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ORIGENES Y EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO TASA DE INTERES

Enviado por   •  10 de Julio de 2018  •  1.915 Palabras (8 Páginas)  •  431 Visitas

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Nuestro ordenamiento jurídico con respecto a los tipos y tasas de interés nació a los pocos años de la vida republicana. Como todos sabemos, los primeros cincuenta años estuvieron plagados de inestabilidad política y caudillismo militar; la democracia no funcionaba por estos lares, debido, entre otros factores, a que no era el producto de un proceso histórico,

En el Capítulo VII: Del préstamo a interés (sic), del Libro III (De las diferentes maneras de adquirir la propiedad), Título XI (Del préstamo). Define el préstamo a interés como "un contrato por el que uno recibe y otro da cierta cantidad de dinero o efectos, con la condición de devolverla dentro del término señalado, pagando una cantidad, además del valor principal". (Art. 1264º)

Se define el préstamo a interés como una contraprestación de una obligación con un valor añadido (el interés), y siendo un contrato, se define inmediatamente después del capítulo dedicado a las obligaciones del mutuatario.

En cuanto a los tipos de interés, fija dos: el legal y el convencional. El primero es el fijado para los casos en que no hay convenio expreso, siendo la tasa del seis por ciento anual (art. 1265º, primer párrafo); el Convencional es el estipulado por las partes, fijando un máximo de dos por ciento mensual (art. 1265º, final).

Sobre los intereses moratorios, no se especificaba como tales, pero el art. 1269º indicaba que en caso de no cumplir con lo pactado (capital más intereses) en el tiempo estipulado, el sujeto deudor se verá obligado a "satisfacer costos y daños", caso donde no se haya establecido "alguna pena convencional" que los reemplazara. Costos y daños como pena convencional, deben entenderse como una indemnización por daños y perjuicios, cuyo monto no es fijado sino por el interesado (sujeto acreedor), y, si es materia de litis, por el Juez.

Siguiendo con la historia, el Estado Nor-Peruano no duró mucho y el Código Civil quedó en el rincón de los recuerdos. Cuando nuestra república poco a poco comenzó a tomar cierta estabilidad, en 1852 entra en vigencia el que es considerado oficialmente como nuestro primer Código Civil4, también con fuertes influencias del Código Napoleón.5

El Código Civil de 1852 no es tan sistemático como el Código del Estado Nor-Peruano en lo referente a los intereses, debido a que coloca dispositivos dispersos sobre la materia dentro del Contrato de Mutuo.

Estipula dos tipos de intereses: el legal, cuya tasa es del seis por ciento y únicamente para los casos en que no hay convenio expreso (arts. 1274º y 1821º). El otro tipo es el interés convencional, fijado por las partes y sin tasas máximas.

Señala ya expresamente la mora, previa acción judicial, indicando que la tasa es aquella de los intereses convencionales pactados, o, en su defecto, los legales: "Si no hay intereses convencionales, el deudor moroso es responsable del interés legal; que correrá desde que sea demandado hasta que se verifique el pago" (art. 1820º).

La regulación de las tasas de interés ha caído siempre en el dominio del derecho público, pero para que sea viable esta regulación era necesario un organismo del propio Estado que realice tal fin. Como vimos en el Capítulo I, los ingleses crearon el primer Banco Central de la historia moderna, modelo que fue calcado por sus vecinos de Europa y después por el resto de países que se precien de tener una política monetaria sana y coherente.

Actualmente el Banco Central de Reserva, en su calidad de organismo autónomo, cuenta con una Ley Orgánica, un Estatuto, un Texto Único de Procedimientos Administrativos, Circulares y demás normatividad propia.

Por lo expuesto se concluye que la tasa de interés nace como consecuencia de darle un costo al uso del dinero. Para dar equidad económica tanto a los que se encuentran en los mercados ofertando activo líquido, que por el momento lo tienen ocioso en sus empresas, como también a las unidades económicas que demandan para sus inversiones capitales líquidos, de bienes, etc. Estos se dan o se intercambian en los intermediadores financieros, como son bancos. Es la única manera de dar movimiento a la economía con bienestar financiero para la humanidad; dado que con las grandes, medianas y pequeñas inversiones se da puestos de trabajo a las personas, miembros de familias para la cobertura de sus necesidades básicas.

En economía y finanzas, una persona o entidad financiera que presta dinero a otros esperando que le sea devuelto al cabo de un tiempo espera ser compensado por ello, en concreto lo común es prestarlo con la expectativa de que le sea devuelta una cantidad ligeramente superior a la inicialmente prestada, que le compense por la dilación de su consumo, la inconveniencia de no poder hacer uso de ese dinero durante un tiempo, etc. Además esperará recibir compensación por el riesgo asociado a que el préstamo no le sea devuelto o que la cantidad que le sea devuelta tenga una menor capacidad de compra debido a la inflación.

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BIBLIOGRAFIA:

- https://es.answers.yahoo.com/question/index?qid=20110217125224AAMY6Da

- http://www.monografias.com/trabajos24/tasas-de-interes/tasas-de-interes.shtml#edad.

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- https://www.bbva.com/es/noticias/economia/bancos/productos-financieros/la-historia-del-interes-del-dinero-interes-la-historia/.

- La Biblia.

- http://www.esan.edu.pe/conexion/actualidad/2015/01/19/un-vistazo-tasas-de-interes-mercado-peruano/.

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