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DERECHO DE INVERSIÓN EXTRANJERA

Enviado por   •  14 de Mayo de 2018  •  2.407 Palabras (10 Páginas)  •  322 Visitas

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EXTRANJERA INDIRECTA.

VALORES DE RENTA FIJA: títulos valores (bonos y obligaciones, pagares de empresa, etc) negociables en el mercado de valores. son instrumentos representativos de una deuda que otorga al propietario unos derechos que serán satisfechos por el emisor en el futuro, es decir es un préstamo donde el inversionista recibe un interés pagaderos en cierto tiempo.

INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA LEGISLACIÓN MEXICANA

LA I.E.D. COMPRENDE:

1.- LA PARTICIPACIÓN DE INVERSIONISTAS EXTRANJEROS, EN CUALQUIER PROPORCIÓN EN EL CAPITAL SOCIAL DE SOCIEDADES MEXICANAS.

2.- LA REALIZADA POS SOCIEDADES MEXICANAS CON MAYORÍA DE CAPITAL EXTRANJERO ATRAVÉS DE ADQUISICIÓN DE ACCIÓNES O PARTES SOCIALES EN OTRAS SCCIEDADES MEXICANAS YA COSNTITUIDAS O DE NUEVA CREACIÓN (PIRAMIDACIÓN)

3.- LA PARTICIPACIÓN DE INVERSIONISTAS EXTRANJEROS EN LAS ACTIVIDADES Y ACTOS CONTEMPLADOS EN L.I.E.: (ACTIVIDADES RESERVADAS)

Adquisiciones de activos fijos, ingreso de nuevos campos de actividad, nuevas líneas de producción, adquirir inmuebles en zona permitida, obtener concesiones para explorar o explotar minas o aguas, o ser fideicomisario de inmuebles en zona restringida.

4.- INVERSIÓN NEUTRA

PARTICIPACIÓN EN A.E. POR EXTRANJEROS CON CONDICIÓN DE ESTANCIA DE RESIDENTE PERMAMNENTE

ART.3 L.I.E. Ley se equipara a la inversión mexicana la que efectúen los extranjeros en el país con la condición de estancia de Residente Permanente , salvo aquélla realizada en las actividades contempladas en los Títulos Primero y Segundo de esta Ley (actividades reservadas al estado, a los mexicanos y soc. con clausula de exclusión y regulación específica)

El residente permanente: permite al extranjero permanecer en el territorio nacional indefinidamente y con permiso para trabajar, con entradas y salidas múltiples (estar inscritos en el Registro Nacional de Extranjeros y si es realizan actos de comercio en el Registro Nacional de Inversión Extranjera)

El inversionista al tener la residencia definitiva, se presume que los recursos con los que se generan la inversión se generan en México. por lo tanto la inversión se considera Mexicana.

Bajo esta condición migratoria, se hace efectiva la clausula calvo.

LA PIRAMIDACIÓN SU IMPORTANCIA PARA DETERMINAR LOS MONTOS MÁXIMOS DE ACT. CON REG. ESPECIAL

La piramidación o I.E.I consiste en un mecanismo en donde cierto accionista puede tener el control de diversas empresas mediante la posesión sucesiva de acciones de una empresa por parte de otra. (art. 7 L.I.E 49%) su objeto social son actividades con regulación específica.

Las empresas con estas características se denominan HOLDING: adquiere acciones o partes sociales para obtener un porcentaje mayor a los permitidos obteniendo dividendos. Generalmente intervienen socios comunes en las diversas empresas y empresas entre familiares.

Sin embargo se permite con mayoría de capital mexicano y que no este controlada por inversión extranjera

La figura de la piramidación contraviene a la I.E, ya que los dividendo de una empresa mexicana se van al extranjero.

Se ubican dentro las prácticas monopólicas.

Es una forma de evadir obligaciones fiscales ya que las empresas holding tienen una empresa matriz de la que se deriva las acciones en las distintas empresas.

SIN EMBARGO EXISTEN FORMAS EN LAS QUE EL INVERSIONISTA PUEDE SIMULAR SU PARTICIPACIÓN DENTRO DE LOS LÍMITESQUE MARCA LA LEY:

LA LEY PERMITE QUE LA MAYORÍA DEL CAPITAL DE UNA EMPRESA SEA ANÓNIMO

LAS EMPRESAS PUEDEN ADQUIRIR TITULOS NOMINATIVOS AL PORTADOR, LO QUE HACE QUE EL INVERSIONISTA NO TENGA EL NOMBRE DEL SUSCRIPTOR.

ACTIVIDADES LIBERADAS DE RESTRICION DE PARTICIPACIÓN

LA PARTICIPACIÓN EN CUALQUIER ACTIVIDAD ECONÓMICA ADQUIRIR ACTIVOS FIJOS… EN SOCIEDADES MEXICANAS PODRÁN PARTICIPAR HASTA EL 100% DEL CAPITAL SOCIAL.

ACTIVIDADES RESERVADAS

AL ESTADO MEXICANO (ART. 5 L.I.E.)

A MEXICANOS Y SOC MEX C/CLAUSULA DE EXCLUSIÓN DE EXTRANJEROS (ART. 6)

REGULACIÓN ESPECÍFICA (ART. 7)

LAS QUE NECESITAN RESOLUCIÓN DE LA C.N.I.E.

(ART. 8 Y 9 )

Definición de inversión extranjera y de inversionista extranjero

Inversión extranjera es:

1. La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el

2. capital social de sociedades mexicanas;

3. La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; y

4. La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos

5. contemplados por la LIE.

• Inversionista extranjero es:

La persona física o moral de nacionalidad distinta a la mexicana y las entidades extranjeras sin personalidad jurídica. (sujetos)

La Ley de Inversión Extranjera establece que la inversión extranjera podrá participar en cualquier proporción en el capital social de sociedades mexicanas, adquirir activos fijos, ingresar a nuevos campos de actividad económica o fabricar nuevas líneas de productos, abrir y operar establecimientos, y ampliar o relocalizar los ya existentes, salvo por las excepciones expresamente mencionadas en dicha ley.

• Actividades reservadas al Estado Art. 5 LIE

• Actividades reservadas a mexicanos

Las actividades económicas y sociedades que se mencionan a continuación, están

reservadas de manera exclusiva a mexicanos o a sociedades mexicanas con

cláusula de exclusión de extranjeros

• Actividades sujetas a regulación específica

• Actividades con mas del 49%

INVERSIÓN

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