ACTIVIDADES DE APLICACIÓN. CUÁLES SON LOS ELEMENTOS DE LA COMPETENCIA, EXPLIQUE 2 DE ELLOS
Enviado por Jillian • 17 de Abril de 2018 • 3.778 Palabras (16 Páginas) • 483 Visitas
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- c) Cuando el juez procede contra providencia ejecutoriada del superior o revine proceso legalmente terminado o pretermite íntegramente la instancia. La competencia del juez se agota una vez finalizado el proceso, por consiguiente cualquier actuación posterior que implique revivirlo constituye usurpación.
No es usual que el proceso continúe después de ejecutoriada la sentencia, salvo la actuación tendiente a cumplirla, cuando la misma ley lo permite, como acontece en la diligencia de entrega en los procesos de restitución de la tenencia, pero si es factible que eso ocurra cuando la terminación es anormal, supuesto en la cual la actuación posterior constituye usurpación de competencia.
- d) Cuando se tramita la segunda instancia, sea en virtud de apelación o consulta, sin estar consagrada en la ley.
La actuación del funcionario se concreta a cumplir las etapas previstas para cada proceso.
- e) Cuando la segunda instancia se ventila por funcionario distinto a quien le corresponde a pesar de ser el competente se extralimita en los puntos de materia del recurso.
La apelación que origina la segunda instancia faculta al funcionario que conoce de ella solo para considerar los puntos desfavorables al recurrente, salvo determinadas excepciones, por lo cual, si se pronuncia sobre otros aspectos, incurre en usurpación de competencia.
- f) Cuando se tramita el recurso de revisión por funcionario distinto del competente. Se diferencia de la anterior porque se refiere a la revisión, situación susceptible de mayor ocurrencia que en apelación, por cuanto aquel medio de impugnación es de carácter extraordinario y se ventila tiempo después de proferida la sentencia contra la cual se interpone.
- g) Cuando la sentencia se incluyen sujetos, pretensiones o excepciones ajena al objeto de la decisión.
- Ejemplo: cuando condena por algo que no le pide o por cantidad superior a la reclamada o reconoce una excepción no propuesta y que requiere de esta formalidad, tal el caso de la prescripción, o incluye en la decisión, sea a favor o en contra, a una persona que no es parte, así tanga la calidad de titular de la relación jurídica discutida, incurre en usurpación de competencia.
Otro caso en el que la actuación haya sobrepasado el límite de su competencia, pero sin que se haya entorpecido la de otro órgano público. De aquí que pueden existir conflictos de competencia internos y externos; los primeros serian aquellos en los cuales se ven involucrados dos o más órganos que pertenecen a una misma persona jurídica, y otro cuando el conflicto se da entre órganos pertenecientes a diferentes personas públicas, lo cual adquiere un mayor grado de dificultad, pudendo acarrear que se resuelva por procedimientos especiales y si es del caso por la vía contenciosa.
El conflicto se forma cuando dos jueces creen que les pertenece conocer un procesodeterminado. Este conflicto es conocido como cuestión de competencia.
Se denomina Cuestión De Competencia al conflicto que surge cuando varios juzgados o tribunales se consideran competentes sobre el mismo asunto, o a la inversa, si ninguno de ellos se considera competente para conocer sobre un caso.
Por el carácter muy jerarquizado de la estructura de los tribunales, en todos los países suele considerarse de modo general que la solución a las cuestiones de competencia debe adoptarla el órgano superior que sea parte del conflicto o, de tratarse de dos juzgados o tribuna-les del mismo rango, el superior común a ambos.
El conflicto se soluciona a través de dos vías: la inhibitoria o la declinatoria. Si no se soluciona a través de estas dos vías, el conflicto es solucionado por un juez superior, quien falla dirimiendo la controversia suscitada entre los dos jueces, y por ende, cuál de ellos es competente.
- CUÁL ES EL LÍMITE DE LA COMPETENCIA
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La sociedad se torna más compleja y más integrada, el trabajo profesional se hace más diferenciado y más sujeto a cambios y las demandas sobre los profesionales cambian. Para el nuevo orden ya no basta con los conocimientos expertos adquiridos en la educación inicial. Actualmente es necesario contar con las habilidades que permitan poner esos conocimientos al servicio de circunstancias no habituales, así que se requiere de flexibilidad, habilidades comunicativas y trabajo en equipo. También se requiere la capacidad de dejar de lado los conocimientos en algún momento de la vida y estar preparado para adquirir nuevas formas de experiencia y conocimiento y para desarrollar nuevas capacidades. En otras palabras, la regeneración del capital no requiere del conocimiento per se, sino de las habilidades necesarias para sacarle provecho y si es necesario para dejarlo de lado. Estamos en una sociedad de lo descartable, también en lo cognitivo.
- QUÉ ENTIENDE POR DESCENTRALIZACIÓN.
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La descentralización en los términos siguientes: "Al lado del régimen de centralización existe otra forma de organización administrativa: la descentralización, la cual consiste en confiar la realización de algunas actividades administrativas a órganos que guardan con la administración central una relación que no es la de jerarquía" y concluye: "el único carácter que se puede señalar como fundamental del régimen de descentralización es el de que los funcionarios y empleados que lo integran gozan de una autonomía orgánica y no están sujetos a los poderes jerárquicos.
Así aparece, una diferencia fundamental entre la descentralización y la centralización administrativas, ya que en esta última todos los órganos que la integran están ligados por la relación jerárquica que implica una serie de poderes superiores respecto de los actos y de los titulares de los órganos inferiores.
La descentralización administrativa se distingue de la descentralización política que se opera en el régimen federal, porque mientras que la primera se realiza exclusivamente en el ámbito del Poder Ejecutivo, la segunda implica una independencia de los poderes estatales frente a los poderes federales.
Además, en tanto que la descentralización es creada por el poder central, en la descentralización federal los estados miembros son los que crean al Estado federal, participan en la formación de la voluntad de éste y su competencia no es derivada, como es la de los órganos administrativos descentralizados,
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