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Guia de constitucion de una Cooperativa

Enviado por   •  18 de Diciembre de 2017  •  3.825 Palabras (16 Páginas)  •  346 Visitas

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1.-Denominación, objeto y domicilio social.

Debe identificarse a la cooperativa mediante su denominación social: la palabra “cooperativa” seguida de la referencia a su tipo”ahorro y crédito”, y del nombre que se eligió (art. llº, inc. 3.1 de la Ley General de Cooperativas), con la salvedad de que ninguna cooperativa podrá utilizar denominación idéntica a la de otra preexistente (art. llº, inc. 4 de la misma Ley).

-Duración determinada o indeterminada de la cooperativa.

3.-Fecha de inicio de sus operaciones y clases de operaciones activas y pasivas que autoriza el Reglamento de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, aprobado por la Superintendencia de Banca y Seguros.

4.-Capital social variable e ilimitado y monto de cada aportación. En este tema, se recomienda que el proyecto de cooperativa precise alcanzar un capital que conjuntamente con otros recursos permita la viabilidad económica de la institución cumpliendo todas sus obligaciones tales como: Personal, gerencia, Auditoría Interna, Gastos Operativos, etc. Un estudio realizado en la FENACREP nos indica que estos recursos colocados sin costo pasivo no debe ser inferior a Un millón quinientos mil nuevos soles.

5.-Normas para la distribución de remanentes.

6.-Régimen de la asamblea general, sus facultades, condiciones para su instalación y de los requisitos para la validez de sus acuerdos, época de sus reuniones y condiciones para el ejercicio de voz y voto.

7.-Modalidad de asamblea: de socios o de delegados: Art. 28º de la Ley General de Cooperativas.

8.-Régimen del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Comité de Educación y Comité Electoral, número de sus miembros y forma de su elección, modo de cubrir sus vacantes, condiciones y plazos para sus reuniones.

9.-Régimen de la gerencia: facultades y competencia, elección y remoción.

10-La oportunidad en que debe someterse a asamblea general la aprobación de los balances de cada ejercicio y del régimen de aplicación de los remanentes.

11-Régimen para la disolución y liquidación de la cooperativa.

12-Los demás pactos y condiciones lícitas que se establezcan con respecto a:

- Los requisitos para ser socio.

- Los derechos y obligaciones de los socios.

- La pérdida de la condición de socio.

- El procedimiento de sanción al socio con garantía de su derecho de defensa (Art. 139º, inc. 14 de la Constitución Política del Perú).

13-Ambito geográfico específico de sus operaciones.

C A P I T U L O I I I

DEL ACTO JURIDICO DE CONSTITUCION DE LA COOPERATIVA

( Art. 11º, inc. 1 y 2 de la Ley General de Cooperativas)

3.1. COMENTARIO:

La Ley General de Cooperativas hace una distinción entre el acto jurídico de constitución, ya sea por escritura pública o por documento privado con firmas legalizadas, y el Estatuto.

El documento de fundación constituye la solemnidad del acta de nacimiento como entidad jurídica y de funcionamiento como cooperativa. El acto de constitución, como contrato social, tiene como finalidad dar vida a la cooperativa y el Estatuto busca dotarla de normas orgánicas que rijan su funcionamiento y sus actividades, tal y como lo precisa el maestro Ulises Montoya M. en su obra “Comentario de la Ley de Sociedades Mercantiles”, pág. l44.

Si bien el acto de constitución o contrato social de constitución y el Estatuto son conceptos diferentes, este último pasa a formar parte del documento constitutivo y nacen al mismo tiempo y en la misma forma solemne.

3.2 DATOS QUE DEBE CONTENER LA ESCRITURA PÚBLICA O DOCUMENTO PRIVADO CON FIRMAS LEGALIZADAS DEL ACTA DE CONSTITUCION

1.-Nombre completo de cada socio fundador, nacionalidad, estado civil, ocupación y domicilio (art. 77º, inc 1 de la Ley General de Sociedades).

2.-Suscripción del capital social mínimo pagado según arts. 38º y 39º de la Ley General de Cooperativas).

3.-El Estatuto que regirá la cooperativa.

4.-Elección de los miembros de los Consejos de Administración, Vigilancia, Comité Electoral y de Educación.

3.3. DE LA ASAMBLEA DE FUNDACION:

El Comité Organizador, una vez que haya concluido con la elaboración del proyecto de Estatuto y haberlo distribuido entre los socios fundadores, convocará a una asamblea de fundación en la que se aprobará el Estatuto, y se elegirá a los nuevos consejeros. Para dicho fin, se deberá contar con los libros de registro de socios, de actas de las sesiones de la asamblea general y de cada uno de los consejos y comités, de registro de concurrentes a las asambleas, y demás libros señalados en el art. 37º de la Ley General de Cooperativas, todos ellos debidamente legalizados.

Posteriormente la asamblea elegirá a los integrantes de los consejos y comités, quienes procederán a instalarlos y a designar cargos. El acto fundacional deberá observar las formalidades de Ley y la votación de sus acuerdos deberá señalar los resultados de la misma.

En el caso de que el acta no sea aprobada durante la asamblea, antes del término de ésta deberá designarse a dos socios para que dentro del plazo de diez días la revisen y la aprueben. Asimismo, deberá facultarse al Consejo de Administración para que adopte los acuerdos necesarios para absolver las observaciones que formulen los Registros Públicos, u otros organismos de control y supervisión, acerca del acta de constitución o Estatuto.

Conforme lo dispone el art. 77º del Código Civil, la existencia de personas jurídicas de derecho privado, como es el caso de una cooperativa, comienza el día de su inscripción en el registro respectivo; por ello es necesario que, desde ese día, se designen a las personas que la van a representar, que pueden contratar en su nombre y a las que la Ley les concede facultades y responsabilidades. Asimismo, a partir de sus nombramientos se deberá

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