JUICIO ORDINARIO CIVIL DE DIVORCIO
Enviado por Ensa05 • 25 de Agosto de 2017 • 2.284 Palabras (10 Páginas) • 759 Visitas
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En tal razón y en virtud de los hechos relacionados, se advierte que la finalidad del matrimonio ya no se cumple, ya que existe una separación de mi todavía esposa para con el suscrito por más de dos años, desde luego ocasionado por mi citada esposa, aplicándose la causal de divorcio prevista en el artículo 194 fracción XV del Código Civil de Yucatán, por lo que es necesario que se disuelva el vínculo matrimonial que nos unía.
Ofrezco las siguientes
PRUEBAS:
1.- PRUEBA DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en la copia certificada del acta de matrimonio, celebrado entre el suscrito y la señora PAULA CABRERA RAMAYO TAMBIEN CONOCIDA COMO PAULA CABRERA Y RAMAYO, misma que acompaño; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
2.- PRUEBA DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en la copia certificada del acta de nacimiento de mi hijo de nombre ANGEL BERNABÉ OJEDA CABRERA, misma que acompaño; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
3.- PRUEBA DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en la copia certificada del acta de nacimiento de mi hijo de nombre LAZARO MANUEL JESÚS OJEDA CABRERA, misma que acompaño; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
4.- PRUEBA DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en la copia certificada del acta de nacimiento de mi hijo de nombre PEDRO EFRAÍN OJEDA CABRERA, misma que acompaño; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
5.- PRUEBA DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en la copia certificada del acta de nacimiento de mi hija de nombre MARÍA MAGDALENA OJEDA CABRERA, misma que acompaño; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
6.- PRUEBA DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en las actuaciones judiciales del procedimiento; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
7.- PRUEBA DE PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS, en cuanto favorezcan a los intereses del suscrito; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
8.- PRUEBA DE CONFESIÓN de la señora PAULA CABRERA RAMAYO TAMBIEN CONOCIDA COMO PAULA CABRERA Y RAMAYO, quien deberá absolver en forma personal y no por conducto de apoderado el pliego de posiciones que en sobre cerrado exhibiré oportunamente, con apercibimiento que de no comparecer al desahogo de esta prueba, será declarado confeso, al tenor del pliego que se haya exhibido, previa su calificación de legales; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
9.- PRIMERA PRUEBA TESTIMONIAL consistente en la declaración de hasta tres personas cuyos nombres, domicilios e interrogatorio se proporcionará oportunamente; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
10.- SEGUNDA PRUEBA TESTIMONIAL consistente en la declaración de hasta tres personas cuyos nombres, domicilios e interrogatorio se proporcionará oportunamente, a fin de determinar hechos distintos a los anteriores; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
11.- TERCERA PRUEBA TESTIMONIAL SINGULAR, cuyos nombre, domicilio e interrogatorio se proporcionará oportunamente, a fin de determinar hechos distintos a los anteriores; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
12.- PRIMERA PRUEBA PERICIAL, cuya finalidad, materia, puntos a determinar y nombre de perito se proporcionará oportunamente; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
13.- SEGUNDA PRUEBA PERICIAL, cuya finalidad, materia, puntos a determinar y nombre de perito se proporcionará oportunamente; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda y que será diferente a la anterior prueba, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
14.- PRUEBA DE RECONOCIMIENTO E INSPECCIÓN JUDICIAL, cuya materia, finalidad, puntos a determinar se proporcionará oportunamente y los nombres de los peritos y domicilios se proporcionarán en su momento procesal; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
15.- PRUEBA DE RECONOCIMIENTO E INSPECCIÓN JUDICIAL, cuya materia, finalidad, puntos a determinar se proporcionará oportunamente y los nombres de los peritos y domicilios se proporcionarán en su momento procesal, y que es diferente a la anterior; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
16.- PRUEBA DE RECONOCIMIENTO E INSPECCIÓN JUDICIAL, cuya materia, finalidad, puntos a determinar se proporcionará oportunamente, y que es diferente a las anteriores; prueba que se ofrece y rinde a fin de acreditar lo hecho valer en la demanda, reservándome el derecho de hacer valer en el momento procesal oportuno, las consideraciones que se estimen pertinentes.
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