Ejercicios de ruido higiene industrial
Enviado por Jillian • 13 de Noviembre de 2018 • 1.350 Palabras (6 Páginas) • 444 Visitas
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Protectores medición de atenuación sonora:
Modelo
250 Hz
500 Hz
1000 Hz
2000 Hz
8000 Hz
1425
16.3
24.8
34.8
35.7
31.2
DS
2
2.6
2.1
3.1
3.1
1310
22.4
25.2
25.6
31.8
39.4
DS
3.4
3.1
4.1
3.6
3.8
1450
20.3
26.8
29.4
31.6
37
DS
2.5
2.1
2.2
2
3.5
CUADRO II
- Ante un problema de ruido en una obra en construcción que pasos tomaría.
- Si nos encontramos midiendo una máquina que general un nivel de 95 dB a la altura del oido del operador y circulan vehículos que generan un nivel de ruido de 65 dB ¿como afecta esto a la medición que se esta realizando?. ¿Se podría ignorar dicha interferencia?.
- ¿Cómo diferenciaría el nivel de ruido generado por una excavadora cuando se recibe como dato medido que esa máquina operando con una trituradora que posee un nivel de ruido a la altura del oído del operador de 97 dBA?
- En que situaciones no se puede admitir el trabajo sin protección individual ininterrumpida.
- ¿Porqué se utiliza una red de compensación para medir ruidos?
- ¿Qué criterios emplearía para emplazar una máquina ruidosa en un local?
- ¿Cómo incide la distancia en la reducción del nivel de ruido al aire libre? ¿Qué importancia tiene esta observación para los criterios y consejos dados a los compañeros de tareas de operarios con uso de herramientas manuales?.
- ¿Porqué es importante conocer el espectro de frecuencias para proceder a tomar medidas de aislamiento o de atenuación en un local cerrado?
- ¿Que otras implicancias tiene el sonido en el ámbito laboral?
- Empleo útil del sonido
- Efectos del ruido sobre la transmisión de información
2. VIBRACIONES
- En la norma IRAM 4078/Parte 1, Figura 2 a, (Exposición a las Vibraciones del Cuerpo Entero verticales- Eje z – se indica como límite para una exposición de 8 horas para frecuencias entre 4 y 8 Hz, un valor de A = 0,315 m/s2.
¿A qué criterio de protección corresponde este límite? ¿Cuál sería el Límite de Exposición en este caso?
Respuesta: Corresponde al Criterio de Protección de Capacidad Reducida por la Fatiga. El Límite de Exposición es en este caso de 0,63 m/s2
- Al medir la Aceleración Continua Equivalente correspondiente a la exposición a las vibraciones verticales (eje z) del operador de un tractor, se obtuvo un valor de Aeq = 1, 2 m/s2.
¿Cuál sería el Tiempo de Exposición diario permitido por la Resolución 295/03 del MTESS en este caso?
Respuesta. Empleando las figuras de la Resolución 295 se obtiene un Tiempo de Exposición Diaria permitido de 4 horas.
- Al medir la Aceleración Continua Equivalente de la vibración a la que esta expuesto el operador de una retroexcavadora se obtuvieron los siguientes resultados:
Aeqz = 0,51 m/s2
Aeqy = 0,20 m/s2
Aeqx = 0,36 m/s2
¿Cuál es el Tiempo de Exposición Diario permitido en este caso por la Resolución 295/03?
Respuesta: El Tiempo de Exposición Máximo permitido para la exposición diaria por la Resolución 295, o las normas mencionadas en la respuesta del ejercicio anterior, es para cada uno de los ejes de:
Eje z = 11,5 horas
Eje y = > 20 horas
Eje x = 10 horas
El más restrictivo es el que corresponde al eje x, 1º horas, por lo que corresponde al Tiempo de Exposición Máximo permitido para la exposición diaria por la Resolución 295.
- Midiendo la Aceleración continua Equivalente para el operador de otra máquina, se obtuvieron los siguientes resultados:
Aeqz = 2,01 m/s2
Aeqy = 1,27 m/s2
Aeqz= 0,80 m/s2
¿Cuál es el Tiempo de Exposición Diario permitido en este caso?
Respuesta. En este casos los Tiempos máximos permitidos para cada eje por la Resolución 295/03 son:
Eje z = 1,5 horas
Eje y =1,6 horas
Eje x = 3 horas
El
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