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DERECHO CONSTITUCIONAL DE LAS MUJERES CONTRA DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Enviado por   •  8 de Agosto de 2018  •  2.117 Palabras (9 Páginas)  •  365 Visitas

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- Ley 1674. Ley contra la violencia en la familia o domestica

Aprobada en diciembre de 1995, protege la integridad física, psicológica, moral y sexual de todos los integrantes de una familia; establece las sanciones que corresponden al autor y las medidas de prevención y protección inmediata a la víctima.

El artículo 4 de esta ley, conceptualiza a la violencia en la familia o doméstica como: la agresión física, psicológica o sexual, cometida por: 1) El cónyuge o conviviente; 2) Los ascendientes, descendientes, hermanos, parientes civiles o afines en línea directa y colateral; 3) Los tutores, curadores o encargados de la custodia.[4]

El artículo 5, establece hechos de violencia doméstica, a las agresiones cometidas entre excónyuges, exconvivientes o personas que hubieran procreado hijos en común legalmente reconocidos o no, aunque no hubieran convivido.

También hace referencia a las formas de violencia.

El procedimiento para realizar las denuncias se encuentran estipulados en los artículos 21 y 22, en los que se establece que pueden ser presentadas en forma oral o escrita, con o sin la presencia de un abogado ante el juez competente, el Ministerio Público o la Policía Nacional.

Los artículos 7 y 8 establecen las sanciones y multas a quienes cometan algún tipo de violencia y el arresto en caso de incumplimiento.

- Ley 348. La ley para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia

Ley para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia, tiene por objeto establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores.

La ley 348 en su Art. 5 protege a todas las mujeres sin importar su edad, condición, situación, origen o estado civil.

El artículo 7 establece los tipos de violencia contra la mujer entre estos la Violencia en la familia que es “Es toda agresión física, psicológica o sexual cometida hacia la mujer por el esposo o ex-esposo, conviviente o ex-conviviente, o su familia, hermanas, hermanos, parientes civiles o afines en línea directa y colateral, tutores o encargados de la custodia o cuidado”.[5]

Las instituciones de los 4 órganos del Estado, así como las Gobernaciones, Alcaldías y Pueblos Indígenas, en el marco de sus competencias y responsabilidades, deben hacer cumplir la Ley 348.

Los tipos penales que establece la Ley 348 son: feminicidio, acoso sexual, violencia familiar o doméstica, esterilización forzada, incumplimiento de deberes, padecimientos sexuales, actos sexuales abusivos, violencia económica, violencia patrimonial y sustracción de utilidades de actividades económicas familiares.

La violencia ejercida en el terreno de la convivencia familiar o afectiva, que comprenda: desde el empleo de la fuerza física, hasta el hostigamiento, acoso o intimidación, tienen sanción de 2 a 4 años, siempre y cuando no constituya otro delito, como hace referencia el artículo 84.

Las instituciones que pueden recibir denuncias se establecen en el Art. 42, entre estos están “La Policía Boliviana, el Ministerio Público, los Servicios Legales Integrales Municipales, las Defensorías de la Niñez y Adolescencia, cuando la persona agredida sea menor de 18 años, la Defensoría del Pueblo, los Servicios Integrados de Justicia Plurinacional, el Servicio Plurinacional de Defensa de la Víctima, las autoridades indígena originario campesinas, cuando corresponda.[6]

- CONCLUSIONES

La Violencia Intrafamiliar es todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente. Las mujeres en especial son víctimas de este tipo de violencia.

La Constitución Política del Estado Plurinacional en el Art. 15, incluye el reconocimiento de los derechos a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual. Garantizando la protección a las mujeres de todo tipo de violencia incluida la violencia intrafamiliar.

Esto ha dado lugar a la Ley 1674 “Ley contra la violencia en la familia o doméstica” y la Ley 348 “La ley para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia” las cuales fueron promulgadas para respetar los convenios internacionales ratificadas por Bolivia.

Le ley 348 establece que las instituciones como ser La Policía Boliviana, El Ministerio Público, Los Servicios Legales Integrales Municipales, Las Defensorías de la Niñez y Adolescencia, La Defensoría del Pueblo, Los Servicios Integrados de Justicia Plurinacional, El Servicio Plurinacional de Defensa de la Víctima, Las autoridades indígena originario campesinas, que pueden recibir denuncias de violencia intrafamiliar cuando corresponda.

Que las mujeres puedan tener una vida digna libre de violencia en el círculo familiar es de vital importancia para la sociedad y el estado, para ello se tiene que seguir incentivando la aplicación de las leyes establecidas, pero, además de ello se tiene que difundir las información sobre estas normas y leyes para crear una conciencia social en la población y todas se comprometan a luchar contra la violencia intrafamiliar a la mujer.

- BIBLIOGRAFIA

Comunidad de Derechos Humanos (2015). Preguntas frecuentes sobre la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia. Recuperado el 03 de marzo de 2017 de http://www.comunidad.org.bo/ assets/archivos/publicacion/4ed103bc228b8427266fa0c15c59bd4a.pdf

Defensoría del Pueblo (2014). Ley para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia Nº 348. Recuperado el 03 de marzo de 2017 de http://www.defensoria.gob.bo/archivos/cartillaMujer_1_ 110x165mm.pdf

Diez M. C. (2015). Código de Familia. Recuperado el 03 de marzo de 2017 de http://documentslide.com/ documents/codigo-de-familia-563a45c357ede.html

Ley 348. (2013). Ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia. Recuperado el 03 de marzo de 2017 de http://oig.cepal.org/sites/default/ files/2013_bol_ley348.pdf

Mendoza L. (2016). En Bolivia instituciones y leyes fallan frente a casos de violencia

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