Violencia de genero. Violencia docente
Enviado por Stella • 12 de Septiembre de 2018 • 2.331 Palabras (10 Páginas) • 354 Visitas
...
Violencia laboral
Este tipo de violencia incluye el hostigamiento o acoso sexual, discriminación de trato, falta de oportunidades equitativas para la promoción y capacitación laboral, así como condicionar la contratación por estar casada, tener hijas e hijos o estar embarazada; la limitación a cargos de toma de decisión y el pago desigual por el mismo trabajo en comparación con los hombres.
La LGAMVLV define como: negatividad ilegal a contratar a la víctima o respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la desclasificación del trabajo realizado, amenazas, intimidación, humillaciones, explotación, el impedimento a las mujeres a llevar a cabo el periodo de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género. Art. 11
Violencia docente
Son las conductas que violentan a las alumnas en el contexto escolar como pedirles que no usen faldas cortas o prendas que supuestamente son “provocativas”, no tomar en cuenta sus opiniones durante la clase; dar ejemplos sexistas para explicar algún tema, limitarles el acceso a los estudios; acoso u hostigamiento por parte de compañeros o profesores.
La LGAMVLV la define como: conductas que dañan el autoestima de las alumnas con actos de discriminación por sexo, edad, condición social, académica, limitaciones o características físicas, que les infligen maestras o maestros. Art. 12
Violencia en la comunidad
Esta violencia se presenta en lugares públicos (calle, transporte, parque, etc.) y comprende:
- Los “piropos”, tocamientos, insinuaciones que te hacen sentir mal.
- El trato discriminatorio por ser mujer en los servicios considerados masculinos (información automovilística, de informática, trámites bancarios o administrativos e inmobiliarios).
- La negación de tu libre tránsito y acceso en bares, tiendas, deportivos, clubs, así como a tu participación en festividades, actividades o tomas de decisiones comunitarias.
La LGAMVLV la define como: actos individuales o colectivos que trasgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público. Art. 16
Violencia institucional
Imponer, negar o condicionar el ejercicio de tus derechos humanos en los servicios públicos (imponerte un método anticonceptivo, no darte información objetiva de los procedimientos y consecuencias).
Cuando al denunciar a la o el servidor(a) público, duda de tu palabra y te responsabiliza de la violencia que has vivido; no respeta tu privacidad y confidencialidad (¡no se queje!, ¡es su marido!, ¡regrésese a su casa!, ¡no lo haga enojar!, ¡usted lo provocó!).
Cualquier trato o comentario que recibas en una institución pública y que atente contra tu dignidad humana (¡si bien que le gustó!, ¡aguántese!, ¡la matriz sólo sirve para dos cosas: para dar hijos o problemas!)
La LGAMVLV la define como: actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, asi como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia. Art 18
Violencia feminicida
La violencia extrema que elimina los derechos humanos de las mujeres, que promueve el odio hacia ellas, y que incluso puede llegar hasta el asesinato.
La LGAMVLV la define como: la forma de violencia de género contra las mujeres, producto de la violencia de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del estado y pueden culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres. Art. 21
Por otro lado siguen los tipos de violencia que existen y algunos de sus ejemplos.
Física
Causa daño visible o no en la mujer, hace uso de la fuerza física, o de algún objeto o arma.
Manifestaciones:
- Empujar o aventar.
- Escupir.
- Jalar el cabello, despeinar.
- Golpear con manos, codos o cabeza, abofetear.
- Patear.
- Lanzar objetos a la persona con el fin de herirla.
- Usar objetos o armas de fuego y punzo-cortantes para golpear o agredir.
- Tratar de ahorcar o asfixiar, etc.
Psicológica-Emocional
Daña la estabilidad psicológica o emocional de la mujer.
Manifestaciones:
- Amenazas verbales, insultos, ofensas, gestos, gritos, humillaciones, etc.
- Desprecio, indiferencia y falta de atención.
- Negligencia y/o abandono.
- Acoso y hostigamiento.
- Comparaciones destructivas y/o difamación.
- Rechazo, discriminación por género.
- Privación de la libertad o privacidad.
- Enojo por incumplimiento de tareas consideradas propias de la mujer, etc.
Sexual
Incluye los actos que se ejercen directamente sobre el cuerpo y la sexualidad de la mujer.
Manifestaciones:
- Presión para tener relaciones sexuales no deseadas.
- No usar ni permitir el uso de preservativos aún cuando ella lo pida.
- Contagiarla con Infecciones de Transmisión Sexual (ITS).
- Obligarla a realizar o recibir tocamientos sexuales no deseados.
- Durante el acto sexual obligar a la mujer a prácticas no pedidas ni deseadas.
-
...