EL DERECHO EN LA IGLESIA. GLOSARIO
Enviado por tomas • 26 de Julio de 2018 • 8.979 Palabras (36 Páginas) • 358 Visitas
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- La Iglesia. Para conservar y propagar sus enseñanzas, el mismo Jesucristo instituyó su Iglesia, su verdadero reino espiritual, constituyendo la en Nuevo Pueblo de Dios. En ella dio a Pedro, a los Apóstoles y, con ellos, a todos los creyentes reunidos como pueblo, la misión de enseñar lo que El enseñó; de santificar por medio de los Sacramentos; de regir, por medio de la autoridad conferida, para hacer que se cumplan las normas que é1 mandó (cf Mt 5, 17-19; 28,20).
- Visión Espiritual del derecho en la Iglesia. Una organización jurídica de la Iglesia no solo está ceñida con su carácter espiritual, sino que ha de nacer de él. La eclesiología de nuestros tiempos ha puesto muy en claro esta íntima relación entre el fenómeno espiritual y el fenómeno jurídico de la Iglesia. Una concepción exclusivamente espiritualista de la Iglesia no sería humana y estaría desencarnada de la realidad; pero una concepción exclusivamente juridista de la misma, no sería espiritual y, por tanto, no sería la Iglesia querida por Cristo.
El Espíritu marcará 1a al derecho le tocará solo ser el cauce, exigido p del es que forman la Iglesia. Se habrá de insistir más en lo vital y menos en lo estructuralista; más en lo interno y menos en lo externo; más en lo místico y menos en lo puramente socio lógico y constatable; pues, el Derecho tiene el sentido del pedagogo, indica los caminos que conducen al último fin.
El derecho es importante solo en la medida en que el cristiano haga suyas, en su conciencia, las normas y exigencias y se proponga cumplirlas no apenas externamente como lo hacían los Fariseos del tiempo de Jesús, sino en su conciencia, bien formada.
- Lo divino y lo humano en el derecho de la Iglesia. Lo divino y lo humano se conjugan en la Iglesia como un misterio; no pueden en tenderse con una visión puramente sociológica; Misterioso y, como tal, está compuesta por dos dimensiones: una Divina (por habitar el Espíritu Santo en ella) y Humana (por estar compuesta por hombres).
Misterio significa algo que, con formas sensibles, encierra la comunicación de un Don divino a los hombres, algo así como un sacramento. Es Misterio no por que Dios lo quiera dar a conocer solo en forma velada a los hombres, sino s hombres con su inteligencia limitada no están en capacidad de entender plenamente la revelación de Dios.
El hecho de que ambos elementos, el Divino y el humano, estén presentes en la Iglesia, es algo que no necesita ser probado, sí conviene insistir en la idea para comprender de verdad el hecho jurídico eclesial.
El ministerio de la Iglesia consiste en que ambos elementos se unen perfectamente sin confundirse, absorbiendo el uno al otro o, mucho menos, rivalizando y haciendo desaparecer al otro. Ambos están presentes como elementos complementarios de la misma realidad; siguen existiendo los dos como fuente de tensión en la Iglesia. Pero esta, tensión no es un mal; al contrario, constituye una de las más profundas riquezas del misterio de la Iglesia.
De esta tensión nace la necesidad del derecho que, por eso mismo, también es misteriosa, donde lo humano es tan esencial como lo divino, lo natura! tan imprescindible como lo trascendente, lo estructural externo tan indispensable como lo íntimo y vital del espíritu.
Otra Iglesia sin estas características, sería acaso posible, pero desde luego no sería la de Jesús. Su elemento humano será acaso inadecuado, pobre y cargado de defectos, pero no por eso es menos necesario y menos esencial en el ser de la Iglesia.
- La ana1ogía Cristo – Iglesia. Esa doble perspectiva de la Iglesia, humana y divina, se funda en la misteriosa unión Humano – Divina de Cristo; aunque se haya exagerado a veces el paralelismo, se necesita reconocer que la Iglesia no es sino Cristo, que pervive en la historia. Así, nada extraño será que ella contemple la misma realidad de Cristo Dios y Hombre y que en su desarrollo se hayan encontrado los mismos problemas teóricos y prácticos que la cristología plantea en torno al ministerio, del Dios hecho Hombre.
Lo decía León XIII: “Así como Cristo, cabeza y ejemplar, no se entiende completo si en El se considera únicamente la naturaleza humana y visible o apenas su naturaleza divina e invisible, sino que es uno solo de los dos y en las dos naturalezas, tanto la visible como la invisible; así su Cuerpo Místico no es la verdadera Iglesia sino en cuanto sus elementos Visibles toman fuerza y vida de los dones sobrenaturales” (Ep. Encyc. Satis cogniturn, 29 de junio de 1896, N° 4, en P. Gasparri “Fontes”, N 630, 4).
En la misma línea nos habló Pío XII en Mystici Corporis (AAS 35 [ 194-248), el Vaticano II en Lumen Gentum 8 y, repetidas veces, Pablo VI, y. gr.: en discurso a la S.R. Rota del 8 de febrero de 1973 (AAS 65 [ 98), en el que afirma que las leyes canónicas se apoyancomo fundamento en Cristo Jesús, Verbo Encarnado, sien Derecho Canónico elemento constitutivo de la Iglesia del Verbo Encarnado.
- La eclesiología nueva como base del derecho canónico. Esa analogía de Cristo con su Iglesia, como base de la existencia tensional de un derecho en la Iglesia, obliga al jurista a planteárselo en un terreno siempre eclesial. Un falso planteamiento jurídico encontrará su explicación en una eclesiología desviada, cuyos errores se traducen luego en aplicaciones jurídicas o pseudojurídicas.
El jurista tiene que agradecer a la eclesiología de hoy su aportación a la concepción exacta del derecho canónico, al que ha brindado su porqué definitivo y verdadero. De ahí que no se puede seguir moviéndose, sin más, en esquemas jurídicos anteriores que no hayan asumido las nuevas perspectivas eclesiológicas del Vaticano II y de los años inmediatamente anteriores y posteriores.
- La sacramentalidad de la Iglesia y de su Derecho. Escogiendo otro concepto de influencia cualificada, se le señalará la visión de la Iglesia como sacramento radical, santo y seña de la eclesiología actual. En el derecho ello ha llevado a descubrir sus raíces sacramentales; todo en el derecho canónico nace del sacramento y para el sacramento eclesial.
Fundada en la Palabra, en los Sacramentos y en la Eucaristía, la Iglesia universal y local es, antes que nada, sacramental. Sacramental debe ser su derecho, conformado con los sacramentos, recibiendo así índole so brenatural y a la vez significación humana y visible.
- La “Iglesia del Derecho” y la “Iglesia de la Caridad”. Esta concepción unitaria de los dos elementos, aunque a la vez sea tensional y antagónica, lleva a la consecuencia de no poder admitir las dos iglesias corno opuestas: la Iglesia del derecho y
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