RESÚMENES HISTOTIA DEL DERECHO.
Enviado por Albert • 11 de Marzo de 2018 • 1.509 Palabras (7 Páginas) • 374 Visitas
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13 Marzo, 2015 || Módulo II
Los tres pilares de nuestra Tradición Jurídica: parte I
La Historia del Derecho, entendida como ciencia, no estudia TODA la Historia; así mismo, varían las fuentes de esta misma dependiendo del lugar y la época en que nos encontramos.[pic 47]
Tradición > “Nuestro”[pic 48][pic 49]
Tres pilares donde se apoya el Derecho en esta tradición
Roma: El Derecho pasa a ser una ciencia; búsqueda de la verdad en el camino de la justicia. El origen del Derecho en Roma, estaba vinculado con lo sagrado.[pic 50][pic 51]
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IUS IUSTUS JUSTO * Hacer del arte de lo justo, una ciencia.[pic 56][pic 57][pic 58]
IUSTICIA * Cada uno es sujeto de lo justo, sujeto de Derecho.
El romano hace de lo justo, el vínculo que sostiene la sociedad. Es una manifestación de lo humano; la naturaleza de lo justo, está supeditado a la vida.
La JURISPRUDENCIA, es la cualidad de distinguir prudentemente dónde está lo justo.
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20 Marzo, 2015 || Módulo I
Los tres pilares de nuestra Tradición Jurídica: parte II
El Derecho Romano irrumpe en el Derecho de occidente, se da en dos ciertos pasos; en la tradición jurídica romana, hay que fijarse en dos momentos:
- Derecho Romano Arcaico -> Derecho previo[pic 59]
- Derecho Romano Clásico[pic 60]
- Derecho Romano Vulgar
-Tiene una proyección sobre el Derecho en occidente, porque va a hacer Derecho de acuerdo a la tradición.
Jurisprudencia -sabiduría en Derecho- en los criterios de justicia clásica.
Corpus Iuris Civile: Esta tradición será recuperada en occidente en el siglo XII y XIII por la Escuela de Bolonia IUS COMUNE: Se proyecta en otros instrumentos, como las Siete Partidas.[pic 61][pic 62][pic 63]
Comienza a retomar el Derecho Romano Clásico.
Nace en occidente, por el cual se introduce frente a los Derechos locales, algo que puede ser común.
Derecho Germánico: Importante por: Europa se constituye no solo por la base greco-romana previa, sino por un aporte cultural completamente nuevo, estos son los pueblos germanos, quienes no compartían ni conocían el Derecho Romano, no tenían vida política. Tenían tradiciones distintas con las romanas. Su derecho era primitivo, se regulaba por la tradición consuetudinaria.
Derecho Canónico: tiene su origen en el mundo antiguo, y se consolida para las universidades. Es el derecho de la Iglesia Católica, en tanto institución que tiene que ser regulada.[pic 64]
- Este pilar tiene ciertas peculiaridades:
- No concurre solo. La tradición del Derecho Romano se concilia la práctica con aquello que está en la base del Derecho Canónico (Lo divino, la Sagrada Escritura).
- El Derecho Canónico toma el modelo del Derecho Romano.
- En el Occidente medieval, la única figura de orden fue la figura episcopal.
- Los siglos XII y XIII fueron fundamentales para la fijación de este Derecho, en tanto a cuerpo orgánico de legislación.
20 Marzo, 2015 || Módulo II
El Derecho Romano
Es el Derecho propio de la Civilización Romana.
Para el romano, cuando decía “Ius Romanus”, se entendía que era el Derecho que regía a la ciudad de Roma. El “Ius Civile Romanus”, era aquel que participa del vivir en la ciudad de Roma y constituía la ciudad.
Derecho Directum Rectum -> Algo que se encamina rectamente.[pic 65][pic 66][pic 67]
Denominación que comienza a homologarse en el tiempo medieval, en donde comienza a relacionarse el ius con lo correcto; en el caso romano, no está asociado lo justo con lo correcto. No quiere decir que lo justo no haya sido correcto, sino que no está asociado.
El Derecho es una facultad, un poder. Suerte de capacidad de lo que se puede hacer.[pic 68]
Esta concepción también se acuña en el medioevo. Guzmán Brito, dice que el Derecho dejó de significar lo que se creía/entendía, aquí se entiende como facultad. En Roma, no hay Derecho como facultad. IUS, dice razón de otra cosa: El romano es parte de un orden superior, es sujeto de Derecho, se da cuenta de una realidad que supone le ámbito del Derecho.[pic 69]
“Lo suyo de cada uno.”[pic 70][pic 71][pic 72][pic 73]
Etimológicamente, está relacionado con el verbo latín IURARE (jurar).
El romano no crea el ius, lo reconoce, es algo que emana de los dioses y del hombre. El primer acto justo, es reconocer lo suyo de cada uno de los dioses, y lo suyo de cada uno de los humanos.
* Los primeros que ejercen justicia, son los SACERDOTES: la virtud de lo justo era de ellos.[pic 74][pic 75][pic 76][pic 77]
El ejercicio del ius, reconoce una [pic 78][pic 79][pic 80][pic 81]
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Cicerón, que era un aboago, señalaba que la justicia era atribuir a cada uno su dignidad. “Suum cuique tribuens dignitatem.”[pic 83][pic 84]
Bibliografía:
- EYZAGUIRRE, Jaime: Historia del Derecho. Santiago, Editorial Universitaria, 2003. P. 10.
- GARCÍA GALLO, Alfonso: Manual de Historia del Derecho Español, 4ª. Ed., Madrid, 1971, p.1.
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