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Divorcio completo.

Enviado por   •  28 de Diciembre de 2017  •  6.159 Palabras (25 Páginas)  •  317 Visitas

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UNICO: Que tengáis a bien fijar el año, mes, día, hora y sala para conocer de la demanda en divorcio por la causa determinada incompatibilidad de caracteres, que intentará la señora MARIA PERALTA, en contra del señor PEDRO BRITO, por ante ese Honorable Tribunal.

En la ciudad de San Felipe de Puerto Plata, Municipio y Provincia de Puerto Plata, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de junio del año dos mil trece (2013).

MARIA JOHANNY DIAZ VARGAS

ABOGADA

RECIBIDO POR MARIDALIA HERNANDEZ, en fecha 24/06/2013. Esta es la fecha que el tribunal recibe la solicitud de fijación de audiencia. Aproximadamente 5 días después de recibir la instancia de solicitud de fijación de audiencia.

El tribunal apoderado contestará emitiendo un AUTO de Fijación de Audiencia en donde señala el tipo de divorcio, hora, día, mes, año, y la sala en que tendrá lugar, junto con un número de expediente asignado. La fecha de la audiencia generalmente se fija aproximadamente de dos meses en adelante.

FECHA FIJADA PARA EL DIA JUEVES, QUE CONTAREMOS A VEINTINUEVE (29) DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013), A LAS NUEVE (9:00A.M.) HORA DE LA MAÑANA.

Una vez obtenido el AUTO, emitido por el tribunal, se notifica dicho auto, anexo a la Demanda mediante Acto de Alguacil.

En el Acto de la Demanda se debe hacer constar:

- Si la pareja procreo hijos en común

- Si son menores de edad, solicitar una Pensión Ad Lítem, la cual luego podrá ser modificada a solicitud de la parte interesada.

- La solicitud de la guarda y custodia si así se desea

Se debe depositar:

- El Poder de Representación

- Copia de la cédula de los Testigos

- Copia de cédula del demandante

- Acta de Nacimiento de los Niños

República Dominicana

PODER JUDICIAL

PRIMERA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUERTO PLATA

EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA

EXPEDIENTE NO. 2056-14-00512

AUTO DE FIJACION DE AUDIENCIA NO.00521-2014

Nos. MANUEL UREÑA MARTINEZ, Juez de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, asistido de la infrascrita secretaria.

VISTO, El Auto de Designación de Expediente, recibido en fecha cuatro (4) del mes de abril del presente año 2014, mediante el cual se apodera ésta Sala para conocer el presente caso.

VISTA, La instancia depositada en fecha veinticuatro (24) del mes de junio del año 2013, dirigida por la Lcda. MARIA JOHANNY DIAZ VARGAS abogada representante de la parte demandante.

VISTOS, Los artículos 45, 47 y 49 de la Ley 821 de Organización Judicial.

RESOLVEMOS:

ÚNICO: FIJAR para el día jueves que contaremos a veintinueve (29) del mes de agosto del año dos mil trece (2013), a las nueve (9:00 A.M.) horas de la maña, la audiencia para conocer sobre la Demanda en Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, interpuesta por la señora MARIA PERALTA, en contra de su legítimo esposo señor PEDRO BRITO.

DADA, por nos en nuestro despacho hoy Viernes veintiocho (28) del mes de junio del año dos mil trece (2013).

MANUEL UREÑA MARTINEZ

Juez

NADIA S. RODRIGUEZ R.

Secretaria

CIVIL- NOTIFICACION DE DEMANDA EN DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES

ACTO NÚMERO:_________________

En la ciudad de San Felipe de Puerto Plata, Municipio y Provincia de Puerto Plata, República Dominicana, a los ocho (08) días del mes de julio del año dos mil trece (2013).

ACTUANDO A REQUERIMIENTO de la señora MARIA PERALTA, dominicana, mayor de edad, casada, profesora, portadora de la cédula de identidad y electoral número 037-0054221-2, domiciliada y residente en San Felipe de Puerto Plata; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MARIA JOHANNY DIAZ VARGAS, dominicana, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 037-0069110-2, y matriculado con el carnet del Colegio de Abogados número 552635, abogado de los tribunales de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la calle 12 de Julio No. 32, Edificio Ámbar, Tercer nivel, Suite 3-A, de esta ciudad de San Felipe de Puerto Plata, lugar donde mi requirente hace formal elección de domicilio para los fines y consecuencias legales del presente acto.

YO, JULIO CESAR RICARDO, Alguacil Ordinario de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, provisto de la Cédula de identidad y electoral número 037-0007522-2, con mi domicilio y morada en la casa Núm. 53, Calle 6, Ensanche Duebeau, de esta ciudad de Puerto Plata; debidamente nombrado, recibido y juramentado, para el regular ejercicio de los actos de mi propio Ministerio;

EXPRESAMENTE, y en virtud del anterior requerimiento me he trasladado dentro de los limites de mi jurisdicción: a la calle José Eugenio Kunhardt, No.28 de esta ciudad de San Felipe de Puerto Plata; que es donde tiene su domicilio y residencia el señor PEDRO BRITO y una vez allí hablando personalmente con ____________________________________, quien me dijo ser_______________ de mi requerido y tener calidad para recibir actos de esta naturaleza; y es de mi personal conocimiento de lo cual doy fe y en consecuencia, LE HE NOTIFICADO, a mi requerido el señor PEDRO BRITO, copia del presente acto en manos de la persona con quien dije haber hablado en el lugar de mi traslado, mediante el cual mi requeriente CITA Y EMPLAZA a mi requerido señor PEDRO BRITO, para que comparezca conforme fuere de derecho y lugar, el día jueves que contaremos a veintinueve (29) del mes agosto del año dos mil

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