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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS INDETERMINADO.

Enviado por   •  19 de Octubre de 2017  •  2.501 Palabras (11 Páginas)  •  514 Visitas

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“EL PRESTADOR” podrá a su libre albedrío desempeñar sus actividades profesionales o comerciales derivadas del presente Contrato en los días y horas que considere convenientes a sus intereses, realizando en forma y términos que considere pertinentes la serie de actos que requiera para la prestación de sus servicios, pudiendo hacerlo en forma personal o enviarlos por terceras personas contratadas por él, por lo que no tiene obligación alguna de presentarse en las oficinas de “EL CLIENTE”.

SEGUNDA: Las partes convienen que el pago por la prestación de servicios referidos en la cláusula que inmediatamente antecede, serán variables y solicitados por “EL PRESTADOR” conforme a los servicios prestados, mismos que serán soportados con los comprobantes fiscales correspondientes.

“EL PRESTADOR” faculta y autoriza que de dicho pago, “EL CLIENTE” retenga el Impuesto Sobre la Renta de conformidad con lo que establece el artículo 110 fracción V de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a efecto de cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.

TERCERA: El pago referido en la cláusula que inmediatamente antecede, no incluye gastos tales como: viáticos, honorarios y pago a terceros (notarios, corredores, peritos, valuadores, litigio fiscal, penal, civil, laboral, pago de derechos etc.); mismos que se cobrarán conforme a las necesidades que “EL PRESTADOR” requiera en razón de la prestación de los servicios descritos en la cláusula primera del presente contrato, para lo cual deberá informar a “EL CLIENTE” la cantidad requerida por lo menos con tres días de anticipación.

En caso de haberse efectuado pagos anteriores a la firma del presente contrato, éstos únicamente se acreditarán con los comprobantes fiscales correspondientes.

El referido pago deberá hacerse mediante cheque, depósito o transferencia bancaria a la cuenta que designe “EL PRESTADOR” para ello. “EL PRESTADOR” con la firma del presente contrato otorga su consentimiento para que le sea pagada la contraprestación pactada en la modalidad que este designe.

EL CLIENTE tendrá derecho a recibir de “EL PRESTADOR” todos los servicios que requiera y que estén relacionados con la realización de las actividades encomendadas, respecto de las cuales ya estuvo de acuerdo éste último, pues ya se estudiaron y determinaron previamente, sin que por ello vaya a existir de ninguna manera subordinación alguna por parte de él o de su personal con “EL CLIENTE”.

CUARTA: Las partes convienen que “EL PRESTADOR” podrá ser apoyado por terceros, pero “EL CLIENTE” no tendrá ninguna relación de carácter laboral con “EL PRESTADOR” ni con el personal que éste haya destinado en forma exclusiva parcial, temporal o permanente, para la prestación de los servicios que se mencionan en la cláusula primera del presente contrato, en la inteligencia de que si por cualquier circunstancia el personal de "EL PRESTADOR" pretendiese fincar alguna responsabilidad en contra de “EL CLIENTE”, “EL PRESTADOR" conviene desde ahora, en mantener a “EL CLIENTE” a salvo de cualquier reclamación de tal carácter, y todos los gastos que se originen por dicha reclamación, serán por cuenta exclusiva de "EL PRESTADOR".

“EL PRESTADOR” se compromete a prestar los servicios antes mencionados por si mismo y/o con su propio personal, por lo que bajo ninguna circunstancia se reconocerá que alguien más los haya realizado en su nombre que no esté bajo su subordinación, pues no tiene autorización alguna para subcontratarlos.

QUINTA: Las partes se obligan a no divulgar, publicar ni hacer partícipe de ninguna manera a terceras personas de la información obtenida en la ejecución del presente contrato, la cual será catalogada como información confidencial.

Ambas partes guardarán como información confidencial las materias publicitarias y/o de los sistemas informáticos, todas las formulas o recetas, métodos de preparación, manuales, métodos de operación, información técnica, finanzas, investigación, planes de negocios, oportunidades de negocios, know-how, secretos industriales o la información confidencial proporcionada por ellas. La obligación de ambas partes es mantener la confidencialidad de dicha información, obligación que continuará después de la terminación del presente contrato.

En virtud de lo anterior “EL PRESTADOR” y el “CLIENTE” se obligan a:

- Mantener en estricto secreto y confidencialidad y a no revelar a ningún tercero cualesquiera información, secretos industriales y en general cualquier dato contenido en la documentación manual o material de soporte relacionada con la Información Confidencial.

- Cooperar con el “CLIENTE” para que todo el material relacionado o que contenga la información confidencial, incluyendo dibujos, reportes y notas, indique poseer una naturaleza secreta y confidencial, y de esta manera prevenir el uso no autorizado y la reproducción de cualquier material relacionado o que contenga la información relativa a los productos o a la documentación recibida.

- “EL PRESTADOR” se obliga a tomar las medidas de seguridad que determine el “CLIENTE” para proteger la información en todo tiempo y evitar que ésta sea divulgada, adquirida o conocida por cualquier persona física o moral que no esté relacionada con la aplicación del sistema e información por encargo de la empresa y para uso exclusivo de esta última.

- “EL PRESTADOR” se obliga a que todos sus empleados representantes, accionistas y/o factores suscribirán un contrato en el que se obligan a respetar la presente cláusula y a no divulgar por ende bajo ningún supuesto la información confidencial.

Las partes se obligan a cumplir con todo lo estipulado en el convenio de confidencialidad adjunto a este instrumento y en este acto se dan por entendidas y completamente enteradas del contenido de los artículos 82, 85, 223, 224 y 225 de la Ley de la Propiedad Industrial.

SEXTA: Las obligaciones de las partes serán:

“EL PRESTADOR” se obliga a:

- Conservar en forma confidencial cualquier clase información sobre “EL CLIENTE” que llegara a su conocimiento, con motivo de la prestación del servicio a que se refiere el presente contrato.

- Entregar puntualmente el servicio requerido por “EL CLIENTE”.

- No transferir los derechos derivados del presente instrumento.

El “CLIENTE”

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