Actividad 5 legislacion tributaria presencial
Enviado por tolero • 29 de Diciembre de 2018 • 1.729 Palabras (7 Páginas) • 431 Visitas
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Según el artículo 5 de la resolución en mención, cuando se requiera la autorización de numeración en la factura o documento equivalente que se vaya a expedir es obligatorio indicar, además del número de intervalo de numeración consecutiva autorizada, el número, la fecha y la vigencia de la autorización de numeración.
- ¿Cuantas modalidades de facturación existen?
R/ Existen varios modelos de facturación según la DIAN tales como:
- Papel: Comúnmente conocida como pre-impreso, este tipo de facturación se lleva generalmente en un talonario mandado a timbrar, el cual debe contener algunos datos pre impresos como el NIT del vendedor, la razón social, número de la factura, entre otros.
- Por computador: Al igual que la factura en papel se encuentra regida por los artículos 617, 618 y 618-3 del Estatuto tributario, su expedición es por medio electrónico, pero su entrega debe ser física
- Máquina registradora POS: Esta es una modalidad en la que hardware y software interactúan para la generación de la factura.
- Electrónica: Esta modalidad de facturación se asemeja a la factura por computador ya que su expedición se da por un medio electrónico, lo que las hace diferentes es que la factura electrónica adicionalmente es entregada, aceptada y almacenada por y en medios electrónicos.
- ¿Qué es la facturación por computador y Facturas electrónica y qué diferencias hay entre una y otro?
R/
- La factura por computador es generada y entregada en forma directa al adquiriente de bienes o servicios, de manera tangible en papel, ya sea en el local o en el establecimiento comercial con el que tenga este compromiso; haciendo uso de programas informáticos para generar facturas con todos los requisitos de ley. Mientras que la factura electrónica debe ser numerada, expedida y almacenada, única y exclusivamente por medios electrónicos. Cuando todo el proceso se consolide, van a quedar a disposición de los usuarios, una serie de empresas habilitadas para prestar el servicio de facturación electrónica, que van a tener la responsabilidad de emitir, almacenar y transmitir a la Dian, toda la información de facturación de las empresas.
- ¿Qué requisitos debe contener el documento equivalente?
R/ El documento equivalente a la factura más común o más utilizada, es el que debe expedirse cuando se le compra a una persona que no está obligada a expedir factura, y principalmente, cuando el régimen común adquiere bienes y servicios a responsables del régimen simplificado.
Algunos de los requisitos según el artículo 3 del decreto 522 de 2003 señala cuáles son los requisitos que debe cumplir el documento equivalente a la factura expedidos por el comprador en el caso que nos ocupan uno de ellos son:
- Apellidos, nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios;
- Apellidos, nombre y NIT de la persona natural beneficiaria del pago o abono;
- Número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva;
- Fecha de la operación;
- Concepto;
- Valor de la operación;
- Discriminación del impuesto asumido por el adquirente en la operación.
- ¿Qué son documentos sustitutos de la facturas?
R/ El documento equivalente a la factura es aquel documento soporte que reemplaza a la factura, en las operaciones económicas realizadas con las personas que no están obligados a facturar. El documento equivalente puede ser expedido por el vendedor del producto o servicio, o elaborado por el adquiriente de los mismos.
- ¿Qué sanciones incurre el usuario, comerciante o/y responsable de impuestos no realizar las facturas en debida forma?
R/ ¿Qué obligaciones deben cumplir los responsables del Régimen Simplificado?
1. Inscribirse en el registro único tributario RUT como responsables del régimen simplificado.
2. Entregar copia de certificado del RUT en que conste su inscripción en el régimen simplificado, en la primera venta o prestación de servicios que realice a adquirentes no pertenecientes al régimen simplificado que así lo exijan.
De qué obligaciones están exceptuados los responsables del régimen simplificado?
• De expedir factura. (Excepto los tipógrafos que presten el servicio de elaboración de facturas.)
• De cobrar impuesto a las ventas (IVA),
• De presentar declaración de ventas.
- ¿Qué sucede si el comerciante expide factura sin la autorización de numeración o con ésta vencida?
R/ En consecuencia, expedir facturas sin resolución o expedirla estando vencida, tiene implicaciones que recaen únicamente sobre el vendedor, pues la DIAN, mediante los artículos 684, 684-1 y 684-2 del E.T., está facultada para imponer sanciones por el incumplimiento de este requisito en la factura, que de acuerdo con el artículo 684-2 consistirá en el cierre del establecimiento de comercio. No obstante lo anterior, para evitarse engorrosos procesos de discusión con la Administración de Impuestos, conviene, entonces, auditar a tiempo las facturas que soportan los costos y deducciones, de manera que las mismas cumplan con lo establecido en la Resolución 3878 de 1996.
CONCLUSION
Luego de realizado el análisis, llegamos a la conclusión que la implementación de la Facturación sea de manera electrónica, física y por correo electrónico. Pudimos observar que en realidad es muy importante generar una facturación ya que es un documento equivalente donde yo como empresa puedo soportar mis ingresos o pagos que género en un mes donde hago balances generales de lo que vendí y de lo que me gaste. Como empresa y persona natural estamos obligados a realizar facturación dado que debemos saber que en algún motivo de reclamo de cualquier cliente a la hora de hacer una devolución por cualquier compra o prestación de servicio.
BIBLIOGRAFIA
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