JUICIO ORDINARIO CIVIL DIVORCIO NECESARIO
Enviado por Ledesma • 23 de Octubre de 2018 • 891 Palabras (4 Páginas) • 518 Visitas
...
7.- Durante la vigencia de nuestro matrimonio mi Sr. Esposos jamás se ha hecho responsable para con la suscrita y nuestros menores hijos ya que la suscrita ha tenido que trabajar.
8.- Por lo anteriormente expuesto y ya que mi Sr. Esposo nos ha dejado en el más absoluto desamparo moral y económico, me veo obligada a solicitar el DIVORCIO NECESARIO, LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, LA PENSION ALIMENTICIA PROVISIONAL Y EN SU CASO LA DEFINITIVA.
D E R E C H O
Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 264, fracciones VIII Y XV, 282, 300, 312, 319, 410, 411 y demás relativos y aplicables del Código Civil vigente en el Estado.
Normal el procedimiento los artículos 260, 929, 930, 939, y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.
Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted C. Juez respetuosamente.
P I D O
PRIMERO.- Tenerme por presentado por medio del presente ocurso, documentos y copias simples que lo acompañan ejercitando la Acción de Divorcio Necesario, en la Vía y forma propuesta en contra del SR. Xxxxxxxxxxxx.
SEGUNDO.- Se dé entrada a la presente demanda y se notifique al demandado en Calle Emiliano Zapata s/n Colonia Ignacio Altamirano de esta Ciudad.
TERCERO.- Decretar las Medidas Provisionales solicitadas.
CUARTO.- Solicito a su Señoría la devolución de todos los documentos originales que exhibo en virtud de que los necesito para otros trámites.
QUINTO.- En su oportunidad previa los tramites de Ley dictar Sentencia Definitiva en la que se decrete la disolución del vínculo matrimonial que nos une.
SEXTO.- Ejecutoriada que sea la Sentencia se gire atento oficio al C. Oficial del Registro Civil ubicado en Palacio Municipal de esta Ciudad a fin de que se hagan las anotaciones correspondientes.
MEDIDAS PROVISIONALES
I.- CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 930 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO SOLICITO A SU SEÑORIA FIJE UNA PENSION PROVISIONAL EN TANTO DECRETA LA PENSION DEFINITIVA A CARDO DE MI SR. XXXXXXXXXXXXXXXX, CONSISTENE EN UNA CANTIDAD LIQUIDA DE $XXXXX.XX MN (XXXXXXXX MONEDA NACIONAL) SEMANALES, CANTIDAD QUE DEBERA DEPOSITAR EN UNA CUENTA BANCARIA A NOMBRE DE LA SUSCRITA, CON APERCIBIMIENTO DE DOBLE PAGO EN EL CASO DE INCUMPLIMIENTO.
PROTESTO LO NECESARIO
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA A LOS DIAS DE SU PRESENTACION.
Abogados Procuradores
LIC. MARIA DEL SOL FELIX MEZA
Cedula Profesional 08710325
LIC. SANDRA HERNANDEZ O.
Cedula Profesional 08719471
...