TEORIA CONSTITUCIONAL- GUIA TEORIA DEL DELITO
Enviado por Rebecca • 16 de Febrero de 2018 • 3.527 Palabras (15 Páginas) • 568 Visitas
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-La constitución es una organización compleja y real que concreta el estado, es el ordenamiento supremo.
-La constitución no es anterior al derecho pero tampoco se encuentra fuera del mismo.
PAOLO BISCARETTI:
La divide en 3 contenidos jurídicos:
- Contenido Substancial: la constitución es el conjunto de normas jurídicas fundamentales escritas o no que establecen la estructura esencial de un estado, por lo tanto todos los estados se manejan bajo el régimen de leyes.
- Constitución en Sentido formal: aquellas que establecen un proceso de creación más complejo que el de las leyes ordinarias establecido en nuestra constitución (Art 135)
-Articulo 135 menciona que la constitución puede ser adicionada o reformada para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, con ello el congreso de la unión con el voto de las 2 terceras partes presenten acuerden las reformas o adiciones que sean aprobadas por la mayoría de legislativas de los estados.
-El proceso de la creación e leyes lo encontramos en el artículo 72 que en relación con el 71 menciona a quien le corresponde el derecho de iniciar las leyes o decretos.
- La constitución en sentido formal y documental: en el cual se indica que en sentido particular y solemne que contienen los preceptos de orden constitucional.
OBJETO DE LA CONSTITUICIÓN
- Organicista: el ejercicio del poder en el estado establece las reglas del juego en la vida institucional
- Se determina de cierto número de normas que establecen el status de los gobernantes así como la naturaleza y fines de su actividad política.
- Señala los principios que deben inspirar a la acción pública de los órganos de poder.
FUNCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN:
Es la distribuir atribuciones facultades y deberes a cada órgano del poder político para desarrollarlos se divide en
-Función distributiva
-Función regulatoria
NATURALEZA DE LA CONSTITUCIÓN:
Se única en en el derecho público.
FIN DE LA CONSTITUCIÓN:
Mantener el equilibrio entre el poder de los gobernantes y los derechos de los gobernados, fijando límites y controles a los primeros y regulando derechos y obligaciones de los segundos.
Supremacía Constitucional: es un principio teórico del derecho constitucional, en el cual la constitución es considerada como la punta de la pirámide de las leyes jerárquicamente hablando tal y como lo postulo Hans Kelsen en su libro Supremacía de la Constitución, considerando a esta como la ley suprema de un estado.
Nuestro país de acuerdo al artículo 133: establece que en la constitución las leyes del congreso de la unión que emanen de ellas y todos los tratados internacionales que estén de acuerdo con ella y que se celebren por el presidente de la republica con aprobación del senado serán la ley suprema de la unión. Los jueces de cada estado se apegaran a dicha constitución leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que o pueda haber en las constituciones o leyes de estados.
En México no hay ninguna ley o tratado por encima de la constitución con excepción de tratados internacionales en materia de derechos humanos que jerárquicamente hablando se encuentra el mismo peldaño que la constitución federal.
La constitución como norma básica: está dirigida en dos sentidos
Material: en el cual está inmerso el artículo 72 constitucional el cual regula la creación normativa y a su vez establece el cómo, donde y cuando operan las instituciones del estado.
Formal: documento solemne en el cual van plasmadas las necesidades derechos y obligaciones d los ciudadanos así como la forma en la cual está organizado el estado mexicano.
Principios Jurídicos que caracterizan a la constitución como norma básica:
Existen tres principios fundamentales en los cuales hay una validez de una norma
Principio de supremacía: la constitución es la máxima ley de un estado
Principio de primacía: la constitución como norma fundamental dentro de la supremacía de las leyes que ocupa el 1er lugar siendo esta la piedra angular que sostiene el fundamento legal d la cual derivan oras leyes de menor jerarquía.
Principio de Legalidad: todo acto para poder ser constitucional debe estar basado en los artículos de la ley fundamental, este principio tiene dos implicaciones dependiendo de su dependencia al derecho público o al derecho privado.
Medios de control constitucional:
El artículo 133: nos habla de la supremacía constitucional y señala que las leyes que de ella emanen y los tratados internacionales celebrados por el presidente de la republica con la aprobación del senado son la laye suprema de todo el país. A fin de obtener que esa supremacía impere también existen principios que tutelan la supremacía de nuestra carta magna.
Juicio de Amparo: constituye la garantía constitucional, por excelencia siendo la institución procesal más destacada del ordenamiento jurídico mexicano, sus fines son la protección de las garantías individuales contra los actos tributarios de autoridades (artículos 102 y 107 constitucionales).
Controversia constitucional: este medio lo pueden ejercer los titulares de los poderes públicos en los tres niveles federal, nacional y municipal en sus tres vertientes ejecutivo, legislativo y judicial, procede con todo tipo de normas cuando invaden esferas de competencia.
Actos de inconstitucionalidad: lo ejercen las minorías parlamentarias el 33% de los legisladores en aquellas leyes en las que participen el procurador general de la republica contra todo el orden normativo.
Todos los partidos políticos contra leyes electorales, la comisión nacional de los derechos humanos y la comisión estatal de los derechos humanos, contra tratados o leyes que vulneren las garantías individuales, se tramita después de 30 días d la publicación de la norma presuntamente constitucional.
Facultad
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