INTERPRETACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.
Enviado por Albert • 13 de Abril de 2018 • 2.340 Palabras (10 Páginas) • 257 Visitas
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Artículo 16
1.Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2.Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3.La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Interpretación: Toda persona tiene derecho al matrimonio, en cuanto lleguen a una edad legal, sin ningún tipo de restricción debido a su sexo, raza, religión, y otros.
El matrimonio sólo podrá realizarse si hay un consentimiento de todos los que se unirán.
La familia tiene derecho a una protección de la sociedad y las justicia.
Artículo 17
1.Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2.Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Interpretación: toda persona tiene derecho a una propiedad y no será privado de ésta, a menos que se dicte un incumplimiento de la ley U otras causas no arbitrarias.
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Interpretación: Todo humano tiene, derecho a una elección de religión, libertad de pensamiento e ideas, al igual que de conciencia, también de predicar, expresar, enseñar y demás acerca de éstos, ya sea de manera pública o privada.
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Interpretación: Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos y opiniones sin ser oprimido por éstas, así cómo ser informado y poder ddifundirlas sin límites.
Artículo 20
1.Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2.Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Interpretación: Toda persona tiene derecho a pertenecer a un grupo o asociación, en cuanto ésta sea pacífica, y nadie podrá pertenecer a una sin su consentimiento.
Artículo 21
1.Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2.Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3.La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Interpretación: Toda persona tiene derecho al voto, a la elección del representante de su nación y demás elecciones, así como el acceso a las funciones públicas de su país.
La voluntad del pueblo se expresará mediante el voto universal y secreto o cualquier otro tipo de procedimiento.
Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Interpretación: Toda persona tiene derecho a una seguridad social, a la satisfacción de derechos culturales, sociales, económicos y los que sean necesarios para su desarrollo personal.
Artículo 23
1.Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2.Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3.Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4.Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Interpretación: Todas las personas tiene derecho a un trabajo, a la elección de éste, de su ambiente, a condiciones dignas, saludables y satisfactorias, que asegure al trabajador y su familia una vida digna.
Todos tiene derecho a un salario igual por un período de tiempo igual, sin distinción de sexo, raza, religión, nacionalidad y otros.
Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Interpretación: Todo humano tiene derecho a un período de tiempo libre destinado al descanso, a un límite justo de horas de trabajo y a vacaciones.
Artículo 25
1.Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de
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