JUICIOS ORALES EN MEXICO DESDE EL PUNTO DE VISTA CREATIVO
Enviado por Helena • 13 de Noviembre de 2017 • 3.222 Palabras (13 Páginas) • 675 Visitas
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se pueden dar cuenta, el por qué es procesado el defendido inclusive si existe algún acuerdo reparatorio entre las partes, cualquiera puede entrar y observar el juicio, esto quiere decir que los derechos de las partes pueden ser defendidos o las violaciones a los mismos pueden ser defendidos y con testigos de muchas otras personas.
“La oralidad de los juicios permite una mejor protección de los derechos de víctimas y acusados” (Quintanilla Rivera, 2001). De la misma manera que en México, los juicios orales surgen en Chile para cumplir con compromisos a la comunidad internacional, en esta comunidad internacional se tienen instrumentos que se conocen como reglas del debido proceso. En el sistema inquisitivo era imposible que el juez estuviera enterado en las audiencias, porque se llevan muchos casos simultáneamente y porque no solo tiene facultades jurisdiccionales el juez, también tiene facultades administrativas, como por ejemplo el nombramiento de la asistencia, el personal, todo lo referente a los insumos que requiere la oficina, etcétera.
¿Qué casos llegan a juicio oral?
De todos los delitos que se cometen en una comunidad a juicio oral van a llegar de manera excepcional, la gran mayoría van a resolverse de maneras alternativas ¿por qué? Porque el Estado tiene una incapacidad para resolver todos los casos de manera oral, esto no solo para en México o en Chile, prácticamente todo el mundo tiene esta capacidad de brindar a un juez y que todas las pruebas se desahogan ante él. “El objetivo es que el Estado, al castigar los delitos más graves, pueda establecer una amenaza creíble que desincentive los delitos menores también” (CIDAC, 2002).
El hecho de que los juicios se desarrollen de manera oral, propicia como factor positivo que se dé de manera transparente, lo opuesto a lo oral es lo escrito y este se puede manipular fácilmente, en cambio en el oral las partes están viendo lo que sucede y en cambio se crea transparencia, por principio de cuentas se puede señalar que el tiempo es menor, el desahogo de todas las pruebas que se llevan en un proceso es mucho más acelerado y como consecuencia el fallo, es decir, a la hora de dictar la sentencia es mucho más rápido, quizás en un día se puedan desahogar las pruebas y además dictar sentencia, es más eficaz de esta manera y como se ha resaltado en diversas oportunidades tiende a tener una mayor transparencia. “La oralidad permite el contacto directo entre el juez y las partes. Los actores empapan de primera mano la mayor cantidad de elementos del juicio”. (Paulino, 2008)
Las pruebas que se ofrecen en una audiencia oral, tienen la característica de ser completas porque tienen que ser presentadas a una etapa intermedia pero no significa que por el hecho de que el Ministerio Público tenga la carga de pruebas, la defensa tenga que ser pasiva, la defensa tiene que ser activa. El Ministerio Público tiene que presentar una teoría del caso al juez, es decir, el Ministerio Público hace una teoría de lo que se trata el caso y se la da al juez; por eso las pruebas tienen que pasar primero a él.
¿Qué papel juega ahora el abogado?
La participación del abogado será mucho más activa, porque el abogado va a hacer su trabajo en la audiencia, pero la audiencia será la culminación del trabajo de campo, tendrá que preparar la audiencia con anticipación planteando hipótesis acerca de cómo se va a tornar la audiencia o cómo se va a desenvolver la contraparte, por ende la exigencia de los abogados va a ser más alta que en los sistemas tradicionales. El sistema tradicional permitía que los abogados hicieran todo sin salir de sus oficinas y que los auxiliares se encargaran de entregar todo.
Tanto en Chile como en México los juicios orales se componen por tres jueces, así como en la mayoría del mundo, la idea de que tres jueces decidan en un problema de causa penal es evidentemente porque se trata de la libertad de una persona y con la experiencia de tener tantos inocentes en prisión se espera que con tres diferentes opiniones, las injusticias sean menores o nulas y que las decisiones fueran de calidad. “Ninguno de los jueces que participe en el juicio oral, participará en etapas previas del procedimiento. Se trata de asegurar la imparcialidad del juicio”. (Inés, 2009)
La finalidad de este proceso no radica únicamente en cambiar la metalingüística de los juicios, sino que esto nos ayudará a esclarecer los casos y que se eviten algunos errores dentro de ellos. Su finalidad es implementar un sistema de justicia en el país e integrar medios alternos de solución de conflictos. En cuanto a la cultura en México, estamos acostumbrados a un sistema proveniente del Derecho Romano y este tipo de procedimientos nos acerca más a un Derecho Anglosajón, pero a pesar de eso no convertiremos nuestro sistema penal en Common Law.
La implementación de los juicios orales en México, en materia penal, implica principalmente una tarea de planeación estratégica de políticas públicas, como lo son:
A) La adecuación de la legislación secundaria, donde hay que modificar distintos ordenamientos legales.
B) La capacitación de los actores jurídicos para que estén al nivel que necesitamos en México.
C) La dotación de recursos materiales, que implica hacer una gran tarea de planeación con ayuda de los órganos de gobierno y la administración pública para establecer los costos fijos.
El Sistema Penal acusatorio es muy complejo, en México no estamos acostumbrados a modelos así, por lo que es necesario que la educación empiece desde las universidades. Ya no será tan importante memorizar los datos, sino empezar a entender más los contextos y así poder explicar y transmitir los conocimientos, así es como se hacen las cosas en el nuevos sistema, debemos encontrar la mejor manera de transmitir nuestros alegatos para ganar un juicio.
Los alumnos de Derecho deben aprender a generar interrogatorios, contrainterrogatorios y debe tener las mejores herramientas de carácter analítico para poder precisar las pruebas que se desahogarán en el juicio.
Creatividad en los Juicios Orales
Una obra realmente creativa cambia algún aspecto relevante de la cultura de la sociedad en la que se enmarca. En cierta manera, el mundo que nos rodea ya no volverá a ser lo que era. La creatividad no es nunca un acto individual. Es un acto sistémico de interacción entre la persona y su entorno socio-cultural. “El reconocimiento de un resultado creativo depende siempre de la valoración de aceptación o denegación que de él haga la sociedad en la que se ha desarrollado”. (Guilera 2011)
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