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Ensayop sobre la Propiedad intelectual.

Enviado por   •  10 de Marzo de 2018  •  2.097 Palabras (9 Páginas)  •  490 Visitas

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y servicios frente al público a los efectos de obtener un derecho y evitar la confusión al momento de elegir determinado producto o servicio. Las marcas se rigen por el principio de foliatura, es decir todos los signos y medios deben ser representados de manera grafica (bidimensional) en los archivos del Sapi.

Signo es todo aquello que se pueda representar bidimensionalmente puede ser denominativo (ejemplo: nike, adidas) o figurativo (los logos de dichas marcas) o también podrían ser mixtos

Medios: todos aquellos envoltorios de productos, tienen que ser representados de manera tridimensional, en Venezuela esta modalidad nació en el año 2000 y debe cumplir con una serie de requisitos

-Requisitos: las marcas deben cumplir una serie de requisitos que son:

Ser perceptible por los sentidos

Cumplir con una aptitud distintiva (no confundir al publico, por lo tanto debe ser comparado con todos los signos y medios que se encuentren en la base de datos), para esto no se pueden utilizar aquellos signos o medios que se encuentren dentro de un régimen de prohibición absoluta (como lo son la bandera, el escudo, las palabras descriptivas o las marcas que han llegado a vulgarizarse) o dentro de las prohibiciones relativas (aquellas que garantizan que no se violen derechos de terceros, es decir, que los signos y medios no presenten ningún tipo de similitudes con los signos o medios que ya se encuentren registrados para proteger ciertos bienes, servicios o actividades idénticos o afines, esto se hace mediante un doble proceso:

Un proceso comparativo de los elementos intrínsecos (fonético, grafico y conceptual o ideológico), aun cuando exista alguna similitud entre estos 3 elementos no se puede descartar como una marca y es que hay que realizar un proceso comparativo de elementos extrínsecos para determinar si en realidad existe parentesco

Proceso comparativo de elementos extrínsecos mediante la sana critica, aquí se determina si en realidad existe algún tipo de parentesco se utiliza la lógica subjetiva, colocándose en el lugar del público medio

Características:

Toda marca cumple una finalidad esencial:

Identificar quien es el propietario del producto (ejemplo el publico prefiere la coca cola a la pepsi)

Indicar la calidad del producto (destacarla)

Condensa el prestigio o fama del producto (la fama no necesariamente implica buena reputación por ejemplo el tapa amarilla es bastante conocido pero no tiene buena reputación)

Busca cumplir un rol publicitario (toda marca tiene fines publicitarios, que el publico identifique la marca con el bien o la prestación de servicio, cualquiera que sea la publicidad realizada)

Toda marca tiene que ser utilizada una vez otorgada, debido a que si no es utilizada por un periodo de 2 años (3 años según lo establecido en la ley andina) será revocada

Todas las marcas deben cumplir con el principio de “especialidad” es decir que debe estar vinculado con una actividad en especifico, en Venezuela las actividades humanas se encuentran clasificadas en 50 categorías (las primeras 49 se refieren a actividades de producción y la numero 50 se abarca todas las actividades de prestación de servicio, Venezuela se rige por una clasificación diferente a la internacional, por lo tanto si la marca registrada en Venezuela se encuentra en alguna clasificación que no este establecida en la clasificación internacional esa marca no se podrá regir por el principio de prioridad en virtud de que no son compatibles.

Los derechos que otorga una marca son reconocibles dentro del territorio donde se conceden

Marcas ofrecen un derecho de propiedad

El plazo de protección de las marcas es limitado, 10 años a partir de la concesión según la comunidad andina, pero en Venezuela son 15 años que empiezan a contar una vez que se dicta la resolución pero deberían contar a partir de la fecha en que es publicado en el Boletín

Tipos de marcas:

-Según la forma de representación:

Perceptibles por la vista: son las marcas denominativas, “todo signo que se puede leer”, marcas figurativas “todo factor posible de ser contemplado como dibujos, logotipos” o mixtas “componentes denominativos y figurativos”, en Venezuela las marcas tridimensionales se reconocen a partir del año 2000 con la entrada en vigencia de la decisión 486

Perceptibles por otros sentidos: como lo son las marcas auditivas (la armonía, el ritmo y la melodía se deben justificar a través de un pentagrama) o la marca olfativa (esta se representa gráficamente estableciendo la formula)

-Según su uso:

Signos notorios: estos son aquellos que son notoriamente conocidos y se encuentran protegidos en todas las actividades, sin importar el principio de especialidad, en Venezuela son reconocidos desde el año 1944, para ser signos notorios deben cumplir con una serie de requisitos como son tener una permanencia importante en el mercado, una duración en el tiempo, producir empleos, altos noveles fiscales para el país, venta masiva, publicidad constante (ejemplo por excelencia: coca cola), estas marcas no tienen un plazo definido estarán vigentes mientras se justifique su uso

Marcas renombradas: en Venezuela no existe una regulación para este tipo de marcas, estas no cumplen con los requisitos de los signos notorios pero si cuentan con gran fama por lo tanto buscan una protección similar

-Según función ante el público:

Marcas de productos: son aquellas establecidas en las clasificaciones del numeral 1 al numeral 49, son todas aquellas letras o números que identifiquen una actividad de producción

Marcas de servicio: amparadas en la categoría 50, aquel signo que identifique la prestación de un servicio

Marca colectiva: vigente en Venezuela desde 1944, tiene que ser solicitada por mas de una persona, como existe un copropiedad también se debe presentar un reglamento de uso, cumple con el principio de especialidad por lo tanto a su vez puede ser una marca de producto o de servicio

Marca de certificación: vigente desde 1955, busca justificar que algún producto o servicio cumpla con determinadas características (no referentes a la calidad, por ejemplo que los envases sean biodegradables) el lapso de protección es de 15 años, el solicitante debe acompañar su solicitud con las condiciones que debe contener

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