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La sexualidad en la Iglesia católica.

Enviado por   •  31 de Mayo de 2018  •  1.104 Palabras (5 Páginas)  •  363 Visitas

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En el año 2002 el Papa Juan Pablo II pronunció un discurso ante los cardenales de Estados Unidos acerca de su posición frente a los casos de abuso sexual infantil en la Iglesia:

”Como a vosotros, también a mí me ha dolido profundamente que algunos sacerdotes y religiosos, cuya vocación es ayudar a las personas a vivir una vida santa a los ojos de Dios, hayan causado tanto sufrimiento y escándalo a los jóvenes. Debido a ese gran daño provocado por algunos sacerdotes y religiosos, a la Iglesia misma se la ve con sospecha, y muchos se sienten ofendidos por el modo como perciben que han actuado los responsables de la Iglesia a este respecto. Desde todos los puntos de vista, el abuso que ha causado esta crisis es inmoral y, con razón, la sociedad lo considera un crimen; es también un pecado horrible a los ojos de Dios. A las víctimas y a sus familias, dondequiera que se encuentren, les expreso mi profundo sentimiento de solidaridad y mi preocupación. Los abusos de menores son un síntoma grave de una crisis que no sólo afecta a la Iglesia, sino también a la sociedad entera. Se trata de una crisis profundamente arraigada de moralidad sexual, incluso de relaciones humanas, y sus principales víctimas son la familia y los jóvenes. La Iglesia, tratando el problema de esos abusos con claridad y determinación, ayudará a la sociedad a comprender y afrontar la crisis en su seno.”[5]

De acuerdo con los razonamientos que se han venido analizando, los abusos sexuales a menores cometidos por el Clero o por cualquier otra persona, son considerados como “delitos”, no como “pecados”, ya que en la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales del mundo se tipifican como un delito las conductas sexuales con menores; en donde también se consideraría como delincuente todo aquel que, de forma consciente y activa, encubre u ordena encubrir esos comportamientos lamentables. Tal y como se ha tipificado en el Código de Derecho Canónico en su Título V “De los delitos contra las obligaciones especiales” en el N°1395 – Inc 2°: “El clérigo que cometa de otro modo un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo, cuando este delito haya sido cometido con violencia o amenazas, o públicamente o con un menor que no haya cumplido dieciséis años de edad, debe ser castigado con penas justas, sin excluir la expulsión del estado clerical cuando el caso lo requiera”.

- Resumen de conclusiones estadísticas sobre la conducta sexual del clero católico[6]

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