia, Yugoslavia, Alemania oriental, Rumania, Bulgaria.
En 1933 fue la segunda vez que se legaliza el aborto y es modificada en 1935 por la ley nazi su principal razón fue evitar que se propagara enfermedades hereditarias. Todo esto se lleva a cabo en el aborto y la esterilización que se hacía en el mismo acto.
Las leyes escandinavas de los años 30 dieron origen a las legislaciones abortistas, donde Islandia realizo una ley que le otorgaba el poder al médico de provocar un aborto para protegerla salud de la mujer o si las condiciones económicas no eras las adecuadas, para el bienestar de igual forma era para evitar alguna enfermedad heredada. El aborto era adecuado siempre y cuando lo permita la salud de la mujer a esto se le considero como la ley danesa de 1937.
En 1977 la organización mundial de la salud (OMS) dio una definición de aborto como “la expulsión o extracción uterina de un embrión o feto de 500g. o menos”. Tiempo después la sociedad española de ginecología y obstétrica (SEGO) definió la edad de 22 semanas que es cuando el feto esta en lo establecido por la OMS.
2.1.2 antecedentes del aborto en México
En la federación de México se les permite a las mujeres abortar de manera legal solo en la ciudad de México. En 1931 para el distrito federal no había sanción en el aborto siempre y cuando se ponga en peligro la vida de la madre o diera como resultado de una violación. Esta reforma estuvo vigente alrededor de 70 años en el cual nunca fue garantizado el aborto legal en las estancias públicas de salud.
Tiempo después se reformaron cambios el 18 de agosto del año 2000, que le beneficio a los derechos de las mujeres. Esto se llevó a cabo por la asamblea general legislativa del distrito federal establecida por el partido revolucionario democrático, se incorporó al código penal y el código de procedimientos penales. Esto genero ciertos debates que llevo a que las organizaciones de las mujeres dieran su apoyo el cual las causas modificables fueron, cuando el producto presenta malformaciones congénitas o genéticas graves, cuando de no llevarse a cabo el aborto genere riesgo en la vida de la mujer, cuando el embarazo sea resultado de una inseminación artificial no consentida.
En el 2003 y con el nuevo código penal el pleno de la (ALDF) dio la aprobación de reformas y adiciones en la ley de salud para el Distrito Federal (LSDF) estas modificaciones se dieron a conocer el 27 de enero del 2004 entrando en vigor el día siguiente.
Todos esos cambios llevaron a la ciudad de México a la despenalización del aborto en 2007, dicha aprobación fue discutida en 2006 por los legisladores y el 15 de marzo del 2007 se dio a conocer el tema con dos iniciativas de reforma, una puesta por el PRI y la otra por el partido alternativa social democrático y campesino (PASDC)
La propuesta del PRI fue la despenalización completa del aborto conforme a la abolición de penas para
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