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Análisis y Comparación sobre conceptos de títulos valores de 2 autores, profesores de facultades de Derecho

Enviado por   •  26 de Diciembre de 2018  •  1.873 Palabras (8 Páginas)  •  486 Visitas

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Requisitos legales la mención del derecho que en el título se incorpora, y la firma de quien lo crea la firma podrá sustituirse, bajo la responsabilidad del creador del título, por un signo o contraseña que puede ser mecánicamente impuesto.

Si no se menciona el lugar de cumplimiento o ejercicio del derecho lo será el domicilio del creador del título y si tuviere varios, entre ellos podrá elegir el tenedor, quien tendrá igualmente derecho de elección si el titulo señala varios lugares de cumplimento. Cuando el titulo sea representativo de mercancías también podrá ejercerse la acción derivada del mismo en el lugar en que estas deban ser entregadas.

2. Sin lugar a dudas, la mayor contribución del derecho comercial a la vida económica de los pueblos la ha constituido la institución crediticia, plasmada a través de los títulos valores. El mundo mercantil se mueve hoy en día en una gran medida por medio de las transacciones con base en tales documentos.

Es la necesidad de certeza y seguridad, certeza en el derecho y seguridad en su realización, la que lleva a las partes a crear o perfeccionar instituciones que satisfagan tal exigencia. Derecho incierto es de hecho ineficaz, elemento perturbador de las relaciones jurídicas, siendo por tanto benéficos los esfuerzos tendientes a volverlo cierto y eficaz. Y esa exigencia de certeza y seguridad la satisface el título valor:

Los títulos valores traspasan fronteras movilizando riquezas con una facilidad impresionante, asegurando su contenido y venciendo los obstáculos propios de las épocas pasadas, anteriores a su aparición. Poco a poco se han dado transformaciones en su forma y contenido, lo que trae como consecuencia un alto grado de perfeccionamiento de cada modalidad y el necesario mejoramiento de los mercados.

Pero es de advertir que los títulos valores se desarrollan y transforman no por azar sino por necesidad, por circunstancias ajenas a los mismos. En la medida que las condiciones de los mercados lo exigen, las prácticas crediticias deben ajustarse a dichas situaciones. Entonces, los títulos valores son producto de la actividad mercantil.

3. El artículo 619 del Código de Comercio enseña que los títulos valores pueden ser de contenido crediticio, corporativos o de participación y de tradición o representativos de mercancías. Varios criterios se han intentado en la doctrina para determinar una clasificación acertada y precisa de esta materia.

4. Un titulo valor es de contenido crediticio cuando el objeto, sobre el cual recae la prestación que puede exigirse como efecto de ese titulo, es dinero, valga decir, moneda legal.

El artículo 821 del Código de Comercio preceptúa que cuando en la ley o en los contratos se emplea la expresión “Instrumentos Negociables” se entenderá por tal los títulos valores de contenido crediticio que tengan por objeto el pago de moneda legal. Con lo anterior se quiere dar a significar que el concepto de titulo valor de contenido crediticio es equiparado por la ley al concepto de Instrumento negociable.

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IV, Realice un cuadro comparativo de 4 títulos valores singulares estudiados en el curso.( 4 puntos )

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La letra de cambio es el título-valor que incorpora una orden incondicionada, dada por quien lo emite, otra persona pagar una suma determinada a un tercero.

En la letra aparecen normalmente en el momento de su emisión tres sujetos:

El librador, quien emite el documento dando la orden de pago, cuyo cumplimiento garantiza.

El librado, persona a la que va dirigida esa orden de pago, pero que sólo se obligará cambiariamente cuando haga la declaración en la propia letra de que acepta su pago.

El tomador, o tenedor, persona a la que se ha de hacer el pago de la suma de dinero indicada en la letra.

El cheque es una orden o mandato de pago incorporado a un título de crédito que permite al librador disponer, a favor de una determinada persona al simple portador del título para que haga uso de los fondos que tenga disponible en un banco.El cheque es un papel comercial privado, que consiste en una orden de pago que se le da a una institución bancaria, y a la vez, una promesa unilateral de pago dirigida al beneficiario del cheque, a quien el banco abonara con los fondos que el librador posea. El cheque genera un vínculo entre el librador y el beneficiario, de naturaleza cartular o abstracta, o sea, que no interesa indagar el motivo por el cual el cheque se libro, y si hay fondos disponibles, entonces el banco debe pagarlo. Un cheque es un documento bancario en el que una persona autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta.

El pagaré es otro título valor muy semejante a la letra de cambio. Es, entonces, un documento escrito, mediante el cual, una persona (librado) se compromete a pagar al tenedor del pagaré una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente.A diferencia de la letra de cambio, quien emite el pagaré es el deudor, y no el acreedor. Los pagarés suelen ser al portador o endosables, es decir, que se pueden transmitir a un tercero y ser emitidos por individuos particulares, empresas o el Estado. Por último, destacar que tanto las letras de cambio, como cheques y pagarés deben estar correctamente rellenados y completados, ya que una omisión puede suponer un pagaré no válido.

Los bonos son instrumentos financieros de deuda utilizados tanto por entidades privadas como por entidades de gobierno. El bono es una de las formas de materializarse los títulos de deuda, de renta fija o variable. Pueden ser emitidos por una institución pública (un Estado, un gobierno regional o un municipio) o por una institución privada (empresa industrial, comercial o de servicios). También pueden ser emitidos por una institución supranacional (Banco Europeo de Inversiones, Corporación Andina de Fomento, etc.), con el objetivo de obtener fondos directamente de los mercados financieros. Son títulos normalmente colocados a nombre del portador y que suelen ser negociados en un mercado o bolsa de valores. El emisor se compromete a devolver el capital principal junto con los intereses. El dinero o fondo que se obtenga se puede prestar a instituciones por

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