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Juicio Oral Es aquel en el cual las expresiones de las partes y las pruebas van a ser realizadas a viva voz

Enviado por   •  1 de Enero de 2019  •  1.503 Palabras (7 Páginas)  •  285 Visitas

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No tiene plazo.

¿Cuáles son las condiciones del debate?

Las personas que asisten al debate deben comportarse respetuosamente y en silencio. El presidente del debate tiene el poder de policía y puede llamar la atención o dar apercibimientos, multas o arrestos, además de expulsar al infractor de la sala.

Si se comete un delito dentro de la sala se labra un acta, se detiene a la persona y se lleva a la UFI correspondiente y comienza una IPP como cualquier causa.

Durante el debate todas las resoluciones se dictan verbalmente dejándose constancia en el acta.

En cuanto al lugar de la audiencia, el tribunal puede disponer que se lleve a cabo en otro lugar que en el que tiene su sede, dentro de la provincia, cuando lo considere beneficioso para un mejor desarrollo del debate.

Apertura del acto

Se hace interrogatorio de identificación al imputado, se le informa que tiene que estar alerta a todo lo que suceda, y se le aconseja que cualquier cosa que quiera decir lo haga por medio de su abogado.

El presidente del debate dirige y modera la discusión. En primer lugar hace saber a las partes que es hora de dar los lineamientos generales.

Primero habla el fiscal, y sostiene el hecho que lo llevó a ese juicio. El fiscal relata los hechos que va a demostrar con testigos, pruebas, etc.

Luego habla el defensor, que va a tratar de defender el estado de inocencia de su defendido. El defensor va a decir que si bien no discute la materialidad del hecho, va a tratar de mantener el estado de inocencia del imputado, para demostrar por certeza o por duda, la falta de responsabilidad penal de su cliente. El defensor siempre tiene la última palabra.

Todo esto se da siempre bajo la dirección del presidente, quien le va a preguntar al fiscal si tiene excepciones que oponer y lo mismo le pregunta al defensor: van a responder si tienen o no excepciones que oponer. Luego se va a un cuarto intermedio. Los jueces no deliberan en un lenguaje formal en ese cuarto intermedio.

Debate

Cuando esto ocurre es el momento de comenzar el debate. Comienza el debate con todos los testigos esperando afuera para que no escuchen las demás declaraciones. Van a pasar todos los testigos de la fiscalía, y todos los testigos de la defensa.

En cuanto a las preguntas, cada cual va a preguntarle a quien propone. Luego le repregunta la contraparte. Se rechazan las preguntas capciosas o inadmisibles. El tribunal tiene como regla general la de no preguntar, sólo la ley lo autoriza a preguntar para aclarar respuestas.

La regla general es que vale todo lo que se celebró en el juicio, pero también todos los actos que se hayan incorporado por su lectura. Son los actos que no se hicieron en el juicio pero la ley prevé que sean válidos.

¿Cuáles son los elementos del juicio que se pueden incorporar por su lectura?

Únicamente se acuerdan en la audiencia preliminar (acuerdo de las partes de lo que va a tener validez en el juicio)

-Certificado de autopsia, grabaciones, etc.

-La declaración del 308

-La declaración de un testigo que al momento de ser citado haya fallecido o se haya incapacitado

-La declaración de los coimputados rebeldes que se fugaron.

-Pruebas que se hayan presentado ante tribunales menores

-Actos irrepetibles e irreproducibles, por ejemplo pericia sobre una bala secuestrada.

Alegato

Es la discusión final

1º habla el fiscal

2º habla la defensa

Tienen media hora para hablar, si piden extensión y la aprueban, la tienen ambos.

Tienen la posibilidad del derecho a réplica.

Acta del debate

La realiza el secretario y debe tener:

-Lugar y fecha de la audiencia

-Datos de los jueces, fiscales, defensores y mandatarios

-Las condiciones personales del imputado y las otras partes

-Datos de los testigos, peritos e intérpretes.

-Las firmas de los miembros del tribunal, del fiscal, defensores, mandatarios y secretario, que previamente la leerá a los interesados.

Veredicto y sentencia (es la tercer parte)

Una vez terminado el debate, el tribunal se ausenta para deliberar privadamente a la que sólo puede asistir el secretario, prosecretario o auxiliar letrado, bajo pena de nulidad.

Tiene 5 puntos:

-Si el hecho ya existió

-Si la persona sometida al proceso es la autora del mismo

-Existencia de eximentes (si la persona pudo haber comprendido la criminalidad del acto)

-Atenuantes

-Agravantes

El veredicto puede ser condenatorio o absolutorio.

Si se trataron los 5 puntos es condenatorio, por ejemplo si se niega la existencia del hecho entonces ya no se sigue con los puntos siguientes. Y así con el resto.

Si el veredicto es absolutorio, entonces se ordena la libertad del imputado y no hay sentencia.

Si el veredicto es condenatorio, hay sentencia

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