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¿Cuál es el impacto de la protección de la propiedad intelectual en el desarrollo económico de Panamá es positivo o negativo?

Enviado por   •  8 de Marzo de 2018  •  1.970 Palabras (8 Páginas)  •  535 Visitas

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En Panamá, las marcas se protegen registrándolas ante la Dirección General del Registro de la Propiedad Industrial (DIGERPI), del Ministerio de Comercio e Industrias. Desde ese momento, es posible realizar la protección de las mismas a través del monitoreo constante en publicaciones, tanto locales como internacionales, acciones civiles y penales en el caso de que terceros infrinjan el uso de dichas marcas. El registro de una marca otorga al propietario (persona jurídica o natural), el derecho exclusivo al uso y comercialización de productos y servicios.

El mayor riesgo que enfrenta aquel propietario de una marca que decide no registrarla, es que terceros tomen ventaja de ello, creando signos semejantes que induzcan a confusión e inclusive aprovechando la fama o notoriedad de la marca no registrada. Podrían inclusive tomar ventaja de las relaciones que el propietario ha creado con sus clientes y asociados comerciales, haciéndoles creer que pertenecen al mismo grupo o empresa. Esto no sólo disminuirá las ventas y por ende ganancias de la empresa, sino que confundirá a sus clientes, dañando así, la imagen del producto especialmente si este es de inferior calidad.

Toda infracción en el ámbito de las marcas puede hacerse valer ante tribunales especiales y no ante la Dirección General del Registro de la Propiedad Industrial (DIGERPI) por tanto, son procedimientos judiciales sujetos a estrictas formalidades. Será posible entonces, imponer sanciones a quienes cometan este tipo de infracciones.

Aunado a lo anterior y con el fin de lograr una aplicación efectiva de los derechos de propiedad intelectual, en Panamá contamos dentro de la Autoridad Nacional de Aduanas, con la Dirección de Propiedad Intelectual y Derecho de Autor, ante la cual se presentan las solicitudes de registros marcarios, se toman medidas de control de fronteras, ejecutadas a través las autoridades aduaneras, igualmente se llevan a cabo inspecciones y retenciones de bienes presuntamente falsificados.Del mismo modo, existe la Dirección de Propiedad Intelectual, dentro de la Administración de la Zona Libre de Colón, misma que como es del conocimiento público, es la segunda mayor zona libre de impuestos en el mundo.

Consideramos de vital importancia para la efectiva protección de los derechos de propiedad intelectual en Panamá y la región, el registro en Zona Libre de Colón y la Dirección de Aduanas, ya que permite a las autoridades comprobar dentro de sus archivos, si una marca específica está registrada en Panamá y sus correspondientes datos sin la necesidad de ponerse en contacto con la Oficina de Marcas, de ese modo, se facilita la detección de los productos falsificados y agiliza el proceso de esta información cuando sea necesaria para la ejecución de las incautaciones de mercancías.

Y si analizo desde el enfoque únicamente de protección intelectual a mi criterio es un tanto contradictorio porque si sabemos la importancia de registrar una marca , sabemos la importancia industrial que tiene pero aquí en Panamá no todos cumplen la normativa de respetar la autoria de modo intelectual aquí cada quien donde se presente la oportunidad de hacer sin permiso un ejemplar sin consultarle con requerimiento y función al autor se hace pero en la parte contraria que seria si realmente las leyes aquí en panamá fuesen mas estrictas se sancionarían por igual y mayor cantidad a las personas , aunque de un tiempo al año en que nos encontramos actualmente no se ve la piratería domo se acostumbraba antes ya que realmente si se le sanciona mas a la persona que vende en la calle que un lugar situado en un aérea de buen vivir, ya que una vez puesta en vigencia y rigor la ley no 64 que habla sobre el derecho de autor y de la manera en que dichas personas que practicaban esta ilegalidad podrían ser penadas con un tiempo determinado.

En el mes de Octubre por ejemplo, dio inicio en nuestro país el Operativo “Regalo con factura, Navidad Segura”, en el cual inspectores de la Dirección de Prevención y Fiscalización Aduanera (DPFA), decomisaron (y continuarán decomisando) mercancías presuntamente de contrabando procedente de la Zona Libre de Colón.

Adicionalmente, podemos detallar las siguientes ventajas o beneficios, en el evento de registrar una marca en nuestro país o en aquellos países donde se comercializarán los productos o servicios:

- Es posible conceder Licencias de Uso, sobre una marca registrada a otras empresas, lo que constituiría una fuente adicional de ingresos.

- Las marcas registradas puede ser objeto de acuerdos de franquicia.

- Toda marca que goce de aceptación entre los consumidores, constituye un bien importante dentro de la operación y puede incrementar el valor de la misma, utilizándose como herramienta para obtener apoyo de instituciones financieras, que cada vez son más conscientes de que el éxito comercial de las empresas depende en gran medida de su registro.

Entonces, si bien no es obligatorio, es altamente recomendable registrar una marca por los derechos exclusivos y excluyentes que otorga.

Una vez suscitada las normas y puestas en vigor si tal cual hay un impacto en el desarrollo de la protección intelectual tanto industrial comercial y económicamente.

Conclusión

Realizada la investigación correspondiente paso a paso tomando a detalle cada una de los requisitos normas y partes esenciales sobre el desarrollo e impacto económico a la protección de la propiedad intelectual doy por concluida que aunque no es obligatorio registrar una marca , si es importante para llevar un conteo y no sea plagiada por otra persona considero que es positivo en su economía ya que tenemos una ley que ampara como tal la protección de la propiedad intelectual y si hay quien se haga cargo por lo menos económicamente de esto ya que es el representante de dicha marca si llega hacer copiada hay una persona que puede salir en pro de la persona intelectual

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Bibliografía

http://www.wipo.int/wipolex/es/details.jsp?id=3387

http://www.wipo.int/wipolex/es/profile.jsp?code=PA

http://www.wipo.int/wipolex/es/details.jsp?id=15426

https://www.morimor.com/es/panama-redefines-its-concept-of-use-for-trademarks-2/

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