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FACULTAD DE MEDICINA SALUD PÚBLICA I

Enviado por   •  21 de Abril de 2018  •  4.323 Palabras (18 Páginas)  •  388 Visitas

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Un 41.6% declara haber sido discriminado en 4 a 9 lugares o situaciones distintas y un 33.3% indica entre 2 y 3 lugares o situaciones. Sólo un 20.2% refiere no haber percibido discriminación por su identidad sexual y/u orientación sexual. (2)

Apoyan este tipo de resultados, la encuesta realizada el 2008 por Genera29 que estableció que las personas homosexuales son percibidas junto a migrantes peruanos/as como los grupos menos respetados en el país. (2)

En nuestro país de diversa cultura, multilingüe, vemos una sociedad bastante machista en algunos casos muy religiosa y conservadora. En los últimos años hubo cambios en cuanto a leyes y una Nueva Constitución Política del Estado.

El 2011 se realizó una encuesta nacional de condiciones de vida, discriminación y derechos de la población LGTB, y esta indica que: (3)

- 24 de cada 100 miembros de las poblaciones TLGB, han percibido en su vida alguna forma de discriminación, donde la población con mayor discriminación es la población Trans con un índice de 49,1.

- Un tercio de las poblaciones TLGB ha sufrido algún tipo de discriminación en una institución educativa, de donde la población Trans es la más discriminada en los centros educativos (47,4%). (3)

- 7 de cada 10 miembros TLGB han sufrido algún tipo de agresión.

- Las instituciones de justicia y la policía resultan ser instituciones que peor servicio brindan a las personas TLGB. La calificación de 1,83 para la policía implica mal servicio y mal trato a las personas TLGB en todas sus dimensiones de calidad de servicios. (3)

- Los ambientes de justicia y policiales discriminan selectivamente a las poblaciones Trans en un 71,4%, contra discriminación a Lesbianas del 22%.

- 28,8% de los(as) encuestados(as), tiene conocimiento bueno de leyes, normas y principios nacionales e internacionales que apoyan a las poblaciones TLGB y solo un 2,2% tiene un conocimiento muy bueno de los mismos. (3)

- La población boliviana tiene actitudes hacia las personas TLGB intermedias entre la homofobia y la indiferencia. Las ciudades más grandes como La Paz, Cochabamba y Santa Cruz son las más homofóbicas (3)

- Cinco de cada diez personas Trans sexuales son discriminadas en los centros de salud contra solo 1 de cada 10 personas de las poblaciones LGB.

Cinco de cada diez personas trans sexuales son discriminadas en las fuentes de trabajo, en cambio en las otras poblaciones la proporción máxima de discriminación afecta solo a dos personas por cada diez. (3)

- Tres de cada cuatro personas tiene deseos de participar en las organizaciones TLGB. (3)

- Solo una de cada siete personas, denuncia los actos de violencia de las que son víctimas. Unos afirman que no hay respuesta positiva y que las autoridades no hacen nada. Otros no denuncian por temor a que su condición de persona TLGB quede al descubierto en los medios de comunicación. (3)

Causas probables del problema: ¿Cuál es el conocimiento actual sobre el problema y sus causas? ¿Hay consenso? ¿Hay discrepancias? ¿Hay evidencias conclusivas?

A lo largo del tiempo se han podido identificar numerosas causas del prejuicio que lleva a la discriminación a personas con orientación sexual distinta, podemos hablar de que en las culturas latinas, el machismo todavía juega un papel muy importante en las relaciones, lo que pone al hombre como una figura de poder ante una sumisa mujer, y la homosexualidad rompe este poder de unos sobre otros; otras posibles causas son los factores socio-demográficos más importantes como ser la migración, la educación y el nivel socio-económico, se hace un especial énfasis en las creencias religiosas, ya que la religión muestra la homosexualidad como un pecado ya que va en contra de todo lo que se han establecido en su iglesia y en la biblia, y creen que la simple aceptación los haría ser parte de este pecado.

Sin embargo también se hicieron numerosos estudios desde el punto de vista psicoanalítico de esta discriminación, llamándola homofobia, que ya va más allá de la intolerancia, caracterizada como una enfermedad social basada en un miedo con bases psicológicas

Otra causa o explicación es la socio cognitiva, que dan lugar a una percepción esterotipada de los grupos; pero de manera evidente a pesar de la cantidad de teorías de las que se pueda hablar, todas están apoyadas en el contexto socio cultural.

Soluciones posibles: ¿Cuáles han sido las formas de resolver el problema? ¿Qué se ha propuesto? ¿Qué resultados se han obtenido?

Varias han sido las soluciones que ha planteado el estado ante este problema, y de manera evidente ha disminuido el índice de discriminación pero aún no se lo pudo erradicar del todo.

Hace muchos años, la constitución en su decreto supremo 24547 de 31 de marzo de 1997, decía que” se prohíbe a personas bisexuales y homosexuales donar sangre” en la ley 045 contra racismo y toda forma de discriminación en su artículo 4 resuelve: la abrogación de dicho decreto supremo

En la constitución política del estado, el artículo XIV, párrafo 2 establece que “el estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación”: en el artículo 256, párrafo II establece que […] en el marco de la ONU y OEA establece que han sido suscritas y ratificadas por el estado boliviano atreves de sus órganos legislativo y ejecutivo, son derechos humanos más favorables para esta población, entre los cuales está consagrado el derecho a formar una familia entre personas del mismo sexo.

El artículo 12 de la nueva constitución política del estado establece que el Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica o social, tipo de ocupación, grado de instrucción, discapacidad, embarazo, u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona. (discriminación Bolivia)

El Artículo 63. Dice que:

1.El matrimonio entre una mujer y un hombre se constituye por vínculos jurídicos y se basa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges.

2. Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad,

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