LA SEGURIDAD PUBLICA COMO FUNCIÓN DEL ESTADO.
Enviado por mondoro • 18 de Abril de 2018 • 1.644 Palabras (7 Páginas) • 331 Visitas
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esto con el objeto de realizar operaciones para proteger a la población ya que son acciones que entran en el ámbito de su competencia en cada una de las instancias de gobierno.
Las materias de coordinación de las autoridades federales, estatales y municipales en la atención de situaciones y problemas que los requieran están establecidas en el artículo 10 de la ley general que establece las bases de coordinación del sistema nacional de seguridad pública y dichas materias son las siguientes:
• Instrumentación de sistemas para mejorar el desempeño de los miembros de las instituciones policiales
• Modernización tecnológica de las instituciones de seguridad publica
• Propuesta de aplicación de recursos para la seguridad publica
• Sistematización de todo tipo de información sobre seguridad publica
• Acciones policiales conjuntas
• Control de los servicios privados de seguridad
• Relaciones con la comunidad
• Las necesarias para incrementar la eficacia de las medidas tendientes a alcanzar los fines de la seguridad publica
• Procedimientos e instrumentos de formación, reglas de ingreso, permanencia, promoción y retiro de los miembros de las instituciones policiales
• Sistemas disciplinarios, así como de estímulos y recompensas
Por otra parte el artículo 18 de la misma ley establece que en el distrito federal y en los estados se establecerán consejos locales encargados de la coordinación, la planeación y supervisión del sistema nacional de seguridad publica en sus respectivos ámbitos de gobierno, en el caso de los consejos estatales participaran los municipios atendiendo a las características regionales y demográficas de cada entidad federativa.
En las entidades federativas se establecerán consejos de coordinación delegacionales o municipales, según sus características para la realización de dichas actividades.
En el articulo 19 cita que -cuando para el cumplimiento de la función de seguridad pública sea necesaria la participación de dos o más entidades federativas se establecerán las instancias regionales de coordinación con carácter temporal o permanente.
Cuando se requiera la participación de dos o más municipios, ya sea de un mismo o diferentes entidades federativas, podrán también establecerse instancias intermunicipales con apego a los ordenamientos estatales correspondientes.
El artículo 20 del mismo ordenamiento cita lo siguiente.- Los consejos locales y las instancias regionales se organizarán, en lo conducente, de manera similar al Consejo Nacional y tendrán las funciones relativas para hacer posible la coordinación y los fines de la seguridad pública, en sus ámbitos de competencia.
Asimismo el artículo 21 establece.- Los consejos locales y las instancias regionales podrán proponer al Consejo Nacional acuerdos, programas específicos y convenios sobre las materias de la coordinación.
¿Que se ha logrado con estas reformas y coordinación interinstitucional?
Como resultado de estas nuevas reformas, se ha logrado la capacitación de los cuerpos de policía, impulsando así la profesionalización de la carrera policial, con apoyo de las secretarias de la Defensa Nacional y de Marina, mediante programas de adiestramiento y dotación de mejor equipo y tecnología para realizar actividades de inteligencia para una mejor planeación de estrategias operativas atendiendo el principio de legalidad, certeza jurídica y respeto a los derechos humanos, se han creado herramientas como plataforma México, el informe policial homologado, cuya herramienta ha facilitando la coordinación interinstitucional, la cual permite la captura en línea de los informes rendidos por los elementos policiales cuando ocurre un evento durante una actividad policial, generando así una base de datos estructurada a nivel nacional, con la cual se efectúa el cruce de información de personas, armas y vehículos involucrados en un evento o hecho delictivo, además de permitir la explotación de información para la generación de estadísticas y mapas delictivos que apoyen la toma de decisiones para los programas de prevención del delito, y en materia judicial la reforma del sistema penal acusatorio.
CONCLUSIÓN
Se puede afirmar que la coordinación entre los tres órdenes de gobierno con respecto a los sistemas de seguridad, han sido de una importancia tal que los problemas de seguridad que venía padeciendo el país hoy se ven reducidos de manera significativa, gracias a la coordinación que existe entre los diferentes cuerpos policiacos y secretarias de la defensa nacional y marina, además con la ayuda de las nuevas tecnologías implementadas con las bases de datos que se tiene en el sistema único de información criminal, alimentados con el informe policial homologado de plataforma México, cuyas herramientas han ayudado significativamente en la lucha frontal contra la delincuencia y que comparativamente con años anteriores en que la delincuencia había penetrado hasta lo más profundo del sistema de gobierno, hoy por hoy podemos decir que la profesionalización de los cuerpos policiacos es una realidad que ayudara en mucho para la seguridad del país.
Informe nacional México, Reporte sector seguridad en América latina y El Caribe (2006) documento informativo.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf
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