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“VIVMOS EN UNA SOCIEDAD DONDE SE NOS ENSEÑA A TENER CUIDADO DE NO SER VIOLADOS, EN VEZ DE ENSEÑARNOS A NO VIOLAR”

Enviado por   •  18 de Octubre de 2018  •  6.282 Palabras (26 Páginas)  •  314 Visitas

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CAPITULO 2: MARCO TEORICO

Se plantea un estudio donde se ven las categorías de infancia, familia, maltrato y abuso sexual infantil, el trabajo social como estrategia de intervención.

La intención aquí es reflejar la importancia que tiene conocer a profundidad cada variable para así, lograr una mayor y mejor comprensión del análisis.

2.1 INFANCIA

La infancia es definida como el periodo entre el momento de nacimiento y los 12 años, aproximadamente. Esta primera etapa de la vida es fundamental en el desarrollo, ya que de ella va a depender la evolución posterior, sus características primordiales serían las físicas, motrices, capacidades lingüísticas y socioafectivas. Puede definirse desde distintos puntos de vista:

∙ Legal: Periodo que abarca desde el nacimiento hasta cumplir los 18 años de edad o alcanzar la emancipación. La Convención sobre los Derechos del Niño, en vigor desde el 2 de septiembre de 1990, señala que "se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”. Esta convención recoge los principales derechos de niños y niñas a lo largo del mundo.

∙ Desde la evolución psicoactiva: Se entiende por niño o niña aquella persona que aún no ha alcanzado un grado de madurez suficiente para tener autonomía. - Desarrollo físico: Es la denominación utilizada para referirse a toda criatura humana que no ha alcanzado la pubertad.

∙ Sociocultural: Según las condiciones económicas, las costumbres y las creencias de cada cultura el concepto de infancia pueden variar, así como la forma de aprender o vivir. La definición de niño/a también ha variado considerablemente a lo largo de la historia y en las diversas sociedades y culturas.

2.1.1 HISTORIA DE LA INFANCIA Y LA EVOLUCIÓN DE SUS DERECHOS

El reconocimiento de los Derechos del Niño

Los Derechos del Niño fueron formalmente reconocidos luego de la Primera Guerra Mundial con la adopción de la Declaración de Ginebra en 1924. El proceso de reconocimiento de estos derechos continuó luego gracias al trabajo de las Naciones Unidas y la Declaración de los Derechos del Niño de 1959.

La admisión de los Derechos del Niño se concretó definitivamente el 20 de noviembre de 1989 con la aceptación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que representa el primer texto de compromiso internacional que reconoce legalmente todos los derechos fundamentales de los niños.

La ONU proclamó en 1979 como el año internacional del niño. Durante este año, tuvo lugar un verdadero cambio, ya que Polonia propuso crear un grupo de trabajo dentro de la Comisión de los Derechos Humanos que se encarga de redactar una carta internacional.

Así en 20 de Noviembre 1989, La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre Derechos del Niño.

En mayo de 2000, se ratificó el Protocolo facultativo de la Carta Internacional sobre los Derechos del Niño, que trata de la participación de los niños en conflictos armados y entró en vigor en 2002. Este documento prohíbe que los menores participen en conflictos armados. Hasta ahora, la Convención sobre los Derechos del Niño ha sido firmada por 190 de 192 estados.

Actualmente, su idea y carácter contundente son universalmente aceptados. Sin embargo, su funcionamiento puede mejorar y aún es necesario transformarlas palabras en acciones, en un mundo en dónde la urgencia es lo esencial.

2.1.2 CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO (CIDN)

Significó un cambio radical en la forma de concebir a la infancia y su relación con el estado, con la familia y con la comunidad. Implicó cambiar la mirada sobre los niños y empezar a reconocerlos como ciudadanos con derechos y con la capacidad de exigir y demandar el cumplimiento de estos derechos.

La convención reconoce a los niños y adolescentes como sujetos de derechos y establece que el estado, a través de políticas públicas, debe ser el garante de los derechos humanos de los niños. Obliga a los organismos del Estado a oír al niño y a sus padres para incluir al grupo familiar en programas de apoyo de salud vivienda y educación.

Con este nuevo paradigma se abandona la ley de patronato y tiene el objetivo de lograr que el niño deje de ser concebido como un “objeto” y pase a ser reconocido como un “sujeto pleno de derecho”,

Los puntos más importantes que promueve esta nueva miraba hacia la infancia son:

Priorizar el interés superior del niño o niña. Se entiende por interés superior de la niña, niño y adolescente la máxima satisfacción integral y simultánea de los

Derechos y garantías reconocidos en esta Ley.

El derecho a ser oídos.

Respetar que su desarrollo personal sea en un medio social familiar y cultural

Respetar su grado de madurez

Respetar su centro de vida, es decir el lugar donde le niño o niña ha crecido y desarrollado su identidad

Esta ley exige que haya políticas públicas integrales de los derechos del niño o niña y que las mismas sean concretadas tanto por la nación, provincia o municipio. En esta ley se prevé una serie de medidas de protección que tienen por finalidad preservar los derechos de los niños o restituir los derechos que fueron vulnerados. Las mismas que se dividen en:

Normales: Son aquellas del órgano administrativo competente local ante la amenaza o violación de los derechos o garantías de uno o varias niñas, niños o adolescentes individualmente considerados, con el objeto de preservarlos. Restituirlos o reparar sus consecuencias.

Excepcionales: Son aquellas que se adopta cuando las niñas, niños y adolescentes estuvieran temporal o permanentemente privados de su medio familiar o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio.

Tienen como objetivo la conservación o recuperación por parte del sujeto del ejercicio y goce de sus derechos vulnerados y la reparación de sus consecuencias.

En líneas generales en esta ley se habla de la importancia de los derechos de los niños:

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