Actividad que realiza el Estado en relación a la prestación de un servicio.
Enviado por Sandra75 • 3 de Marzo de 2018 • 2.040 Palabras (9 Páginas) • 462 Visitas
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Gestión Eficaz: Aquella que permite alcanzar los objetivos y metas previstos en el Plan Operativo.
Gestión Efectiva: Aquella que alcanza los objetivos internos o externos en los entes y organismos.
Potestad Investigativa: Las Potestades de Investigación de los órganos de control fiscal, ya sean internos o externos, comprenden:
- Realizar las actuaciones necesarias, a fin de verificar la ocurrencia de actos, hechos u omisiones contrarios a una norma legal o sublegal, determinar el monto de los daños causados al patrimonio público y la procedencia de acciones fiscales.
- Ordenar (los órganos de Control Fiscal Externo) a las Unidades de Auditoria Interna, la realización de actuaciones necesarias y el inicio del Procedimiento de Determinación de Responsabilidades.
Potedtad Sancionatoria: Las Potestades sancionatorias de los órganos de control fiscal, comprende las facultades para:
- Declarar la responsabilidad administrativa, de quienes hayan incurrido en actos, hechos u omisiones generadores de dicha responsabilidad.
- Imponer multa en los supuestos de que se haya incurrido en las funciones de control, por no presentar las informaciones requeridas, incurran reiteradamente en errores u omisiones, entre otros.
- Imponer las sanciones de multa, destitución, suspensión del ejercicio del cargo, por un lapso no mayor de 24 meses e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por un lapso no mayor de 15 anos. En el caso de las tres últimas sanciones señaladas, corresponde de manera exclusiva y excluyente, imponerlas al Contralor General de la República.
Tipos de Responsabilidad de los Funcionarios Públicos:
- Responsabilidad Administrativa: Incumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica de la Contraloria General de la Republica y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Multas
- Responsabilidad Disciplinaria: Surge por el incumplimiento de los deberes inherentes al cargo, y está prevista en leyes como la Ley del Estatuto de la Función Pública. Amonestación, destitución, inhabilitación, suspensión o destitución.
- Responsabilidad Penal: Surge por hechos previstos como delitos en la Ley Contra la Corrupción.
- Responsabilidad Civil: Es la que conlleva a una indemnización para reparar un daño causado. En este caso el funcionario debe reparar su falta, reintegrando lo que haya tomado indebidamente o pagando por lo que se le haya determinado.
Tema 8: Fuentes del derecho administrativo.
Las fuentes del derecho, son los medios a través de los cuales se conoce y aplica el derecho, es decir los modos mediante los cuales el Derecho nace y se renueva.
Fuentes Primarias: Aquellas que tienen carácter jurídica-legal.
- La Constitución (Principal fuente del ordenamiento jurídico. Es la norma suprema del Estado que regula la organización del Estado (principio de separación de poderes) y los derechos y garantías fundamentales) y Tratados Internacionales en Materia de los Derechos Humanos.
- Ley y demás tratados (leyes y decretos leyes):
2.1) Reglamentos: Cuenta con los Reglamentos Orgánicos u Organizativos. Son fuentes importantes en Derecho Administrativo ya que son creadoras de reglas de derecho, de grado inferior a las leyes.
2.2) Manuales y Normas de Procedimientos: que son lo que debe dictar igualmente las máximas autoridades, y que contienen las normas que regulan todos los procesos o procedimientos, como compras y contrataciones, caja chica, personal, viáticos, entre otros.
Fuentes Secundarias:
- Principios Generales de Derecho: Son preceptos o enunciados normativos, que pueden estar integrados al ordenamiento jurídico o no, pero que sin embargo se entienden que formar parte de él, porque le sirven de fundamento a otros enunciados normativos particulares o recogen de manera abstracta el contenido de un grupo de ellos.
- Jurisprudencia: Conjunto de principios reiteradamente proclamados en las sentencias de los Tribunales.
- Doctrina: Son las opiniones y tesis elaboradas por los juristas (tratadistas, docentes universitarios e investigadores) sobre determinados problemas jurídicos, quienes lo analizan, mediante la metodología jurídica, o las técnicas que corresponden a cada rama del Derecho, con el fin de proponer soluciones ante la Administración.
- Analogía: Consiste en aplicar a un hecho no regulado la consecuencia jurídica de una norma cuyo hecho es semejante desde el punto de vista jurídico. . Se utiliza para llenar vacios legales. No se aplica en materia tributario a penal.
- Costumbre: Consiste en la repetición constante y reiterada de un mismo modo de obrar, observada con la convicción de que es jurídicamente obligatoria.
Tema 7: La Administración Publica
Derecho Administrativo: Es el derecho de la Administración Pública. Se regula la actividad y el funcionamiento de la Administración Pública y las relaciones que se derivan de ello como son los actos administrativos, los contratos del Estado, el régimen de la función pública, los bienes públicos, etc. El Derecho Administrativo nace en Francia como fundamento de los principios de:
- Separación de poderes: significó en Francia la división tripartita de los poderes públicos en legislativo, ejecutivo y judicial con independencia y autonomía uno de los otros. En el caso venezolano, se adicionaron dos poderes más (ciudadano y electoral) rompiendo con la tradicional división en tres poderes.
- Legalidad: significa que todas las actuaciones, atribuciones y competencias que realicen los órganos y entes de la Administración Pública, tiene que estar sometida al ordenamiento jurídico, lo que implica que las atribuciones de los órganos y entes debe estar prevista expresamente en el ordenamiento jurídico, pues de lo contrario, se incurre en arbitrariedad e incompetencia.
- Reconocimiento de los derechos de los ciudadanos: Implica el reconocimiento en el texto constitucional de los derechos ciudadanos como el derecho a la vida, al trabajo, debido proceso, derecho a la defensa, etc., garantizados además en los Pactos y Tratados Internacionales.
Administración Pública: Conjunto de órganos encargados de ejercer la función pública, esto es la actividad destinada a servir a la comunidad.
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