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Medidas Conservacionistas del Libertador

Enviado por   •  24 de Enero de 2018  •  1.501 Palabras (7 Páginas)  •  344 Visitas

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Es necesario destacar que el predicho Decreto objeto de este análisis creó la figura de los Jueces Agrícolas y el marco jurídico con el fin de resolver disputas y plantear soluciones a las contingencias del agro.[pic 7][pic 8]

La sensibilidad del Libertador lo llevó a proteger e impulsar uno de los primeros esfuerzos sistemáticos de reforma agraria en el mundo.

Con este decreto se crea y organiza una infraestructura administrativa que se ocupará de la problemática agraria, reestructurando la organización municipal y fundamentando una acción cooperativa y comunitaria

CRÍA:

La cría tiene una serie de decretos el cual contienen varios aspectos como:[pic 9]

- Prohíbe exportar desde la fecha de emisión del decreto, caballos, yeguas, mulas y asnos.

- Aquel que exporte al extranjero caballos, yeguas, mulas o asnos, le será penado con una multa de mil pesos fuertes y se le procederá a cobrar ejecutivamente[pic 10]

- Los empleados públicos tienen el deber de registrar cada embarcación saliente en busca del tráfico de los mismos.[pic 11]

[pic 12]

FAUNA:[pic 13]

Bolívar no solo se dedicó a la cría, sino también preservar la fauna, a saber:

- Prohíbe desde la fecha de emisión del decreto, la matanza de vicuñas y cualquier otro animal.

- No se le permite realizar esto ni aún como caza

- Establece épocas para la explotación de lanas de uso para el comercio, sin matar a las vicuñas solo rasurándolas[pic 14]

- Las personas que incumplan este decreto les será penado con cuatro pesos por cada vicuña que asesinen

- Acota que aquel que reúna vicuñas mansas, recibirá un peso por cada una de ellas y se le descontará de la contribución correspondiente, y siendo pobre y no puede pagar ninguna recibirá este premio en dinero efectivo del tesoro de su departamento

MINERÍA:

- Establece por departamento una dirección de minería bajo cuya dependencia estarán las diputaciones territoriales[pic 15]

- Las direcciones departamentales recibirán en la capital de la República

- Se organizarán estas direcciones según la necesidad de cada departamento[pic 16]

- Las minas abandonas, aguadas o derrumbadas por sus antiguos dueños pueden ser denunciables y pasan a ser propiedad del estado

- Las minas se arrienden o se venden en público, remate de venta del gobierno adjudicándosele su valor a los acreedores del estado del pago de sus créditos calificados

- Exonera del servicio militar a toda persona que trabaje en la construcción de casas, molinos e ingenios, para las minas de cualquier metal y piedras preciosas y trabajo en minas

- Las minas de cualquier clase corresponden a la República, cuyo gobierno las concede en propiedad y posesión a los ciudadanos que la pidan, bajo las condiciones de las leyes y ordenanzas de minas y con las que contiene este decreto

“También la minería, como generadora de riqueza, fue objeto de gran atención por parte de Bolívar, quien concibió en torno a ella una política auspiciadora de grandes cambios, todos ellos de gran importancia en un continente que producía únicamente materias primas”3

REPARTIMIENTO DE TIERRAS:

- Decreta que la repartición, mensura y venta de tierras de cada provincia se ejecutará por personas de probidad e inteligencia que formen por ellos mismos el arancel de las dietas y derechos que deban llevar aquellos en el desempeño de esta comisión

- Aclara que los caciques que no tengan ninguna posesión de tierras recibirán por su mujer y cada uno de sus hijos cinco topos de tierras

- Cada indígena de cualquier sexo o edad recibirá un topo de tierra en los lugares pigues y regados

- Le otorga por medio de la repartición de tierras a los indígenas despojados de sus tierras por el gobierno español , le otorga un tercio más que el terreno que se le asigna a los demás que no hayan experimentado este perjuicio

- Acota que las tierras pertenecientes al estado se repartirán entre las nacionales del país, adjudicando propiedad

- Cada individuo de cualquier sexo o edad que sea recibirá una legada de tierra en los lugares pigues y regados

- Las personas poseyentes de terrenos destinados a pacer ganados serán igual a todos los demás individuos de las provincias, mientras que no sean repartidos como los demás [pic 17]

[pic 18]

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