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Derechos humanos en las prisiones mexicanas.

Enviado por   •  7 de Marzo de 2018  •  8.030 Palabras (33 Páginas)  •  519 Visitas

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Antecedentes Históricos

6.1 En el mundo

El origen de las cárceles, surgió cuando el hombre tuvo necesidades de reguardar a sus enemigos. Las primeras cárceles fueron cuevas, tumbas, cavernas, etc., lugares inhóspitos a donde se enviaban a los enemigos del Estado. No eran precisamente cárceles en el sentido moderno del término, tal como las conocemos en la actualidad. Eran lugares adaptados para cumplir con la finalidad de separar a todos aquellos que eran considerados peligrosos para la sociedad y el Estado.

Fue hacia el año 640 d. C. cuando encontramos la cárcel construida como tal, en Grecia y Roma, destinada a encerrar a los enemigos de la patria. En Roma se recuerda la cárcel conocida con el nombre de Carcere Mamertino, construida por Anco Marcio.

En Grecia existía una cárcel destinada a los jóvenes que delinquían y asimismo había el Pritanio, para los que atentaban contra el Estado. .

En la época de la composición feudal surge la necesidad de construir prisiones cuando los delincuentes no podían pagar la multa o el dinero en composición del delito cometido.

Hacia 1300 en Francia La casa de los Conserjes fue transformada en cárcel y la famosa Bastilla, lugar donde se encerraba a los delincuentes políticos.

La tradición de castigar a quien incumple la ley, tiene su origen en tiempos inmemorables de la historia humana, hasta convertirse en componente de la cultura socio-legal.

Abandonadas las penas corporales, la reacción social al delito ha cambiado de simple e instintiva a colectiva de la defensa social. Así, junto a la necesidad de salvaguardar el orden social a todos aquellos que lo violan o lo ponen en peligro son su comportamiento delictuoso.

Es hasta “Edad de la Razón[1]” donde nace una la historia penitenciaria, nacen los institutos o cárceles para custodia permanente de reos.

En Inglaterra, durante la primera mitad del siglo XVI se instaura la primera casa de corrección para mendigos, vagabundos y prostitutas, con el objeto de frustrarlos y en esa forma corregir sus vicios.

A principios del siglo XVII surgen en Holanda cárceles para hombres y mujeres, donde se inició la readaptación social tomando como base el trabajo. Su característica fundamental era la férrea disciplina, la frecuencia de los castigos corporales y la persistencia de las condiciones de promiscuidad.

Una institución sensible a un tratamiento menos duro y más cercano a los conceptos modernos de reinserción social la encontramos en Roma, donde el Papa Clemente XI creó en 1703 el Hospicio de San Miguel, que todavía en la actualidad se encuentra el Porta Portese, de la capital Italiana, con objeto de acoger a los jóvenes delincuentes cuyo tratamiento era educativo, con tendencia a la instrucción religiosa y a la enseñanza de cualquier oficio que les permitiera vivir honestamente cuando regresaran a la sociedad. Siendo el primero en hacer una distinción entre jóvenes y adultos, una clasificación entre jóvenes ya condenados y jóvenes de conducta irregular. Si Cesrare Bonnessana, Marques de Beccaria y John Howard fueron los iniciadores de un movimiento tendiente a humanizar los sistemas y las penas, el Papa Clemete XI mandó grabar el siguiente pensamiento en la puerta de la institución mencionada: “Parum est improbos coerceri poena nisi probos efficias disciplina[2]”.

La primera ideología moderna penitenciaria surgió durante el siglo XVIII en Europa. Sus persecutores fueron los filósofos franceses quienes, dándose cuenta de las condiciones infrahumanas para humanizar la naturaleza y fines de pena. Esto hizo a Voltaire que en el Código Penal bajo el “ancien regime” en Francia, aparecía planeado para arruinar a los ciudadanos. Las penas eran arbitrarias y bárbaras y crueles; en 1721 Montesquieu en su obra Cartas Persas, hizo una cruel crítica de la naturaleza y eficacia de las penas; el en capítulo XII, libro VI del Espíritu de las Leyes, expone lo que consideraba como verdaderos principios del Derecho Penal.

En 1777 surge la obra de John State “Of Prisons in England and Wales”, con objeto de iluminar las conciencias y acercar la política criminal a consideraciones utilitarias y sensibles del bien social. .

Surge el Sistema Celular, que se entiende como el que se asignan celdas individuales a cada reo, este ha prevalecido a través de la historia, por lo que se ha convertido en la base de los sistemas penitenciarios.

El fin del siglo XX cierra un periodo de la historia de la humanidad que será recordado por las guerras mundiales, los totalitarismos, la bomba atómica, la guerra fría y otras expresiones de violencia. Fue también en la segunda mitad de ese siglo cunado se configuró el nuevo orden mundial y se desarrolló con gran vigor el derecho internacional de los derechos humanos, pero estos logros no pudieran corregir la fragilidad de la paz, el abuso a los más débiles y la falta de respeto a los derechos fundamentales.

A lo largo de la historia cada sociedad ha reaccionado de un modo diverso frente a las conductas antisociales de sus integrantes. Los correctivos aplicados por el poder para reconducir los comportamientos desordenados se han traducido en sanciones como el descuartizamiento, la crucifixión, la lapidación, mutilación, exposición pública, trabajos forzados, entre otras, hasta llegar en su fase moderna, a la segregación; aislamiento del delincuente como terapia para sus males: nace la prisión.

El hecho de que la mayoría de un grupo humano tenga encerrado, estigmatizado y desacreditado a un conjunto reducido de su propia población hizo que ya desde los orígenes de la cárcel existieran debates y polémicas acerca de la existencia de la cárcel.

La década de 1980 marcó un hito en la discusión sobre los derechos de las víctimas a nivel internacional. En 1985 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas del delito y abusos de poder, como un instrumento seminal en el tema. Entre sus rasgos distintivos, la Declaración se sustenta en una definición inclusiva del concepto de víctimas, la cual abarca tanto a las personas que de manera individual o colectiva han sufrido cualquier tipo de daño en sus derechos, derivado de la comisión de un hecho sancionado por las leyes penales de los Estados, así como a sus familiares, a las personas que tengan una relación inmediata con las “víctimas directas” o aquéllas que hayan sufrido un

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