Especificaciones Tecnicas Gas Licuado
Enviado por Helena • 8 de Abril de 2018 • 3.004 Palabras (13 Páginas) • 525 Visitas
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No se aceptarán picados posteriores en elementos estructurales de hormigón armado, salvo expresa autorización escrita del ingeniero calculista. En tal caso, será de cargo del contratista los costos que puedan significar el empleo de métodos u equipos especificados por ese profesional.
Durante la Obra Gruesa, se ejecutarán las pasadas en los muros, que sean necesarias para el desarrollo correcto de la instalación de cañerías. Los atraviesos de elementos resistentes deberán contar con la autorización escrita de la I.T.O. y Vº.Bº. del Ingeniero Calculista del proyecto.
1.4.- Planos y construcción de las obras:
1.4.1.- Planos:
Los planos de construcción, (as built), se harán al terminar la obra, y su elaboración será responsabilidad del contratista. En los planos de construcción o definitivos, deberán estar incorporadas las modificaciones que pudieren haberse producido durante la obra, debidamente aprobadas por la Ito.
En los planos de construcción, el contratista deberá indicar claramente la ubicación de las tuberías, puntos de surtidores, llaves de paso y toda aquella singularidad que se haya ejecutado, tales como subidas, bajadas, y los detalles que se justifiquen y estimen necesarios para una adecuada operación y mantenimiento posterior.
1.4.2.- Construcción:
El contratista deberá construir las obras según los planos informativos, respetando diámetros y trazados, además de cumplir con lo establecido en el Decreto N° 66 antes señalado. Deberá verificar puntos de referencia y demás elementos indicados en los planos, para estos fines.
Será obligación del contratista obtener todos los antecedentes referentes a conductos y canalizaciones existentes en el sector, y deberá verificar la existencia de interferencias para la ejecución de los trabajos.
En caso de dudas sobre uniones de cañerías entre sí o que se relacionen con otras instalaciones de las Edificaciones, el contratista deberá consultarlo con la Inspección Técnica de la Obra (ITO).
El contratista no podrá efectuar modificaciones a los proyectos o ejecutar obras extraordinarias sin la autorización previa de la ITO.
Será obligación del contratista preocuparse oportunamente que las pasadas de ductos en losas, vigas y muros, sean ubicadas correctamente durante la ejecución de la Obra gruesa. Cuando éstas pasadas cruzan por estructuras resistentes,deberán verificarse con la ITO y dejar constancia en el libro de obra de ello con la conformidad de la ITO.
El contratista deberá incluir en la ejecución de sus obras todo lo que corresponde a picado y retape en losas, muros y otros, afectados por la construcción de ellas.
En cuanto a la calidad de los materiales, artefactos y componentes, el contratista deberá utilizar en estas instalaciones solamente aquellos que cumplan con lo establecido en el Decreto N°66/2007 De no ser así, la ITO podrá obligarlo a rehacer lo ejecutado, sin cargo alguno para el propietario.
Todas las pruebas de las instalaciones deberán ser recibidas por la ITO.
2.- ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES DE GAS LICUADO
Decreto N°66 02 de Febrero de 2007
Modificaciones Decreto N°20 11 de Febrero de 2008
De las Instalaciones
Disposiciones Generales sobre Instalaciones
Toda instalación interior de gas deberá ejecutarse de acuerdo a las disposiciones del presente reglamento.
Todos los productos mencionados en el presente reglamento, es decir; materiales, tubos, accesorios, dispositivos, artefactos, medidores, reguladores, equipos, cilindros y estanques, deberán cumplir con los requisitos mínimos de calidad que establezcan las normas nacionales existentes, y a falta de éstas, las normas extranjeras reconocidas internacionalmente o especificaciones técnicas sobre la materia. Asimismo, los productos de gas que SEC disponga, deberán ser certificados conforme al procedimiento de certificación de productos de gas, por un laboratorio o entidad de certificación.
Disposiciones específicas sobre instalaciones
Instalación de Tuberías
Las distancias mínimas de seguridad para tuberías de gas enterradas, que se deben medir desde la parte superior de la tubería al nivel del terreno o pavimentos existentes en el momento de la inspección, son las siguientes:
- 50 cm. para instalaciones interiores, y matrices interiores de gas de ciudad.
- 60 cm. para redes de GL. y GN. en baja y media presión.
- 80 cm. para redes de GL, en baja y media presión que atraviesen calles pavimentadas.
Además de la profundidad señalada para cada caso en el artículo precedente, cuando las tuberías se instalen bajo tierra sin pavimento o bajo jardines, se deben proteger con ladrillos o mezcla de cemento 1 x 6 (mezcla pobre)
Las tuberías y accesorios de una instalación deben ser de un mismo material. Si se emplean metales distintos debe evitarse el contacto directo entre ellos mediante accesorios aislantes aprobados por un laboratorio o entidad de certificación autorizada por SEC.
Se prohíbe tender tuberías de gas en los cielos, pisos y suelos de dormitorios, como también en parte de los muros que dan hacia el interior de dichos dormitorios.
Los artefactos podrán recibir el gas desde arriba o abajo, cualquiera que sea el tipo de gas utilizado.
Se prohíbe la colocación de tuberías a menos de 0.60 m. de los conductos eléctricos, salvo que éstos vayan protegidos en tubos de acero en toda su longitud.
La tubería para gas licuado y natural se debe colocar lo más a nivel que sea posible.
Las tuberías expuestas a la intemperie deberán ir protegidas convenientemente contra la corrosión.
Instalación de artefactos
Se entenderá por instalación de un artefacto de gas, el conjunto de elementos que inciden en la correcta operación de éste, lo que incluye los requisitos que deben cumplir el recinto donde se instalará el artefacto, el artefacto
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