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IMPLICACIONES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

Enviado por   •  14 de Marzo de 2018  •  1.040 Palabras (5 Páginas)  •  1.246 Visitas

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Por otra parte también se puede citar la ley 44 de 1993 del congreso de la república en el artículo primero “los empleados y funcionarios públicos que sean autores de obras protegidas por el derecho de autor podrán disponer contractualmente de ellas con cualquier entidad de derecho público”. En el artículo tercero de la misma ley expone “se podrán inscribir en el registro nacional de derecho de autor: Las obras literarias, científicas y artísticas”.

Otras leyes, normas que protegen el derecho de autor se pueden notar en la Carta política, Art 61. “el estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley”. Además de estas leyes es fundamental resaltar la convención de roma 19619, el convenio de Berna, las decisiones Andinas 351 de 1996 y 486 de 2000 y CECOLDA, entre otras.

En nuestro país el trámite para tener el derecho de autor se debe hacer por medio de la dirección nacional de derecho de autor (DNDA) y cumpliendo con todos los requisitos exigidos por la misma.

Las instituciones educativas deben conocer muy bien esta normatividad y los requisitos necesarios para obtener el derecho de autor y así obtener un certificado de representación legal, ya que infortunadamente en muchos colegios no se socializan ni se muestran de una forma externa los talentos y las creaciones de sus estudiantes como así mismo de sus docentes; debido a la falta de documentación, conocimiento y de compromiso, por tales motivos no se le da el reconocimiento a los dones y capacidades de una comunidad que está constantemente en producción.

Colombia es un país con mucha creación intelectual, en el interior de las escuelas hay grandes ingenios, talentos y artistas que terminan muchas veces guardando todos estos dones en lo más profundo de su ser debido a la falta de oportunidades para darse a conocer y ser personas triunfadoras y generadoras de entusiasmo para otros; es necesario que el gobierno lleve a cabo estrategias que permitan destacar el talento nacional y darlo a conocer con orgullo.

REFERENCIAS

Organización mundial de la propiedad intelectual (OMPI) revista (2016), día mundial de la propiedad intelectual: creatividad digital: reinventar la cultura. Ginebra, (Suiza).

http://www.wipo.int/export/sites/www/wipo_magazine/es/pdf/2016/wipo_pub_121_2016_02.pdf

Dirección nacional de derecho de autor, unidad administrativa especial, ministerio del interior y de justicia: Manual de derecho de autor; Alfredo Vega Jaramillo, (2010) Bogotá Colombia

http://www.derechodeautor.gov.co/documents/10181/331998/Cartilla+derecho+de+autor+(Alfredo+Vega).pdf/e99b0ea4-5c06-4529-ae7a-152616083d40

Libro electrónico: propiedad intelectual, derechos de autor y bibliotecas (udes), 2011: diálogos sobre propiedad intelectual. Bilbao (Deusto).

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