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EL ESTADO VENEZOLANO COMO GENERADOR DE POLÍTICA CRIMINAL PARA LA PREVENCIÓN

Enviado por   •  16 de Noviembre de 2018  •  5.109 Palabras (21 Páginas)  •  354 Visitas

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De ahí que el Ministerio Público acatando el ordenamiento jurídico que lo rige, además de acción penal a que es garante, debe implementar políticas criminales dónde se tome en consideración la participación ciudadana con la finalidad de llegar hasta el origen de la delincuencia y reducir su existencia hasta su extinción y con ello cumplir con la seguridad dentro del marco de los derechos humanos, como las garantías que debe brindar la Nación a sus habitantes para el libre ejercicio de todos sus derechos. En este orden de ideas, la falta de la tutela efectiva de este derecho, no puede servir de obstáculo para el establecimiento de la responsabilidad estatal ante el incumplimiento de sus obligaciones de garantizar, proteger y cumplir la seguridad ciudadana. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), señala la participación ciudadana como mecanismo de establecer una sociedad democrática, y también establece la corresponsabilidad, lo que implica que no sólo el Estado debe luchar por la seguridad ciudadana.

No obstante, su importancia no ha sido refrendada con el adecuado diseño de políticas públicas de seguridad ciudadana integral y estratégicas; más bien, algunas acciones aparecen dominadas por el miedo y la urgencia social del tema, con soluciones que privilegian el uso de la fuerza y las restricciones de libertad y derechos, como mecanismo aptos para perfilar soluciones. Estas acciones podrían evitarse si las instituciones encargadas de proveer seguridad se avocarían a las comunidades y junto se desarrollarían las políticas criminales atendiendo las realidades que se suscitan dentro de la población ante premisas de cultura, vicios, robo, violencia, delitos económicos, políticos y sociales, entre otros, tendrían un impacto positivo.

Sin embargo, a pesar de la existencia de estos principios y mecanismos constitucionales, algunos entes gubernamentales obvian los aspectos generales de la seguridad ciudadanas, relegándola únicamente a índices e indicadores de criminalidad y violencia física, que son los más sensibles a los individuos, en término de agresión. Así pues, los venezolanos han llegado a sentir la necesidad de seguridad, proveído por un cuerpo de seguridad del Estado, evitar el alto índice criminal tomando las medidas para erradicar las actividades delictivas dentro de los barrios y ciudades; hasta el punto de mantenerse cautivos en sus propias casas, juzgándose impotentes ante la violación de los derechos humanos, los cuales están consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), y los tratados internacionales a los cuales está suscrito el país.

Para fundamentar teóricamente la investigación se empleará primeramente tres antecedentes que se refiera a los estudios previos relacionados con el problema planteado, es decir, investigaciones realizadas con anteriormente con una vigencia de cinco años con respecto al anteproyecto y que guardan alguna vinculación con el objetivo de estudio. En estos antecedentes, se señalarán a demás de los autores, el año en que se realizaron los estudios, los objetivos, principales hallazgos, conclusiones y la relación destacada con la investigación.

En cuanto a las bases teóricas que sustentó la investigación, se empleó la teoría del delito de Eugenio Zaffaroni, cuyas doctrinas son vigentes y está referida al área de interés y orientación del desarrollo del trabajo, para apoyar el análisis de la problemática existente. Esta teoría representa una relación con el objeto de estudio con la finalidad de adoptar una postura adecuada y establecer las bases sólidas que permita que el autor emplee los principios para sustentar la función esencial y como refuerzo para ubicar el problema que se investigó. Para este estudio se empleó la teoría del Delito de Zaffaroni, ya que la misma plasma como el Estado a través del Ministerio Público debe constituirse en una garantía para orientar las políticas criminales y obtener un máximo de seguridad ciudadana ante la ola de criminalidad existente.

La teoría del delito de Zaffaroni, inicia con las funciones de los sistemas teóricos del delito, señalando que la más importante función correctiva reductora del poder punitivo por parte del derecho penal, se lleva a cabo a través de su interpretación de las leyes penales, tipificadas manifiestamente. Como se ha expuesto, el saber o ciencia del derecho penal debe operar como dique de contención de las aguas más turbulentas y caóticas del estado de policía, para impedir que se aneguen al estado de derecho. Sin embargo, como las aguas del estado de policía se hallan en un nivel superior respecto del plano del estado de derecho, éste permanece constantemente amenazado por el volumen rebalsado que tiende a sobrepasar el dique.

Es su función, evitar el rebalsamiento pero, al mismo tiempo, impedir la contención de una masa acuosa tan enorme que provoque su estallido. Para ello, debe operar selectivamente, filtrando sólo las aguas menos sucias y reduciendo su turbulencia, válido de un sistema de compuertas que impidan la perforación de cualquiera de ellas y que, para el caso de producirse, disponga de otras que las reaseguren. De allí que, el poder punitivo ejerce su violencia selectivamente, la contención reductora que debe oponerle el derecho penal, también debe ser selectiva.

Para complementar las bases teóricas, los autores de la investigación, establecieron un marco conceptual señalando las fuentes primarias de cada uno de los conceptos que sustenta el trabajo de investigación, tales como Ministerio Público, como institución fundamental del Estado de Derecho y, más específicamente, del Estado Democrático de Derecho. Política Criminales, como la adopción de estrategias en materia de delincuencia y seguridad ciudadana. Participación Ciudadana, como un derecho y deber constitucional de coadyuvar con la planificación y control de las políticas públicas. Delincuencia como conducta antisocial del ser humano contraria a la ley penal. Poder Punitivo como facultad del Estado de aplicar las penas. Y por último el Derecho Penal como conjunto de normas que regula la potestad punitiva del Estado.

Para fundamentar legalmente la investigación se inició con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), haciendo un discernimiento en lo referente al preámbulo constitucional dónde expresa que: “Uno de los fines mismos de la Constitución es establecer una sociedad participativa y protagónica, esto es, una sociedad integrada por ciudadanos que en forma activa intervengan en la vida nacional, desde todo punto de vista”. La participación y el protagonismo ciudadano son manifestaciones del ejercicio de la soberanía popular, sobre

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