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¿Cuáles son los aspectos principales en la evaluación de un crédito?.

Enviado por   •  19 de Noviembre de 2017  •  2.278 Palabras (10 Páginas)  •  508 Visitas

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La Corporación cuenta con un adecuado control de este riesgo, dado que las IFIs otorgan el financiamiento a sus clientes, con los fondos otorgados por COFIDE, bajo su cuenta y riesgo. Asimismo, permanentemente son evaluadas las IFIs a efectos de determinar las políticas crediticias correspondientes, que incluyen el establecimiento de límites de crédito. En adición, en los contratos de crédito se establece la potestad de COFIDE de ejecutar la cesión de derechos sobre la cartera de las IFIs en compensación de sus créditos.

Composición de su cartera de créditos:

Indirectos

- Creditos a instituciones financieras intermediarias.

- Prestamos.

- Creditos Reestructurados.

- Creditos Refinanciados.

- Creditos vencidos por liquidar y en cobranza judicial.

- Rendimientos devengados de créditos.

La cartera de créditos (créditos directos e indirectos) está conformada sustancialmente por créditos en moneda extranjera, otorgados a las Instituciones Financieras Intermediarias (IFIs) y por cartera de primer piso.

- ¿Qué es y para qué sirve una carta fianza, crédito documentario, redescuento y aval? Asimismo identifique similitudes o diferencias entre estos documentos

La Carta Fianza es la operación mediante la cual el Banco se constituye en fiador o garante ante un tercero, comprometiéndose al pago de la suma otorgada en caso de incumplimiento.

Constituyen un apoyo para las empresas, ya que las entidades financieras ofrecen diversas modalidades de financiamiento, no sólo en lo referente a créditos directos, sino también a través de otros instrumentos, entre los cuales el más difundido y utilizado es la Carta Fianza. La Carta Fianza es una modalidad de crédito indirecto que consiste en un contrato de garantía del cumplimiento de pago de una obligación ajena, suscrito entre un banco u otra entidad financiera (fiador) y un deudor (afianzado). Se materializa en un documento valorado emitido por el fiador a favor de un tercero (acreedor) garantizando las obligaciones del deudor solicitante, con un monto y un plazo determinados. De esta manera, el fiador garantiza ante terceros el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el afianzado en un acuerdo estipulado para la realización de una operación comercial o civil. En el caso de que el cliente no cumpla con dichas condiciones, el fiador asume la obligación, cubriendo el importe afianzado, ya que se compromete a resarcir al beneficiario por el monto estipulado en la fianza, si el antedicho acuerdo no es cumplido por el solicitante. Mediante las cartas fianza, las entidades financieras otorgan un servicio a sus clientes respaldándolos en el cumplimento de obligaciones adquiridas por conceptos determinados.

Las cartas fianza son utilizadas por personas jurídicas que requieren presentarse a licitaciones o concursos públicos o garantizar pago de tributos, fiel cumplimiento del contrato, prestación de servicios, recepción de adelantos, trámites aduaneros, alquileres, etc. Por ejemplo, cuando las Empresas desean venderle al Estado, bienes y servicios, o participar en las licitaciones, se les exige la presentación de una Carta Fianza para garantizar la oferta. Luego, una vez que ganaron la licitación, se les requiere una Carta Fianza de fiel cumplimiento.

El crédito documentario es un acuerdo por el cual un banco, actuando a petición y de conformidad con las instrucciones del importador o en su propio nombre, se obliga frente al exportador a pagar, aceptar o negociar efectos de giro, ya sea directamente o con la intervención de otro banco intermediario.

El crédito documentario es el medio de pago que ofrece un mayor nivel de seguridad en las ventas internacionales, asegurando al exportador el cobro de su operación. Es una orden que el importador da a su banco para que proceda al pago de la operación en el momento en que el banco del exportador le presente la documentación acreditativa de que la mercancía ha sido enviada de la manera convenida.

El banco del importador va a pagar si la documentación está en regla, con independencia de que en ese momento el importador tenga saldo o no. Es decir, el banco del importador garantiza la operación.

La documentación debe ser muy precisa e incluir todos los documentos que se han especificado en el crédito documentario. No puede haber ningún tipo de error, ni de fondo ni de forma. Cualquier fallo en este sentido puede llevar al banco emisor a no proceder al pago, a la espera de que los errores sean subsanados.

El procedimiento comienza cuando el importador instruye a su banco para aperturar un crédito documentario y se lo comunica al exportador, indicándole la documentación que debe remitir. Acto seguido, el exportador procede al envío de la mercancía al lugar convenido y, paralelamente, a través de su banco, remite al banco del importador la documentación acreditativa de que la mercancía ha sido enviada en las condiciones acordadas. El banco del importador recibe esta documentación, comprueba que está todo en regla y procede al pago.

Tipos de créditos documentarios:

1.- Revocable o irrevocable

Revocable: es aquél que después de su apertura y antes de haber procedido al pago, el importador puede anularlo en cualquier momento a su libre voluntad, por lo que la seguridad que ofrece es muy reducida.

Irrevocable: es aquél que una vez abierto ya no se puede cancelar, lo que garantiza al exportador que si la documentación presentada es correcta, va a cobrar su venta.

2.- Confirmado:

Es este caso un tercer banco (normalmente un banco internacional de primera fila) garantiza el cumplimiento del pago en el supuesto de que el banco del importador no lo hiciera.

3.- A la vista o a plazo

A la vista: el pago de la operación es al contado, por lo que en el momento de presentar la documentación el banco del importador procede al pago.

A plazo: el pago de la operación es aplazado, por lo que una vez entregada la documentación hay que esperar al transcurso del plazo acordado para recibir el importe de la venta.

El redescuento es un término que se utiliza en el medio bancario para designar una operación que consiste en que una institución de crédito descuenta a otra institución

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